Norma Legal Oficial del día 26 de agosto del año 2013 (26/08/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 19

El Peruano Lunes 26 de agosto de 2013

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Concejo Nº 034-2013-MDCGAL, de fecha 19 de marzo de 2013, que declaro la suspension de su cargo de MORDAZA de la Municipalidad Distrital de MORDAZA MORDAZA MORDAZA, provincia y departamento de Tacna, por la causal prevista en el articulo 25, numeral 4, de la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades, y oido el informe oral. ANTECEDENTES Respecto a la solicitud de suspension En atencion al pedido efectuado por el regidor MORDAZA MORDAZA Amones, el Concejo Distrital de MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, provincia y departamento de Tacna, por Acuerdo Municipal Nº 099-2012-MDCGAL-CM, de fecha 15 de octubre de 2012, obrante a fojas 144 y 145 del presente expediente, aprobo, por mayoria (con siete votos a favor y dos abstenciones), que el MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA pase a una comision de disciplina, conformandose para este efecto, una Comision Especial de Procesos Disciplinarios (en adelante, la comision). Mediante Carta Nº 002-2012-CEPD-AM99/2012-REG/ MDCGA, de fecha 22 de noviembre de 2012, a fojas 147, la comision corrio traslado al MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA del pedido de suspension del cargo de MORDAZA, formulado por el regidor MORDAZA MORDAZA Amones, imputandole haber incurrido en la causal prevista en el articulo 25, numeral 4, de la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades (en adelante LOM), por haber infringido el inciso b, del articulo 86, del Reglamento Interno de Concejo (en adelante RIC), basandose en los siguientes fundamentos: i. El 26 de setiembre de 2012, en el programa Impacto primera edicion, difundido por la radioemisora Cadena Radial Sur Peruana S.A. - Radio Uno, de la MORDAZA de Tacna, el MORDAZA, refiriendose a la solicitud de vacancia en contra de los nueve regidores que conforman el Concejo Distrital de MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, manifesto que el certificado medico presentado por el regidor MORDAZA MORDAZA Amones, para justificar su inasistencia a la sesion de concejo del mismo dia, 26 de setiembre de 2012, era falso y amanado, pues no tenia el visado del area de salud, y ademas, que el regidor consiguio el mencionado certificado medico valiendose de su condicion de conserje o barredor del Colegio Medico del Peru - filial Tacna. ii. La situacion MORDAZA descrita se encuentra tipificada en el inciso b, del articulo 86, del RIC, que senala que "la agresion verbal o fisica a cualquier miembro del concejo municipal o al MORDAZA (presidente del concejo) en cualquier circunstancia y lugar", constituye falta grave. Con fecha 20 de febrero de 2013, la comision presento el Dictamen Nº 001-2013-CEPD-AM99/2012/MDCGAL, que corre a fojas 135 y ss., mediante el cual recomendo al pleno del concejo, suspender por treinta dias, en el cargo de MORDAZA de la Municipalidad Distrital de MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, a MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, por haber infringido el inciso d, del articulo 86, del RIC. Posicion del Concejo Distrital de MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Con fecha 19 de marzo de 2013, el Concejo Distrital de MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, en sesion extraordinaria de concejo, por mayoria (con seis votos a favor y dos en contra), aprobo el Dictamen Nº 001-2013CEPD-AM99/2012/MDCGAL, de fecha 20 de febrero de 2013, por el cual recomendo la suspension del MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, por la causal prevista en el articulo 25, numeral 4, de la LOM, por infraccion al inciso d, articulo 86 del RIC, formalizando dicha decision en el Acuerdo de Concejo Nº 034-2013-MDCGAL, de la misma fecha 19 de marzo de 2013. Con fecha 14 de MORDAZA de 2013, el mencionado concejo distrital, en sesion extraordinaria de concejo, por mayoria, declaro infundado el recurso de reconsideracion planteado por MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, el 19 de MORDAZA de 2013, en contra del Acuerdo de Concejo Nº 034-2013MDCGAL, materializandose dicha decision en el Acuerdo de

interpretada atendiendo a la finalidad constitucional y legitima que esta persigue, como es de garantizar la continuidad y normal desarrollo de la gestion municipal. En consideracion a ello, y en aplicacion del articulo 14, numeral 14.2, acapite 14.2.3, de la LPAG, resultaria inoficioso que se declare la nulidad de un acuerdo de concejo, toda vez que el resultado que se obtendria seria el mismo, ya que la cuestion se circunscribe a verificar la existencia de una sentencia judicial condenatoria emitida en MORDAZA instancia por delito doloso con pena privativa de MORDAZA, que en el presente caso, no existe. 4. En ese sentido, al no existir sentencia judicial condenatoria, emitida en MORDAZA instancia por delito doloso con pena privativa de la MORDAZA, en contra del MORDAZA cuestionado, corresponde desestimar el recurso de apelacion planteado por el recurrente. Por lo tanto, el Pleno del MORDAZA Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones, RESUELVE Articulo Unico.- Declarar INFUNDADO el recurso de apelacion interpuesto por MORDAZA MORDAZA MORDAZA, y en consecuencia, CONFIRMAR el Acuerdo de Concejo Nº 055-2012-MDSR, de fecha 18 de diciembre de 2012, que rechazo la solicitud de suspension de MORDAZA Chegni MORDAZA, MORDAZA de la Municipalidad Distrital de MORDAZA MORDAZA, provincia y departamento de MORDAZA, por la causal prevista en el articulo 25, numeral 5, de la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades. Registrese, comuniquese y publiquese. SS. MORDAZA MORDAZA MORDAZA RIVAROLA AYVAR MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA URDANIVIA MORDAZA MORDAZA Secretario General 979257-1

Revocan Acuerdo que declaro infundado recurso de reconsideracion interpuesto contra el Acuerdo de Concejo Nº 034-2013-MDCGAL, que declaro la suspension del cargo de MORDAZA de la Municipalidad Distrital de MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, provincia y departamento de Tacna, y reformandolo, declaran improcedente pedido de suspension y sin efecto legal la sancion impuesta
RESOLUCION Nº 777-2013-JNE Expediente Nº J-2013-0690 MORDAZA MORDAZA MORDAZA - TACNA TACNA MORDAZA, trece de agosto de dos mil trece. VISTO en audiencia publica de la fecha, el recurso de apelacion interpuesto por MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA en contra del Acuerdo de Concejo Nº 0632013-MDCGAL-CM, que declaro infundado su recurso de reconsideracion interpuesto en contra del Acuerdo de

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