Norma Legal Oficial del día 26 de agosto del año 2013 (26/08/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 26

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descentralizacion" y Art. 194º, modificado por la ley Nº 28607 "Ley de reforma de los articulos 91º, 191º y 194º de la Constitucion Politica del Peru", precisa que los Gobiernos Locales, Provinciales y Distritales tienen autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que la Ley Organica de Municipalidades, Ley Nº 27972, en el titulo preliminar, articulo II establece que las municipalidades gozan de autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia, correspondiendo al concejo municipal aprobar, derogar o modificar las Ordenanzas Municipales. Que, el numeral 3, inciso 3.2 del articulo 81º, de la Ley Nº 27972, ley Organica de Municipalidades, establece que las Municipalidades Distritales pueden otorgar licencias para la circulacion de vehiculos menores y demas, de acuerdo con lo dispuesto en la regulacion provincial. Que, el articulo 3º de la Ley Nº 27181, Ley General de Transporte y MORDAZA Terrestre, establece que la accion estatal en materia de transporte y MORDAZA terrestre se orienta a la satisfaccion de las necesidades de los usuarios y al resguardo de sus condiciones de seguridad y salud, asi como a la proteccion del ambiente y la comunidad en su conjunto; Que, la Ley Nº 27181, Ley General de Transporte y MORDAZA Terrestre, en el articulo 18º numeral 18.1, inciso a) establece que es competencia de las Municipalidades distritales la regulacion del servicio de transporte menor en moto-taxis y similares. Que, la Ley Nº 27189 reconoce al servicio en vehiculo menor (mototaxis) como un servicio de transporte publico especial de pasajeros en vehiculos menores. Que, mediante Ordenanza Nº 124-MDI, publicada el 31 de MORDAZA del ano 2006, se MORDAZA el Servicio de Transporte Publico Especial de Pasajeros y Carga domestica en vehiculos Menores en la Jurisdiccion del Distrito de Independencia. Que, la Cuarta Disposicion Complementaria Final del Decreto Supremo Nº 055-2010-MTC, que aprobo el Reglamento Nacional de Transporte Publico Especial de Pasajeros en Vehiculos Motorizados o No Motorizados, dispone que la Municipalidad Distrital Competente podra dictar disposiciones complementarias necesarias sobre aspectos administrativos y operativos del servicio especial de acuerdo a las condiciones de su jurisdiccion. Que, mediante INFORME Nº 007-2013-SGOPCUTVGGU/MDI, de fecha 02 de enero del 2013, la Sub Gerente de Obras Privadas, Control MORDAZA y Transporte Vial, pone a disposicion de la Gerencia de Gestion MORDAZA el Informe Nº 093-2012-ANAA-SGOPCUTV-GGU/MDI de fecha 28 de Diciembre del 2012, mediante el cual el area tecnica de la SGOPCUTV considera que se hace necesario proyectar una nueva ordenanza que se adecue a las disposiciones del MORDAZA reglamento nacional aprobado con el D.S. 055-2010-MTC y que cubra los vacios de la Ordenanza Nº 124-MDI, emitiendo opinion tecnica favorable, que es parte fundamental de la exposicion de motivos del Proyecto de Ordenanza. Que, mediante Memorandum Nº 008-2013-GAL-MDI, el Sr. Gerente de Asesoria Legal, previo estudio y analisis de los antecedentes mencionados anteriormente y revision del "Proyecto de Ordenanza que Regula el Servicio de Transporte Publico Especial de Pasajeros en Vehiculos Menores Motorizados en el Distrito de Independencia", emite su opinion favorable para la aprobacion del mismo; Que, mediante Memorandum Nº 1084-2013-GGUMDI la Gerencia de Gestion MORDAZA, pone a disposicion el Informe Nº 751-2013-SGOPCUTV-GGU/MDI con todos los actuados, emitido por la Sub Gerencia de Obras Privadas, Control MORDAZA y Transporte Vial, relacionado con los anexos que forman parte de la ORDENANZA QUE REGULA EL SERVICIO DE TRANSPORTE PUBLICO ESPECIAL DE PASAJEROS EN VEHICULOS MENORES MOTORIZADOS EN EL DISTRITO DE INDEPENDENCIA. Que, estando a las consideraciones expuestas, luego del debate correspondiente en las Sesion Extraordinaria de fecha 22 de marzo del 2013, se aprueba con el MORDAZA UNANIME el texto de la presente Ordenanza y en la Sesion Extraordinaria de fecha 15 de MORDAZA del 2013, se

El Peruano Lunes 26 de agosto de 2013

aprueba por MAYORIA los anexos que forman parte de la presente Ordenanza, los senores regidores con dispensa de la lectura y aprobacion del acta, en uso de las facultades que les otorga del Art. 9, numeral 8 de la Ley 27972, Ley Organica de Municipalidades, aprobaron lo siguiente: ORDENANZA QUE REGULA EL SERVICIO DE TRANSPORTE PUBLICO ESPECIAL DE PASAJEROS EN VEHICULOS MENORES MOTORIZADOS EN EL DISTRITO DE INDEPENDENCIA Articulo Unico.- APROBAR la Ordenanza que REGULA EL SERVICIO DE TRANSPORTE PUBLICO ESPECIAL DE PASAJEROS EN VEHICULOS MENORES MOTORIZADOS EN EL DISTRITO DE INDEPENDENCIA; la misma que esta compuesta por (5) Titulos, (12) Capitulos, (53) Articulos, (9) Disposiciones Complementarias, (5) Disposiciones Finales y Anexos que forman parte de la presente Ordenanza. ORDENANZA QUE REGULA EL SERVICIO DE TRANSPORTE PUBLICO ESPECIAL DE PASAJEROS EN VEHICULOS MENORES MOTORIZADOS EN EL DISTRITO DE INDEPENDENCIA TITULO I DISPOSICIONES GENERALES CAPITULO I OBJETIVO, BASE LEGAL Y ALCANCE Articulo 1º.- La presente Ordenanza tiene como objetivo, regular el servicio de transporte publico especial de pasajeros en vehiculos menores motorizados en la jurisdiccion del Distrito de Independencia, garantizando mejores condiciones en la prestacion del servicio, seguridad y calidad a favor de los usuarios. Articulo 2º.- La presente Ordenanza se sustenta en las siguientes bases legales: Constitucion Politica del Peru Art. 195º modificado por la Ley Nº 27680, Ley de Reforma Constitucional del capitulo XIV del Titulo IV, sobre descentralizacion; Art. 194º y su modificatoria Ley Nº 28607, Ley de reforma de los articulos 91º, 191º y 194º de la Constitucion Politica del Peru. - Ley Nº 27972-Ley Organica de Municipalidades, - Ley Nº 27181-Ley General de Transporte y MORDAZA Terrestre, - Ley Nº 27189-Ley de Transporte Publico Especial de Pasajeros en Vehiculos Menores. - Ley Nº 27444-Ley del Procedimiento Administrativo General. - Ley Nº 28839-Ley que modifica los Art. 30 y 31 de la ley 27181 y que crea las AFOCAT, para emitir el (CAT) CERTIFICADO CONTRA ACCIDENTES DE TRANSITO. - Ley Nº 28325-Ley que regula el traslado del acervo documentario de las Municipalidades a la SUNARP. - Ley Nº 29060-Ley del Silencio Administrativo. - Ley Nº 26979, Ley de Ejecucion Coactiva, (en lo pertinente) sus modificatorias y su reglamento aprobado con D.S. Nº 036-2001-EF y sus modificatorias. - Ley Nº 29237-Ley que crea el Sistema Nacional de Inspecciones Tecnicas Vehiculares. - DECRETO LEGISLATIVO Nº 1051, que modifica la Ley Nº 27181, Ley General del Transporte y MORDAZA Terrestre - DECRETO SUPREMO Nº 024-2004-MTC Reglamento Nacional de Responsabilidad Civil y Seguros Obligatorios Contra Accidentes de MORDAZA y sus modificatorias. - DECRETO SUPREMO Nº 043-2003-MTC, establece la necesidad de un estudio tecnico economico. - DECRETO SUPREMO Nº 058-2003-MTC Reglamento Nacional de Vehiculos y sus modificatorias. - DECRETO SUPREMO Nº 040-2006-MTC Reglamento de Supervision de las Asociaciones de Fondos Regionales o Provinciales Contra Accidentes de

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