Norma Legal Oficial del día 28 de agosto del año 2016 (28/08/2016)


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NORMAS LEGALES

Domingo 28 de agosto de 2016 /

El Peruano

de transporte y comercio local de alimentos agropecuarios primarios y piensos para la protección de la salud de los consumidores. - Actualizar los procedimientos, directivas y manuales relacionados a los servicios de transporte y comercio de alimentos agropecuarios primarios y piensos en coordinación con las autoridades competentes para la mejora de procesos y una mejor atención a los consumidores. Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Sub Gerencia de Sanidad y Vigilancia Sanitaria la implementación del Libro para el registro de las personas naturales o jurídicas prestadoras de servicios de transporte y comercialización de alimentos agropecuarios primarios y piensos dentro del ámbito distrital de la Municipalidad Provincial de Chiclayo y su diseño debe de responder a las necesidades de información y actualización para lo cual la municipalidad estipulará los requerimientos pertinentes. Artículo Cuarto.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal, Asesoría Juridica y Secretaría General el seguimiento a la modificación de los instrumentos de gestión municipal (ROF, MPP, CAP, PAP, TUPA y CUIS); para el cumplimiento de lo dispuesto por la presente Ordenanza. Artículo Quinto.- ESTABLECER que la presente ordenanza entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, dejándose sin efecto cualquier disposición municipal que se oponga a la presente Ordenanza Municipal. Artículo Sexto.- DISPONER, a la Secretaría General la distribución de la presente Ordenanza a las Unidades Orgánicas de la Entidad, a la Gerencia de Tecnología y Comunicaciones su publicación en el Portal Web institucional (www.munichiclayo.gob.pe) y a la Gerencia de Imagen Institucional y Relaciones Públicas su publicación. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. DAVID CORNEJO CHINGUEL Alcalde de Chiclayo 1421445-1

MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE HUARAL
Aprueban el Nuevo Texto Único de Servicios No Exclusivos - TUSNE de la Municipalidad Provincial de Huaral
DECRETO DE ALCALDÍA Nº 009-2016-MPH Huaral, 1 de agosto de 2016 LA ALCALDESA DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE HUARAL VISTO: El Informe Nº 149-2016-MPH/GPPR/SGPR, de fecha 19 de Julio emitido por la Sub Gerencia de Planeamiento y Racionalización, el Memorandum Nº 205-2016-MPH/ GPPR, de fecha 21 de julio de 2016 emitido por la Gerencia de Planeamiento, Presupuesto y Racionalización, el Informe Nº 677-2016-MPH-GAJ de fecha 26 de julio emitido por la Gerencia de Asesoría Jurídica sobre Proyecto del Nuevo Texto Único de Procedimientos No Exclusivos ­ TUSNE de la Municipalidad Provincial de Huaral; y, CONSIDERANDO: Que, el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, señala que las municipalidades provinciales y

distritales son órganos de gobierno local autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, el artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972 ­ Ley Orgánica de Municipalidades, menciona que los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia y que la autonomía que la Constitución Política del Perú establece para las municipalidades, radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico; Que, el último párrafo del artículo 37º de la Ley Nº 27444 ­ Ley del Procedimiento Administrativo General, establece que para aquellos servicios que no sean prestados en exclusividad, las entidades a través de Resolución del Titular de la entidad, establecerán los requisitos y costos correspondientes a los mismos, los que deberán ser debidamente difundidos para que sean de público conocimiento; Que, el artículo 2º del Decreto Supremo Nº 0882001-PCM, que establece disposiciones aplicables a las Entidades del Sector Publico para desarrollar actividades de comercialización de bienes y servicios y efectuar los cobros correspondientes, señala que El Titular de la Entidad mediante Resolución establecerá: la descripción clara y precisa de los bienes y/o servicios que son objeto de comercialización por parte de la Entidad, las condiciones y limitaciones para su comercialización si las hubiere el monto del precio expresado en porcentaje de la UIT y su forma de pago; Que, asimismo el referido artículo agrega que la Resolución a que se refiere el párrafo precedente deberá ser publicada en la misma oportunidad en que se publica el Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) de la Entidad correspondiente; Que, la Gerencia de Planeamiento, Presupuesto y Racionalización, en coordinación con las unidades orgánicas prestadoras de servicios no exclusivos, ha elaborado el Proyecto del TUSNE actualizado, el mismo que pone a disposición para su aprobación correspondiente; Que, habiendo sido recientemente aprobado la Modificatoria que actualiza el Texto Único de Procedimientos Administrativos ­ TUPA, de la Municipalidad Provincial de Huaral, que contiene los procedimientos administrativos y servicios brindados en exclusividad, se hace necesario que la entidad actualice también el documento que contenga los servicios no exclusivos que son prestados a la población del distrito. Que, mediante Informe Nº 149-2016-MPH/ GPPR/SGPR, la Sub Gerencia de Planeamiento y Racionalización informa que ha recopilado todos los servicios no exclusivos brindados por la Municipalidad Provincial de Huaral en el Texto único de Servicio No Exclusivos ­ TUSNE, clasificados en 49 items. Asimismo, remite el Proyecto de Texto Único de Procedimientos No Exclusivos ­ TUSNE de la Municipalidad Provincial de Huaral. Que, mediante Memorandum Nº 205-2016-MPH/ GPPR, la Gerencia de Planeamiento, Presupuesto y Racionalización remite el Proyecto de Texto Único de Procedimientos No Exclusivos ­ TUSNE de la Municipalidad Provincial de Huaral, solicitando a la Gerencia de Asesoría Jurídica opinión legal. Que, mediante Informe Nº 677-2016-MPH-GAJ la Gerencia de Asesoría Jurídica otorga opinión favorable para la aprobación del Proyecto del Texto Único de Procedimientos No Exclusivos ­ TUSNE de la Municipalidad Provincial de Huaral, presentado por la Gerencia de Planeamiento, Presupuesto y Racionalización estando conforme con la Ley de la materia, debiéndose emitir el acto resolutivo correspondiente. ESTANDO A LO DISPUESTO POR EL NUMERAL 6) DEL ARTÍCULO 20º DE LA LEY ORGÁNICA DE MUNICIPALIDADES Nº 27972; SE RESUELVE: Artículo Primero.- APROBAR el Nuevo Texto Único de Servicios No Exclusivos ­ TUSNE, de la

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