Norma Legal Oficial del día 09 de Julio del año 1999 (09/07/1999)


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TEXTO DE LA PÁGINA 47

MORDAZA, viernes 9 de MORDAZA de 1999

NORMAS LEGALES

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de Luya Viejo, provincia de Luya, departamento de Amazonas, respecto a la declaratoria de vacancia del cargo de regidor que desempena MORDAZA MORDAZA MORDAZA, al no haberse cumplido con remitir la documentacion sustentatoria requerida para el caso. Articulo Segundo.- Declarar que MORDAZA MORDAZA MORDAZA continua desempenando el cargo de regidor del Concejo Distrital de Luya Viejo, conforme a ley. Articulo Tercero.- Las autoridades politicas y policiales prestaran las garantias que requiera para el cumplimiento de la presente resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese. SS. MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA, MORDAZA CANELO, DE MORDAZA MORDAZA, TRUJILLANO, Secretario General 8981

responsables, por presunto delito contra la administracion publica y la fe publica, en agravio del Estado y del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil. Articulo 2º.- Remitase lo actuado al Procurador Publico encargado de los asuntos judiciales del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, para los fines a que se contrae la presente Resolucion Jefatural. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Jefe Nacional 8872 RESOLUCION JEFATURAL Nº 194-99-JEF/RENIEC MORDAZA, 6 de MORDAZA de 1999 Visto el Informe Nº 174-99-GAJ/RENIEC, emitido por la Gerencia de Asesoria Juridica, de fecha 25 de junio de 1999. CONSIDERANDO: Que, en virtud de la documentacion sustentatoria del Informe del Visto se desprende que persona que dice llamarse MORDAZA Raymund Taqueda MORDAZA y/o MORDAZA Takeda Rivasplata ha incurrido en comportamiento de inducir a error a servidor publico al insertar en instrumento publico declaraciones falsas sobre hechos que deban probarse con el documento mismo, utilizando sustento documental presuntamente falsificado; Que, el hecho MORDAZA descrito constituye indicio razonable de la comision de presunto delito contra la fe publica, en la modalidad de falsedad ideologica e impropia, previsto y sancionado en los Articulos 427º y 428º del Codigo Penal vigente; Que, en atencion al considerando precedente resulta necesario autorizar al Procurador Publico, a cargo de los asuntos judiciales del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, para que interponga las acciones legales que correspondan en defensa de los intereses del Estado y del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, contra quien resulte responsable en defensa de los intereses del Estado y del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley Nº 17537 y la Ley Nº 26497; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar al Procurador Publico encargado de los asuntos judiciales del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, para que en nombre y representacion de los intereses del Estado interponga e impulse las acciones legales que correspondan contra la persona que dice llamarse MORDAZA Raymund Taqueda MORDAZA y/o MORDAZA Takeda Rivasplata y quien resulte responsable, por presunto delito contra la inscripcion electoral y la fe publica, en agravio del Estado y del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil. Articulo 2º.- Remitase lo actuado al Procurador Publico encargado de los asuntos judiciales del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, para los fines a que se contrae la presente Resolucion Jefatural. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Jefe Nacional 8923 RESOLUCION JEFATURAL Nº 195-99-JEF/RENIEC MORDAZA, 6 de MORDAZA de 1999 Visto el Informe Nº 167-99-GAJ/RENIEC, emitido por la Gerencia de Asesoria Juridica, de fecha 23 de junio de 1999.

REGISTRO NACIONAL DE IDENTIFICACION Y ESTADO CIVIL
Autorizan a procurador iniciar procesos judiciales contra presuntos responsables de delitos contra la inscripcion electoral, la administracion y la fe publica
RESOLUCION JEFATURAL Nº 193-99-JEF/RENIEC MORDAZA, 6 de MORDAZA de 1999 Visto el Informe Nº 157-99-GAJ/RENIEC, emitido por la Gerencia de Asesoria Juridica, de fecha 10 de junio de 1999. CONSIDERANDO: Que, en virtud de la documentacion sustentatoria del Informe del Visto se desprende que personas no identificadas habrian incurrido en comportamiento de inducir a error a servidor publico al hacer insertar en instrumento publico declaraciones falsas sobre hechos que deban probarse con el documento mismo, conducentes a suplantar la identidad de los ciudadanos MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA Chiarella MORDAZA y MORDAZA MORDAZA Huaman; Que, el hecho MORDAZA descrito constituye indicio razonable de la comision de presunto delito contra la administracion publica y contra la fe publica, en las modalidades de falsedad ideologica y generica, previsto y sancionado en los Articulos 416º, 428º y 438º del Codigo Penal vigente; Que, en atencion al considerando precedente resulta necesario autorizar al Procurador Publico, a cargo de los asuntos judiciales del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, para que interponga las acciones que correspondan en defensa de los intereses del Estado y del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, contra quienes resulten responsables, solicitandose al Ministerio Publico y la Direccion de la Policia Nacional del Peru, a fin de que se asuman las investigaciones conducentes a la identificacion de los sujetos que han suplantado a los ciudadanos MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA Chiarella MORDAZA y MORDAZA MORDAZA Huaman; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley Nº 17537 y la Ley Nº 26497; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar al Procurador Publico encargado de los asuntos judiciales del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, para que en nombre y representacion de los intereses del Estado interponga e impulse las acciones legales que correspondan contra quienes resulten

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