Norma Legal Oficial del día 29 de Diciembre del año 2005 (29/12/2005)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, jueves 29 de diciembre de 2005

Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los veintiocho dias del mes de diciembre del ano dos mil cinco. MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA KUCZYNSKI GODARD Presidente del Consejo de Ministros MORDAZA MORDAZA LOMBARDI Ministro de Economia y Finanzas ANEXO DISTRITO Asillo Crucero Kelluyo Cotaruse MORDAZA MORDAZA Occoro Vinac MORDAZA 22063 PROVINCIA Azangaro Carabaya Chucuito Aymaraes Huamanga Huancavelica Yauyos Ayabaca DEPARTAMENTO MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Huancavelica MORDAZA MORDAZA

Formuladora, MORDAZA propuesto en el estudio de preinversion con base en el cual se declare la viabilidad del proyecto, de corresponder". "Articulo 5º.- Construccion, Equipamiento y Administracion La construccion y equipamiento del MORDAZA Complejo Fronterizo en Tacna estara a cargo de la Superintendencia Nacional de Administracion Tributaria - SUNAT. Para este efecto, la SUNAT queda autorizada a incluir la construccion y equipamiento en el Acuerdo de Servicios de Gestion suscrito con PNUD-UNOPS, que fuera autorizado mediante Resolucion Suprema Nº 157-2004-EF. La seleccion de equipos a ser utilizados por las demas entidades que prestan servicios en el Complejo Fronterizo debera ser coordinada entre la Superintendencia Nacional de Administracion Tributaria - SUNAT y dichas entidades. La administracion del MORDAZA Complejo Fronterizo estara a cargo de la Superintendencia Nacional de Administracion Tributaria. Dicha entidad, en un plazo no mayor de sesenta (60) dias calendario de declarada la viabilidad del proyecto, propondra a la Presidencia del Consejo de Ministros el Reglamento de Organizacion y Funciones - ROF del MORDAZA Complejo Fronterizo; el cual sera aprobado mediante Decreto Supremo. Asimismo, la Superintendencia Nacional de Administracion Tributaria - SUNAT propondra el presupuesto que corresponde a la operacion y mantenimiento del MORDAZA Complejo Fronterizo. El Decreto Supremo que apruebe el Reglamento de Organizacion y Funciones - ROF debera establecer como se financiara dicho presupuesto." "Articulo 6º.- Financiamiento y Participacion El financiamiento de los estudios de preinversion, de los estudios definitivos, de la construccion y del equipamiento del MORDAZA Complejo Fronterizo estara a cargo del presupuesto de la Superintendencia de Administracion Tributaria. Sin perjuicio de ello, todas las entidades aportaran los equipos que esten en uso en el actual Complejo Fronterizo. El Decreto Supremo que apruebe el Reglamento de Organizacion y Funciones - ROF determinara las condiciones mediante las cuales se transferira la propiedad de los equipos, inmuebles y terrenos o de como se formalizara su cesion en uso, de ser el caso. La aplicacion del presente Decreto Supremo y sus modificatorias, no irrogara, bajo ningun concepto, recursos del Tesoro Publico." Articulo 2º.- Refrendo El presente Decreto Supremo sera refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros, el Ministro del Interior, el Ministro de Economia y Finanzas y el Ministro de Relaciones Exteriores. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los veintiocho dias del mes de diciembre del ano dos mil cinco. MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA KUCZYNSKI GODARD Presidente del Consejo de Ministros MORDAZA MORDAZA TOMASIO Ministro del Interior MORDAZA MORDAZA LOMBARDI Ministro de Economia y Finanzas MORDAZA MAURTUA DE MORDAZA Ministro de Relaciones Exteriores 22064

Modifican los articulos 3º, 5º y 6º del D.S. Nº 054-2004-PCM
DECRETO SUPREMO Nº 103-2005-PCM
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 054-2004-PCM se declaro de primera prioridad la construccion y operacion, en la MORDAZA de Tacna, de un MORDAZA Centro de Atencion Fronteriza o Complejo Fronterizo, a fin de facilitar el traslado de personas, vehiculos y mercancias en la frontera con la Republica de Chile; Que, al formular los estudios de preinversion la Unidad Formuladora determino la necesidad de establecer las medidas pertinentes que faciliten el diseno y los estudios de factibilidad, la construccion y equipamiento, asi como el financiamiento y la responsabilidad de la construccion y el equipamiento del MORDAZA Complejo Fronterizo de Tacna; Que, conforme al articulo 45º de la Ley Nº 27867 modificado por la Ley Nº 27902 - Ley Organica de Gobiernos Regionales, inciso a), es competencia exclusiva del Gobierno Nacional, definir, normar y gestionar las politicas nacionales y sectoriales, las cuales se formulan considerando los intereses generales del Estado y la diversidad de las realidades regionales, concordando el caracter unitario y descentralizado del Gobierno de la Republica; Que, en consecuencia resulta necesario modificar el Decreto Supremo Nº 054-2004-PCM; y, En uso de las facultades conferidas por el articulo 44º, los incisos 4) y 24) del articulo 118º de la Constitucion Politica del Peru y de conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27783 - Ley de Bases de la Descentralizacion y la Ley Nº 27867 - Ley Organica de Gobiernos Regionales; DECRETA: Articulo 1º.- Modificacion de Articulos Modificase los articulos 3º, 5º y 6º del Decreto Supremo Nº 054-2004-PCM por los siguientes textos: "Articulo 3º.- Plazos El estudio de factibilidad del MORDAZA Complejo Fronterizo en Tacna sera formulado MORDAZA del 31 de diciembre del 2005, de acuerdo a las normas del Sistema Nacional de Inversion Publica - SNIP. El estudio definitivo sera aprobado en un plazo no mayor de sesenta (60) dias habiles contados a partir de la fecha de la declaracion de viabilidad del proyecto de inversion publica. La ejecucion del MORDAZA Complejo Fronterizo debera respetar los plazos que la Superintendencia Nacional de Administracion Tributar ia - SUNAT, como Unidad

Aprueban adenda al Convenio de Costos Compartidos celebrado entre el Instituto Nacional de Defensa Civil y el PNUD, aprobado por R.S. Nº 0192003-PCM
RESOLUCION SUPREMA Nº 423-2005-PCM
MORDAZA, 28 de diciembre de 2005

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