Norma Legal Oficial del día 07 de Septiembre del año 2006 (07/09/2006)


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TEXTO DE LA PÁGINA 34

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327532

NORMAS LEGALES

El Peruano jueves 7 de setiembre de 2006

del vencimiento de los plazos que a continuacion se senalan:
ACTO Primera renovacion o contratacion de nueva poliza MORDAZA renovacion o contratacion de nueva poliza Tercera renovacion o contratacion de nueva poliza Cuarta renovacion o contratacion de nueva poliza MORDAZA renovacion o contratacion de nueva poliza Fecha MORDAZA de MORDAZA 24 de MORDAZA de 2007 24 de MORDAZA de 2008 24 de MORDAZA de 2009 24 de MORDAZA de 2010 24 de MORDAZA de 2011

En caso que la empresa autorizada, no cumpla con presentar la renovacion o contratacion de una nueva poliza al vencimiento de los plazos MORDAZA indicados, se procedera conforme a lo establecido en el numeral 6.6 de la Directiva Nº 001-2005-MTC/15 referida la caducidad de la autorizacion. Articulo 4º.- La presente Resolucion Directoral entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Registrese, publiquese y cumplase. MORDAZA P. ALLEMANT F. Director General Direccion General de Circulacion Terrestre 01705-1

PODER JUDICIAL CONSEJO EJECUTIVO DEL PODER JUDICIAL
Sancionan con destitucion a Secretaria del Juzgado de Paz Letrado de Lurin, Distrito Judicial de MORDAZA
INVESTIGACION Nº 75-2005-LIMA MORDAZA, dieciseis de MORDAZA del dos mil seis. VISTO: El expediente administrativo que contiene la Investigacion numero setenta y cinco guion dos mil cinco guion MORDAZA, seguida contra la servidora MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, por su actuacion como Secretaria del Juzgado de Paz Letrado de Lurin, Distrito Judicial de Lima; por los fundamentos de la resolucion numero diecinueve expedida por la Jefatura de la Oficina de Control de la Magistratura del Poder Judicial de fojas ciento ochenta y nueve a ciento noventa y dos, su fecha dos de diciembre del dos mil cinco; y, CONSIDERANDO: Primero: Que, la presente investigacion se inicio en merito de la queja interpuesta por el abogado Grober MORDAZA Astorima contra la servidora MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, atribuyendole en su actuacion como secretaria del Juzgado de Paz Letrado de Lurin haberle requerido indebidamente la suma de cincuenta nuevos soles, con la finalidad de tramitar una variacion de medida cautelar solicitada por su patrocinada MORDAZA Rural de Ahorro y Credito Promotora y Finanzas; Segundo: Que, ante la queja presentada, mediante resolucion de fojas dos Jefatura de la Oficina de Control de la Magistratura del Poder Judicial abrio investigacion preliminar contra la servidora MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, disponiendo asimismo se lleve a cabo el operativo respectivo; el mismo que se realizo el dia diez de junio del dos mil cinco con participacion de un magistrado de la Unidad Operativa Movil, representante del Ministerio Publico y personal de la Policia Nacional, cuya acta obra a fojas trece; constatandose que la secretaria MORDAZA MORDAZA se encontraba sentada en su escritorio y sobre el mismo se encontro un sobre MORDAZA doblado y, ante las

reiteradas exhortaciones del magistrado investigador la servidora intervenida procede a abrirlo, verificandose en su interior cinco billetes de diez nuevos soles, que al ser cotejados con las fotocopias que previamente se habian tomado resultaron ser los mismos que se entregaron para efectos del operativo; Tercero: Que, la servidora investigada sostiene en su declaracion de fojas ciento veintinueve a ciento treinta y dos, que si bien recibio en sus manos un papel doblado de color MORDAZA, no le dio ninguna importancia, por lo que lo dejo encima de su escritorio sin saber del contenido del mismo hasta el momento en que se produjo la intervencion; sin embargo, esta afirmacion no resulta cierta, por cuanto del acta de visualizacion del video y audio de fojas ciento once a ciento dieciseis, aparece que el dia anterior a la intervencion, es decir el nueve de junio del dos mil cinco, la investigada converso telefonicamente con el quejoso respecto del sobre que contendria el dinero, lo cual demuestra que conocia perfectamente de que el dinero estaria dentro del sobre que le entregaria el quejoso; estableciendose de todo ello que la secretaria MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA utilizo su cargo para procurarse indebidamente un beneficio economico; conducta que compromete la dignidad en el cargo y la desmerece en el concepto publico, por lo que es de aplicacion la medida disciplinaria establecida en el articulo doscientos once en concordancia con el articulo doscientos uno incisos primero, MORDAZA y MORDAZA del Texto Unico Ordenado de la Ley Organica del Poder Judicial; por tales fundamentos, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, en uso de las atribuciones conferidas por el inciso treinta y uno del articulo ochenta y dos, concordado con los articulos ciento seis y doscientos dos del mencionado cuerpo legal, de conformidad con el informe del senor Consejero MORDAZA MORDAZA Minano, en sesion ordinaria de la fecha, por unanimidad; RESUELVE: Imponer la medida disciplinaria de Destitucion a MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, por su actuacion como Secretaria del Juzgado de Paz Letrado de Lurin, Distrito Judicial de Lima. Registrese, publiquese, comuniquese y cumplase. SS. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA NUNEZ 01866-3

Sancionan con destitucion a Secretario de Juzgado de Paz Letrado de Cutervo, Distrito Judicial de MORDAZA
INVESTIGACION ODICMA Nº 166-2004-LAMBAYEQUE MORDAZA, dieciseis de MORDAZA del dos mil seis. VISTO: El expediente administrativo que contiene la Investigacion ODICMA numero ciento sesenta y seis guion dos mil cuatro guion MORDAZA, seguida contra don MORDAZA MORDAZA Puicon MORDAZA por su actuacion como Secretario del Juzgado de Paz Letrado de Cutervo, Distrito Judicial de Lambayeque; por los fundamentos de la resolucion numero dieciseis, expedida por la Jefatura de la Oficina de Control de la Magistratura del Poder Judicial de fojas ciento sesenta y tres a ciento sesenta y cinco, su fecha seis de junio del dos mil

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