Norma Legal Oficial del día 07 de Septiembre del año 2006 (07/09/2006)


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TEXTO DE LA PÁGINA 40

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NORMAS LEGALES

El Peruano jueves 7 de setiembre de 2006

g) Supervisar la oportuna atencion de los requerimientos de los Congresistas y de los organos del Congreso de la Republica." XI. Modificar el literal e) del articulo 35º del ROF, como sigue: " e) Conducir y supervisar las actividades de sistemas de personal, bienestar, presupuesto, contabilidad, tesoreria, cobranzas, abastecimiento, servicios generales y seguridad." XII. Modificar el articulo 45º del ROF, como sigue: "Articulo 45º.- La Gerencia de Logistica es el organo dependiente de la Gerencia General, encargado de administrar el abastecimiento oportuno de bienes, servicios y obras, asi como el mantenimiento y conservacion de equipos e infraestructura" XIII. Modificar el articulo 49º del ROF, como sigue: "Articulo 49º.- La Gerencia Central de Desarrollo es el organo dependiente del Vicecontralor General, encargado de conducir y supervisar los procesos de Fiscalizacion de las Declaraciones Juradas de ingresos, bienes y rentas; formulacion de estudios e investigaciones sobre control gubernamental; control de la gestion de las entidades sujetas al Sistema Nacional de Control y del desarrollo de los convenios de administracion por resultados; de conducir el control de los procesos de adquisicion y contrataciones que ejecuten las entidades publicas; y, la evaluacion de los Programas Sociales." XIV. Modificar los literales b) y c) del articulo 50º del ROF, como sigue: "b) Proponer las politicas y estrategias vinculadas a las fiscalizaciones, estudios e investigaciones, control de gestion, evaluacion de riesgos y control de contrataciones y adquisiciones. c) Conducir y supervisar las actividades vinculadas a fiscalizaciones, estudios e investigaciones, control de gestion, evaluacion de riesgos y control de contrataciones." XV. Modificar el articulo 51º del ROF, como sigue: "Articulo 51º.- La Gerencia Central de Desarrollo esta conformada por las unidades organicas siguientes: - Gerencia de Fiscalizacion de Declaraciones Juradas. - Gerencia de Estudios e Investigaciones. - Gerencia de Control de Gestion y Riesgos. - Gerencia de Contrataciones y Adquisiciones. - Gerencia de Programas Sociales. 01851-2

Contraloria Nºs. 216-2004-CG, 485-2004-CG y 0272006-CG se aprobo el ambito geografico de control de las Oficinas Regionales de Control y de la Sede Central de la Contraloria General de la Republica; Que, por Resolucion de Contraloria Nº 350-2003CG, se creo, entre otras, la Oficina Regional de Control de Huanuco. Que, como parte del MORDAZA de implementacion de la Oficina Regional de Control de MORDAZA, es necesario determinar su ambito geografico de control; asimismo, con la finalidad de facilitar la accesibilidad a las Oficinas Regionales de Control, actualmente en funcionamiento, desde y hacia las entidades sujetas a control, es necesario efectuar diversos cambios al ambito de control de las Oficinas Regionales de Control Chiclayo, Iquitos, Moyobamba, MORDAZA y Huancayo; Que, en ese contexto, conforme a la Hoja de Recomendacion del visto, la Gerencia de Planeamiento y Control propone asignar a la Oficina Regional de Control MORDAZA su respectivo ambito geografico de control, y modificar el que corresponde a las Oficinas Regionales de Control Chiclayo, Iquitos, Moyobamba, MORDAZA y Huancayo, manteniendose el ambito geografico de control de las Oficinas Regionales de Control MORDAZA, Ica, MORDAZA, MORDAZA, MORDAZA, MORDAZA, MORDAZA, Abancay y de la Sede Central; En uso de las facultades conferidas por el Articulo 32º de la Ley Nº 27785, Ley Organica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloria General de la Republica; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Modificar el ambito geografico de control aprobado por Resolucion de Contraloria Nº 3092003-CG, conforme al siguiente detalle: UNIDAD ORGANICA - Oficina Regional de Control Chiclayo AMBITO GEOGRAFICO DE CONTROL Todas las provincias del departamento de Lambayeque; las provincias de MORDAZA y San MORDAZA del departamento de Cajamarca; la provincia de Chepen del departamento de La Libertad; y todas las provincias del departamento de Amazonas. Las provincias de Maynas, MORDAZA MORDAZA, MORDAZA, Ucayali y MORDAZA del departamento de Loreto. Las provincias de Moyobamba, Bellavista, El MORDAZA, Huallaga, Lamas, Mariscal MORDAZA, Picota, MORDAZA y San MORDAZA del departamento de San Martin; y las provincias de Alto Amazonas y Datem del Maranon del departamento de Loreto. Todas las provincias del departamento de Ancash; y las provincias de Maranon y Huacaybamba del departamento de Huanuco. Todas las provincias del departamento de Junin; la provincia de Oxapampa del departamento de Pasco; las provincias de Huancavelica, Acobamba, Angaraes, Churcampa y Tayacaja del departamento de Huancavelica; y las provincias de Atalaya y Purus del departamento de Ucayali. Las provincias de MORDAZA, Dos de MORDAZA, Ambo, Huamalies, MORDAZA

- Oficina Regional de Control Iquitos - Oficina Regional de Control Moyobamba

Modifican ambito geografico de control aprobado por Res. Nº 309-2003-CG
RESOLUCION DE CONTRALORIA Nº 263-2006-CG MORDAZA, 5 de setiembre de 2006 Visto, la Hoja de Recomendacion Nº 28-2006-CG/PL de la Gerencia de Planeamiento y Control, que propone la modificacion del ambito geografico de control de las Oficinas Regionales de Control de la Contraloria General de la Republica; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion de Contraloria Nº 3092003-CG y sus modificatorias las Resoluciones de

- Oficina Regional de Control MORDAZA

- Oficina Regional de Control Huancayo

- Oficina Regional de Control MORDAZA

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