Norma Legal Oficial del día 30 de Enero del año 2009 (30/01/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 18

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, viernes 30 de enero de 2009

La linea de credito otorgada al consumidor podra ser aumentada por los proveedores, previo consentimiento expreso del consumidor. Decima.- Informacion sobre depositos.En toda operacion de pasiva, tales como depositos en cuentas de ahorros, cuentas CTS y depositos a plazo fijo, incluyendo la oferta, el proveedor esta obligado a informar previa y detalladamente sobre las condiciones del deposito y la tasa de rendimiento efectivo anual, la que debera ser incorporada en forma MORDAZA, breve y de facil entendimiento, en una hoja resumen con la firma del proveedor y del consumidor. La tasa de rendimiento efectivo anual incluye intereses, todo costo, comisiones, gastos y tarifas que de acuerdo a lo pactado seran trasladados al consumidor, incluidos los seguros, cuando corresponda. No se incluiran en este calculo aquellos pagos por servicios provistos por terceros que directamente MORDAZA pagados por el consumidor, los que deberan ser incluidos en el contrato. Decimo Primera.Servicios medicos en establecimiento de salud El establecimiento de salud es responsable solidario por las infracciones a la Ley de Proteccion al Consumidor generadas por el ejercicio negligente, imprudente o imperito de las actividades de los profesionales, de los tecnicos o de los auxiliares que se desempenen en el referido establecimiento. Decimo Segunda.- Primacia de la realidad.En la aplicacion de la Ley de Proteccion al Consumidor, la determinacion de la verdadera naturaleza de las conductas tomara en consideracion las situaciones y relaciones economicas que efectivamente se realicen, persigan o establezcan. La forma de los actos juridicos utilizados en la relacion de consumo no enervara el analisis que la autoridad efectue sobre los verdaderos propositos de la conducta que subyacen al acto juridico que la expresa. 307434-6

aprobado por Resolucion Suprema refrendada por el Titular del Sector; Con la opinion favorable de la Secretaria de Gestion Publica de la Presidencia del Consejo de Ministros; De conformidad con la Ley Nº 29158 - Ley Organica del Poder Ejecutivo y el Decreto Supremo Nº 043-2004PCM, la Ley Nº 29091; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobar el Cuadro para Asignacion de Personal-CAP del Ministerio de Agricultura, conforme al Anexo que forma parte integrante de la presente Resolucion. Articulo 2º.- La presente Resolucion Suprema sera publicada en el Diario Oficial El Peruano. El Cuadro para Asignacion de Personal del Ministerio de Agricultura aprobado por el articulo 1º de la presente Resolucion Suprema sera publicado en el MORDAZA del Estado Peruano (www.peru.gob.pe) y en el MORDAZA del Ministerio de Agricultura - MINAG (www.minag.gob.pe). Articulo 3º.- La presente Resolucion Suprema entrara en vigencia a partir del dia siguiente de su publicacion. Articulo 4º.- Dejar sin efecto el Cuadro para Asignacion de Personal - CAP del Ministerio de Agricultura aprobado por Resolucion Suprema Nº 013-2006-AG. Articulo 5º.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por el Ministro de Agricultura. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Agricultura 307434-10

Designan Viceministro de Agricultura
RESOLUCION SUPREMA Nº 004-2009-AG

AGRICULTURA
Aprueban el Cuadro para Asignacion de Personal CAP del Ministerio de Agricultura
RESOLUCION SUPREMA Nº 003-2009-AG MORDAZA, 29 de enero de 2009 CONSIDERANDO: Que, mediante el Decreto Supremo Nº 043-2004PCM, se aprobaron los lineamientos para la elaboracion y aprobacion del Cuadro para Asignacion de Personal - CAP de las entidades de la Administracion Publica, el cual establece en el numeral 14.1 del articulo 14º que el proyecto del Cuadro para Asignacion de Personal, en el caso de los Ministerios, debe contar con el informe previo de la Secretaria de Gestion Publica de la Presidencia del Consejo de Ministros; Que, mediante Resolucion Suprema Nº 013-2006-AG, se aprobo el Cuadro para Asignacion de Personal - CAP del Ministerio de Agricultura con un total de 310 cargos; Que, en el MORDAZA del Decreto Supremo Nº 024-2007AG, que declaro al Sector Agricultura en MORDAZA de reorganizacion; mediante Decreto Legislativo Nº 997 se aprobo la Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Agricultura y mediante Decreto Supremo Nº 0312008-AG se aprobo su Reglamento de Organizacion y Funciones; Que, de conformidad con el inciso b) del articulo 16º de los lineamientos MORDAZA citados, aprobados por Decreto Supremo Nº 043-2004-PCM, en caso de reestructuracion o reorganizacion aprobadas conforme a la normativa vigente, la Entidad se encuentra obligada a aprobar un MORDAZA CAP en los terminos establecidos en los articulos 14º y 15º de ese dispositivo; el mismo que debe ser

MORDAZA, 29 de enero de 2009 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Suprema Nº 029-2007-AG se designo al senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA como Viceministro de Agricultura; Que, el citado funcionario ha presentado su renuncia irrevocable al cargo que venia desempenando; Que, se ha visto por conveniente aceptar la renuncia presentada y designar a su reemplazante; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29158 - Ley Organica del Poder Ejecutivo, el Decreto Legislativo Nº 997 que aprueba la Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Agricultura y su Reglamento de Organizacion y Funciones aprobado por Decreto Supremo Nº 031-2008-AG; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aceptar, con efectividad al 2 de febrero de 2009, la renuncia presentada por el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA al cargo de Viceministro de Agricultura, dandosele las MORDAZA por los servicios prestados. Articulo 2º.- Designar, con efectividad al 2 de febrero de 2009, al senor MORDAZA MORDAZA SIALER PASCO en el cargo de Viceministro de Agricultura. Articulo 3º.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por el Ministro de Agricultura. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Agricultura 307434-11

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