Norma Legal Oficial del día 30 de Enero del año 2009 (30/01/2009)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 82

389552

NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, viernes 30 de enero de 2009

7. Mediante Oficio V.200-0881 del 12 de MORDAZA de 2006, la Entidad dio respuesta al requerimiento de ampliacion de plazo contractual efectuado por el Consorcio, a cuyo efecto se ratifico en el plazo otorgado mediante Oficio V.200-0848 en razon de no haber obtenido respuesta oportuna de parte del ultimo de los nombrados luego de efectuados constantes requerimientos a fin de llegar a un acuerdo respecto del plazo contractual. 8. Mediante Carta del 18 de MORDAZA de 2006, recibida en la fecha, el Consorcio requirio a la Entidad a fin que indicase los nombres de los especialistas que viajarian a Rusia para la recepcion del material objeto del Contrato, con la finalidad de iniciar el tramite de las visas correspondientes. 9. Mediante Oficio V.200-0914 del 18 de MORDAZA de 2006, la Entidad comunico al Consorcio que el requerimiento referido a la designacion de dos especialistas para que viajasen a Rusia era extemporaneo. 10. Mediante Carta del 19 de MORDAZA de 2006, recibida en la fecha, el Consorcio manifesto a la Entidad que no habia cumplido con requerir MORDAZA el nombramiento de los dos especialistas debido a que la fabrica aun no habia autorizado la presencia de ese personal. Asimismo, solicito a la Entidad para que aceptara dicho requerimiento en aras de cumplir con el compromiso pactado. 11. Mediante Oficio V.200-0927 del 20 de MORDAZA de 2006, notificado por conducto notarial en la fecha, la Entidad comunico al Consorcio que, en defecto del cumplimiento de la entrega del motor Turbo Helice, procederia a la resolucion unilateral del Contrato MGP-DGM/DIMT-2005063, de conformidad con lo establecido en el articulo 226 del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado. 12. Mediante Carta Notarial del 21 de MORDAZA de 2006, diligenciada el 24 del mismo mes y ano, el Consorcio reitero a la Entidad su solicitud de nombrar a los dos especialistas encargados de recibir en Rusia el motor objeto del Contrato. 13. Mediante Oficio V.200- 0959 del 24 de MORDAZA de 2006, la Entidad ratifico al Consorcio que la solicitud de designacion de los especialistas se encontraba fuera del plazo contractual. 14. Mediante Oficio V.200-1002 del 26 de MORDAZA de 2006, la Entidad manifesto al Consorcio que, a pesar de haberle comunicado en su oportunidad la imposibilidad de aceptar la entrega de un motor con ano de fabricacion 1992, en vista que dicho bien no respondia a la calidad del inicialmente ofrecido, y de haber propuesto alternativas a fin de viabilizar la ejecucion del contrato sin obtener una respuesta favorable de su parte, en dicha ocasion le requeria que remitiese en el mas breve plazo la totalidad de la informacion tecnica del motor a suministrar. 15. Mediante Carta del 27 de MORDAZA de 2006, el Consorcio comunico a la Entidad que estaba procediendo a remitirle la informacion requerida. 16. Mediante Oficio V.200-1064 del 3 de MORDAZA de 2006, la Entidad comunico al Consorcio que, al no haber cumplido con hacer entrega del bien ofertado ni haber remitido la informacion requerida mediante Oficio V.2001002, procederia a solicitar la ejecucion de la Poliza de Seguro de Caucion del Contrato MGP-DGM/DIMT-2005063. 17. Mediante Oficio V.200-1237 del 26 de MORDAZA de 2006, notificado por conducto notarial el 30 del mismo mes y ano, la Entidad comunico al Consorcio su decision de dar por resuelto el Contrato MGP-DGM/DIMT-2005063. 18. Mediante Carta Notarial del 27 de junio de 2006, el Consorcio comunico a la Entidad su decision de resolver de pleno derecho y en forma total el Contrato MGP-DGM/ DIMT-2005-063, debido al incumplimiento contractual por parte de la MORDAZA de las nombradas. 19. Mediante Carta Notarial del 27 de junio de 2006, el Consorcio solicito a la Entidad someter a arbitraje la controversia generada por la resolucion del Contrato. 20. El 15 de setiembre de 2006 la Entidad puso en conocimiento del Tribunal de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, en adelante el Tribunal, que habia resuelto el Contrato MGP-DGM/DIMT-2005-063 por causa imputable al Consorcio, solicitando que se impusiera en su contra la sancion a que hubiera lugar

al haber incurrido en infraccion administrativa, para lo cual adjunto el Informe Legal 003-2005 acerca de la responsabilidad en la que habria incurrido el Consorcio por el incumplimiento de sus obligaciones contractuales. 21. Mediante decreto del 21 de setiembre de 2006, notificado el 5 de octubre del mismo ano, el Tribunal dispuso el inicio del procedimiento administrativo sancionador contra el Consorcio por su supuesta responsabilidad en el incumplimiento de las obligaciones del Contrato MGPDGM/DIMT-2005-063, lo que habia dado lugar a este fuese resuelto, infraccion tipificada en el inciso 2) del articulo 294 del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, y le otorgo el plazo de diez dias habiles para que presentara sus descargos, bajo apercibimiento de resolver con la documentacion obrante en autos. 22. Mediante escrito presentado el 19 de octubre de 2006 y subsanado el 23 del mismo mes y ano, el Consorcio solicito la suspension del procedimiento administrativo sancionador iniciado en su contra, en vista de haber sometido a arbitraje la controversia suscitada por la resolucion del Contrato MGP-DGM/DIMT-2005-063, dado a que a su entender la entrega del bien no se habia llevado a cabo por causas que no le eran atribuibles. 23. Mediante decreto del 26 de octubre de 2006, notificado el 8 de noviembre del mismo ano, se tuvo al Consorcio por apersonado a la presente instancia administrativa y se remitio el expediente a la Sala Unica del Tribunal para su pronunciamiento. 24. El 20 de setiembre de 2007 la Entidad reitero su solicitud de imponer sancion al Consorcio. 25. Mediante decreto del 8 de MORDAZA de 2008, atendiendo a la reconformacion de las MORDAZA del Tribunal dispuesta por Resolucion 035-2008-CONSUCODE/PRE del 31 de enero de 2008, el expediente fue reasignado a la Tercera Sala del Tribunal para su conocimiento y resolucion. 26. Mediante decreto del 13 de octubre de 2008, se requirio a la Oficina de Conciliacion y Arbitraje Administrativo del CONSUCODE a fin que informase sobre la solicitud de designacion de arbitro efectuada por el Consorcio. 27. Mediante Memorando 212-2008/OCA-FKC del 16 de octubre de 2008, recibido el 20 del mismo mes y ano, la Oficina de Conciliacion y Arbitraje Administrativo del CONSUCODE remitio MORDAZA del Acta de Instalacion de Arbitro Unico del 13 de diciembre de 2006 con el objeto de resolver la controversia generada a raiz de la resolucion del contrato celebrado entre la Entidad y el Consorcio. 28. Mediante decreto del 1 de diciembre de 2008, se requirio a la Entidad a fin que informase sobre el estado del MORDAZA arbitral y, de ser el caso, que remitiese MORDAZA del correspondiente laudo arbitral. 29. Mediante Oficio V.200-2117 del 12 de diciembre de 2008, recibido el 16 del mismo mes y ano, la Entidad remitio MORDAZA del laudo arbitral de fecha 24 de agosto de 2007. FUNDAMENTACION: 1. Es materia del presente procedimiento administrativo sancionador la supuesta responsabilidad del CONSORCIO integrado por las empresas CONSORCIO BINACIONAL REPRESENTACIONES S.A.C. y PLANTA DE AVIACION CIVIL LOS URALES (UZGA) en la resolucion del Contrato MGP-DGM/DIMT-2005-063, por causal atribuible a su parte, cuya infraccion esta tipificada en el inciso 2 del articulo 294 del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo 084-2004-PCM1, en adelante el Reglamento, MORDAZA vigente al momento de suscitarse los hechos imputados.

1

Articulo 294.- Causales de aplicacion de sancion a los proveedores, participantes, postores y contratistas. El Tribunal impondra la sancion administrativa de inhabilitacion temporal o definitiva a los proveedores, participantes, postores y/o contratistas que: [...] 2) Den lugar a la resolucion del contrato, orden de compra o de servicios por causal atribuible a su parte.

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.