Norma Legal Oficial del día 30 de Enero del año 2009 (30/01/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 95

El Peruano MORDAZA, viernes 30 de enero de 2009

NORMAS LEGALES
VIII. FLUJOGRAMA No aplica

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MINCETUR, la INTA comunica dicho acto administrativo a la intendencia de aduana de actuacion para que, en caso se ha determinado que la mercancia no es originaria, proceda con el cierre del TPI y la ejecucion de la garantia, incluyendo las sanciones a que hubiere lugar, o con la devolucion de la garantia. 27. La SUNAT a requerimiento del MINCETUR suspende la aplicacion del TPI a las importaciones futuras de mercancias que ese Ministerio comunique como resultado de un MORDAZA de verificacion de origen a que hace referencia el Acuerdo y las normas de verificacion de origen aprobadas por el MINCETUR, medida que se mantiene hasta que dicho ministerio comunique el levantamiento de la suspension. Solicitud del TPI posterior al despacho 28. En caso en que no se hubiere solicitado el TPI al momento del despacho, el importador de conformidad con el Acuerdo, puede solicitar dicho trato y la devolucion de los tributos pagados en exceso por no haberse otorgado el TPI ante la aduana de nacionalizacion de la mercancia, debiendo presentar junto a la solicitud: (a) una declaracion por escrito manifestando que la mercancia calificaba como originaria al momento de la importacion; (b) una MORDAZA del certificado de origen o del certificado de identificacion para las mercancias sujetas a lo dispuesto en el numeral 4 de esta Seccion, vigente a la fecha de la solicitud. (c) MORDAZA de los documentos senalados en el numeral 13 de esta Seccion; y (d) cualquier otro documento especifico relacionado con la importacion de la mercancia, que sea requerido por la aduana. Cuando se presente la solicitud del TPI posterior al despacho, la fecha de emision del certificado de origen o del certificado de identificacion puede ser posterior a la fecha de numeracion de la declaracion. Conservacion del certificado documentos justificativos. de origen y

IX. INFRACCIONES, SANCIONES Y DELITOS Se aplican las infracciones y sanciones senaladas en la Ley General de Aduanas. X. REGISTROS - Numero de certificados de origen de multiples embarques - Numero de declaraciones de importacion para el consumos asociadas a certificados de origen de multiples embarques - Numero de declaraciones de importacion para el consumo de mercancias cuyo valor en aduanas es menor a US$ 1500 acogidas al TPI 802 sin MORDAZA de certificado o informacion de origen XI. DEFINICIONES Y ABREVIATURAS ACUERDO: Acuerdo de Promocion Comercial entre el Peru y los Estados Unidos de America. DSI: Declaracion Simplificada de Importacion. DUA: Declaracion Unica de Aduanas. INTA : Intendencia Nacional de Tecnica Aduanera. MERCANCIAS IDENTICAS: Mercancias que son iguales en todos los aspectos relevantes para la regla de origen particular que califican las mercancias como originarias. MERCANCIAS RECUPERADAS: Materiales en forma de partes individuales resultantes de: (a) desensamblaje de mercancias usadas en partes individuales; y (b) la limpieza, inspeccion, verificacion u otros procesos segun MORDAZA necesarios para regresar el material a su condicion de funcionamiento normal. MERCANCIAS REMANUFACTURADAS: Mercancias industriales, ensambladas en el territorio de una Parte, clasificadas en el Sistema Armonizado en los capitulos 84, 85, 87 o 90 o la partida 94.02, salvo las mercancias clasificadas en las partidas 84.18 u 85.16 del Sistema Armonizado, que: (a) estan compuestas completa o parcialmente de mercancias recuperadas; y (b) tengan una expectativa de MORDAZA similar y gocen de una garantia de fabrica similar a la de una mercancia nueva. MINCETUR : Ministerio de Comercio Exterior y Turismo. TM : MORDAZA de Margen. TPI : Trato Preferencial Internacional. 307287-1

29. El importador que solicita tratamiento arancelario preferencial debe mantener por un periodo de cinco anos calendarios, contados de la fecha de importacion, el certificado de origen y la informacion que demuestre que la mercancia califica como originaria y todos los demas documentos relacionados con la importacion. Fiscalizacion posterior 30. En caso que el certificado de origen no consigne los datos senalados en el numeral 8 de esta Seccion o los consigne con errores, o cuando la documentacion presentada haga presumir que la mercancia ha incurrido en los supuestos senalados en el numeral 13 de esta Seccion, el funcionario de aduanas designado del Area de Fiscalizacion notifica al importador o agente de aduana, otorgandole un plazo de quince (15) dias calendario, contado a partir del dia siguiente de recibida la notificacion, para que presente un certificado de origen MORDAZA correctamente emitido, una rectificacion o su reemplazo, y cuando corresponda la documentacion que demuestre que la mercancia no ha incurrido en los supuestos senalados en el numeral 13 de esta Seccion. Si vencido el plazo otorgado por la administracion aduanera, no se presentara la documentacion solicitada a que hace referencia el parrafo anterior o si de presentarse subsisten los errores, se emite la resolucion de determinacion respectiva y la liquidacion de cobranza por el monto a pagar. 31. En caso de dudas sobre el origen de la mercancia, el Area de Fiscalizacion remite a la Intendencia Nacional de Tecnica Aduanera (INTA) un informe conteniendo los fundamentos de hecho y de derecho que sustente la duda sobre el origen y MORDAZA de la documentacion relacionada, a fin de que se inicie un MORDAZA de verificacion de origen, de corresponder.

Aprueban Procedimiento Especifico "Aplicacion de Contingentes Arancelarios" INTA-PE 01.18 (Version 1)
RESOLUCION DE SUPERINTENDENCIA NACIONAL ADJUNTA DE ADUANAS N° 039-2009/SUNAT/A MORDAZA, 29 de enero de 2009 CONSIDERANDO: Que mediante Decreto Supremo Nº 007-2009MINCETUR, se establecen los procedimientos generales para la administracion de las cantidades dentro de las cuotas o contingentes arancelarios establecidos en los Acuerdos Comerciales Internacionales suscritos por el Peru; Que resulta conveniente instruir a las aduanas y a los operadores de comercio exterior, sobre la aplicacion

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