Norma Legal Oficial del día 28 de Julio del año 2011 (28/07/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 10

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, jueves 28 de MORDAZA de 2011

establezca la Superintendencia del MORDAZA de Valores (SMV), pudiendo esta modificarlas siempre que no se excedan los porcentajes o cuantias establecidos por la presente norma. La referida modificacion se podra efectuar en funcion del valor, plazos, modalidad de la operacion, el riesgo que involucre la operacion, la actividad que desarrolle la entidad sujeta a autorizacion o supervision por parte de la SMV o cualquier otro criterio relacionado con la regulacion prudencial y la supervision que deba realizar la SMV. (...)"
Articulo 3. Denuncias por actos realizados en el ejercicio de funciones Cualquier denuncia penal que se formule contra el Superintendente del MORDAZA de Valores, los demas miembros del Directorio y los Superintendentes Adjuntos de la Superintendencia del MORDAZA de Valores (SMV) por actos realizados en el ejercicio de sus funciones y hasta cinco anos despues de haber cesado en estas, debera ser interpuesta directamente ante la Fiscalia de la Nacion, quien sera el unico titular de la accion penal contra aquellos. Si la Fiscalia de la Nacion encuentra fundada la denuncia, la presentara ante la Sala Especializada de la Corte Superior de MORDAZA, la que conocera la materia en primera instancia. La sentencia podra ser apelada ante la Corte Suprema de Justicia de la Republica, que actuara en calidad de instancia revisora y final. En toda denuncia de caracter penal interpuesta contra el Superintendente del MORDAZA de Valores, los demas miembros del Directorio, los Superintendentes Adjuntos y demas trabajadores de la Superintendencia del MORDAZA de Valores (SMV) por actos realizados en el ejercicio de sus funciones de regulacion y supervision, la autoridad que conozca dicha denuncia debera solicitar a la SMV, con anterioridad a cualquier pronunciamiento, un informe tecnico en el que se pronuncie respecto del alcance de las funciones de las personas involucradas y su participacion en los hechos investigados. Lo dispuesto en el presente articulo no enerva las atribuciones del Congreso de la Republica y de la Contraloria General de la Republica para que ejerzan su funcion de control y fiscalizacion respecto de los actos u omisiones de los trabajadores o funcionarios de la Superintendencia del MORDAZA de Valores (SMV). Articulo 4. Responsabilidad civil de la Superintendencia del MORDAZA de Valores (SMV) y medidas cautelares contra sus trabajadores o funcionarios Los supervisados tendran derecho a ser indemnizados por la Superintendencia del MORDAZA de Valores (SMV) por toda lesion que sufran en sus bienes y derechos, salvo en casos de fuerza mayor, siempre que los trabajadores o funcionarios presuntamente responsables hubieran actuado con dolo o negligencia grave en el ejercicio de su funcion. En estos casos, la SMV podra repetir contra los trabajadores o funcionarios responsables del perjuicio en los terminos previstos en la Ley 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General. Las medidas cautelares para futura ejecucion forzada sobre los bienes del Superintendente del MORDAZA de Valores, los Directores y los demas trabajadores y funcionarios de la Superintendencia del MORDAZA de Valores (SMV), por actos u omisiones realizados en el ejercicio de sus funciones, unicamente proceden si mediante sentencia consentida o ejecutoriada emitida por juez o corte competente se ha declarado la responsabilidad civil de la SMV por actos u omisiones realizados por el trabajador o funcionario cuyos bienes son objeto de la solicitud de afectacion. Articulo 5. Ejecucion y distribucion de garantias La ejecucion y distribucion de las garantias que respalden las actuaciones de las personas juridicas que participen en el MORDAZA de valores, MORDAZA de productos y sistemas de fondos colectivos solo podra ser suspendida por mandato judicial expreso. Corresponde a la Superintendencia del MORDAZA de Valores (SMV) regular la administracion y los supuestos de ejecucion de dichas garantias, asi como las condiciones bajo las cuales estas seran distribuidas.

Articulo 6. Cooperacion entre los supervisores financieros La Superintendencia del MORDAZA de Valores (SMV) y la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones (SBS) compartiran la informacion que posean respecto de las personas juridicas y personas naturales bajo sus respectivas competencias, incluyendo la informacion protegida por el secreto bancario y reserva de identidad a que se refiere el articulo 45 del Decreto Legislativo 861, Ley del MORDAZA de Valores. Si, por cualquier razon, alguna de las mencionadas instituciones no tuviese en su poder todo o parte de la informacion solicitada, debera requerirla a las personas naturales o juridicas bajo su competencia que posean dicha informacion protegida. El secreto bancario tambien sera levantado en los casos que medie pedido de algun organismo de control del MORDAZA de Valores en el MORDAZA del Acuerdo Multilateral de Entendimiento, Cooperacion e Intercambio de Informacion de la Organizacion Internacional de Comisiones de Valores, en cuyo caso dicho pedido sera canalizado por la Superintendencia del MORDAZA de Valores (SMV). La reserva de identidad tambien sera levantada en los casos que medie pedido de algun organismo de control del sistema financiero, bancario o de seguros con funciones similares a la de la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones (SBS) en el MORDAZA de acuerdos internacionales, en cuyo caso dicho pedido sera canalizado por la SBS. Los procedimientos de acceso, discrecionalidad, confidencialidad, cooperacion e intercambio de informacion seran establecidos mediante memorando de entendimiento entre la SMV y la SBS.

DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS FINALES
PRIMERA. Vigencia de las normas La presente Ley entra en vigencia el dia siguiente de su publicacion en el diario oficial El Peruano. SEGUNDA. Acciones para el fortalecimiento de la Superintendencia del MORDAZA de Valores (SMV) A efectos de adecuar la estructura organizativa de la Superintendencia del MORDAZA de Valores (SMV) para ejecutar las acciones requeridas para el fortalecimiento del MORDAZA de Valores regulado por la presente MORDAZA, autorizase al Poder Ejecutivo para que, mediante decreto supremo refrendado por el Ministro de Economia y Finanzas, modifique y apruebe la escala remunerativa y dietas, respectivamente, de la SMV. Asimismo, autorizase a la SMV a contratar personal en el MORDAZA de las disposiciones legales vigentes. Para efectos de lo establecido en el parrafo precedente, la Superintendencia del MORDAZA de Valores (SMV) queda exceptuada de lo establecido en el articulo 6 y en el parrafo 9.1 del articulo 9 de la Ley 29626, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2011. Igualmente, para la ejecucion de las acciones MORDAZA senaladas, la SMV queda exceptuada del parrafo 11.1 del articulo 11 de la citada ley. Asimismo, y en funcion a criterios de desempeno y otros que fije el superintendente, podra promover dentro de la misma escala remunerativa al personal de la Superintendencia del MORDAZA de Valores (SMV), quedando exceptuada para ello de las normas citadas anteriormente. Con el mismo objetivo senalado en el parrafo precedente, en materia de bienes y servicios, los viajes al exterior de sus servidores o funcionarios se aprueban mediante resolucion del superintendente. Igualmente, la Superintendencia del MORDAZA de Valores (SMV) queda exonerada del limite establecido en los parrafos 10.4 y 10.5 del articulo 10 de la Ley 29626, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2011. La aprobacion del primer cuadro de asignacion de personal (CAP) de la Superintendencia del MORDAZA de Valores (SMV) estara exceptuada del cumplimiento de lo dispuesto en el literal c) del articulo 11 del Decreto Supremo 043-2004-PCM, Aprueban Lineamientos para la Elaboracion y Aprobacion del Cuadro para Asignacion de Personal (CAP) de las Entidades de la Administracion Publica. Las acciones que se realicen al MORDAZA de la presente disposicion se financian con cargo al presupuesto institucional de la SMV.

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