Norma Legal Oficial del día 28 de Julio del año 2011 (28/07/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 51

El Peruano MORDAZA, jueves 28 de MORDAZA de 2011

NORMAS LEGALES

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"Construyendo Peru" (en adelante el Programa), es una Unidad Ejecutora del Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo que cuenta con autonomia administrativa, financiera y presupuestal; Que, para el cumplimiento de sus fines, el Programa efectua transferencias financieras a diversos organismos que ejecutan proyectos de obras y servicios intensivos en mano de obra; Que, el literal c) del numeral 75.4 del articulo 75° de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, en concordancia con el articulo 16º de la Ley Nº 29626, Ley del Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2011, dispone que solo se aprueban por Resolucion del Titular del Pliego, entre otros, las transferencias financieras que efectue el Programa a otros pliegos presupuestarios; Que, mediante Memorando Nº 527-2011-DVMPEMPE/ CP-USP, la Unidad de Supervision de Proyectos informa a la Unidad de Contabilidad que resulta procedente la solicitud de pago de MONC requerida por la Oficina Zonal Amazonas respecto de diez (10) convenios suscritos con Organismos Ejecutores del Sector Publico, en el MORDAZA del Concurso de Proyectos de Servicios 2011-I, por un monto total de S/. 149 238, 00 (Ciento cuarenta y nueve mil doscientos treinta y ocho y 00/100 nuevos soles); Que, mediante Memorando Nº 207-2011-DVMPEMPE/ CP-OAF-UC, la Unidad de Contabilidad remite a la Direccion de Proyectos, la MORDAZA autenticada del Memorando N° 2312011-DVMPEMPE/CP-OPP de la Oficina de Planificacion y Presupuesto a traves del cual otorga la Certificacion de Creditos Presupuestarios ­ PCA N° 083, por un monto total de S/. 11 468 520 (Once millones cuatrocientos sesenta y ocho mil quinientos veinte y 00/100 nuevos soles) para el pago por concepto de MONC del Concurso de Proyectos de Servicios 2011-I; Que, mediante Informe Nº 96-2011-DVMPEMPE/CPUSP, la Unidad de Supervision de Proyectos informa a la Direccion de Proyectos que los convenios del Concurso de Proyectos de Servicios 2011-1 ejecutados en la Oficina Zonal Amazonas y suscritos por la Municipalidad Distrital de Rio MORDAZA y la Municipalidad Distrital de Leymebamba cuentan con la conformidad de la citada unidad, asi como con la Certificacion de Credito Presupuestario PCA N° 0832011-MTPE/4/11, razon por la cual requiere la emision de la resolucion que apruebe la transferencia financiera, por un monto ascendente a S/. 149 238, 00 (Ciento cuarenta y nueve mil doscientos treinta y ocho y 00/100 nuevos soles); Que, mediante Memorando N° 271-2011-DVMPEMPE/ CP-DP, la Direccion de Proyectos solicita la transferencia financiera correspondiente a diez (10) convenios suscritos con Organismos Ejecutores del Sector Publico, en el MORDAZA del Concurso de Proyectos de Servicios 2011-I, por un monto de S/. 149 238, 00 (Ciento cuarenta y nueve mil doscientos treinta y ocho y 00/100 nuevos soles); Que, mediante Informe Legal N° 195-2011DVMPEMPE/CP-UAL, la Unidad de Asesoria Legal del Programa, informa sobre la viabilidad de la transferencia financiera solicitada, por lo que corresponde expedir la Resolucion Ministerial sobre el particular; Con las visaciones del Director Nacional, del Secretario Ejecutivo y del Jefe (e) de la Oficina de Planificacion y Presupuesto del Programa de Emergencia Social Productivo "Construyendo Peru", y de la Jefa de la Oficina General de Asesoria Juridica del Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo; y, De conformidad con lo dispuesto en el articulo 75° de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto; el articulo 16° de la Ley N° 29626, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el ano fiscal 2011; el numeral 8) del articulo 25° de la Ley N° 29158, Ley Organica del Poder Ejecutivo; y el literal d) del articulo 7° del Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo, aprobado por Decreto Supremo N° 004-2010-TR; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobar la transferencia financiera del Programa de Emergencia Social Productivo "Construyendo Peru", por un monto de S/. 149 238, 00 (Ciento cuarenta y nueve mil doscientos treinta y ocho y 00/100 Nuevos Soles) a favor de los Organismos Ejecutores del Sector Publico, senalados en el Anexo que forma parte integrante de la presente Resolucion.

Articulo 2º.- Disponer que el anexo a que se refiere el articulo precedente se publique en la pagina Web del Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo: www. mintra.gob.pe, el mismo dia de su publicacion en el Diario Oficial "El Peruano", siendo responsable de dicha accion la Oficina General de Estadistica y Tecnologias de la Informacion y Comunicaciones. Articulo 3°.- Encargar al Secretario General del Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo el Tramite de la Publicacion de la presente resolucion en el Diario Oficial "El Peruano" y proceda a dar cuenta al Congreso de la Republica. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA COCHAGNE Ministra de Trabajo y Promocion del Empleo

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Aprueban la "Estrategia Sectorial en materia de prevencion y erradicacion del Trabajo Infantil"
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 215-2011-TR
MORDAZA, 27 de MORDAZA de 2011 CONSIDERANDO: Que, la Convencion de las Naciones Unidas sobre los Derechos del MORDAZA, de 1989, suscrita por Peru en 1990, establece en su articulo 32 que todo MORDAZA, MORDAZA y adolescente tiene derecho a ser protegido de cualquier trabajo que pueda ser peligroso para su desarrollo; Que, los Convenios 138, ratificado por el Peru el 13 de noviembre de 2002, establece que todo miembro para el cual este en MORDAZA dicho Convenio se compromete a seguir una politica nacional que asegure la abolicion efectiva del trabajo de los ninos y eleve progresivamente la edad minima de admision al empleo o al trabajo a un nivel que haga posible el mas completo desarrollo fisico y mental de los menores; Que, asimismo, el Convenio 182, ratificado por el Peru el 10 de enero de 2002, establece que todo Miembro que ratifique este Convenio debera adoptar medidas inmediatas y eficaces para conseguir la prohibicion y la eliminacion de las peores formas de trabajo infantil con caracter de urgencia; Que, el articulo 4º de la Constitucion Politica del Peru, establece que la comunidad y el Estado protegen especialmente al MORDAZA, al adolescente, a la MORDAZA y al anciano en situacion de abandono; asimismo, en el articulo 23º senala que el trabajo, en sus diversas modalidades, es objeto de atencion prioritaria del Estado, el cual protege especialmente a la MORDAZA, al menor de edad y al impedido; Que, la Ley Organica del Poder Ejecutivo establecio que los Ministerios son organismos del Poder Ejecutivo que comprenden uno o varios sectores, encargados de formular, planear, dirigir, coordinar, supervisar y evaluar la politica nacional y sectorial bajo su competencia, aplicable a todos los niveles de gobierno; aprobar las disposiciones normativas que les correspondan, cumplir y hacer cumplir el MORDAZA normativo relacionado con su ambito de competencia, ejerciendo la potestad sancionadora correspondiente; y realizar seguimiento respecto del desempeno y logros alcanzados a nivel nacional, regional y local, tomando las medidas que correspondan. Que, de acuerdo a la Ley N° 29381, el Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo ejerce competencia exclusiva y excluyente respecto de otros niveles de gobierno en todo el territorio nacional, entre otros, en la formulacion, planeamiento, direccion, coordinacion, supervision y evaluacion de las politicas nacionales y sectoriales en materia de derechos fundamentales en el ambito laboral, en el que se encuentra el trabajo infantil; Que, la prevencion y erradicacion del trabajo infantil constituye una prioridad del Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo; Que, en ese sentido, el Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo presenta la "Estrategia Sectorial

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