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Pág. 163300 61~~rl);lur:nl~~:r~~~ Lima, sábado 22 de agosto de 1998 de los Servicios Higiénicos en playas del distnto de Barranco”, la misma que consta de 19 art~ulos y 1 disposición Anal. y forma parte del presente decreto. Artículo Segundo.- El presente Decreto de kaldía rige a partir del día siguiente al de su publicación (‘II el Drario Oficial El PL?lWUlO. Regístrese, comuníquese. publíquese y cúmpl.~se. FRANCISCO SILVA CH ECA Alcalde 9320 MUNICIPALIDAD DE LA MOLINA Exoneran del pago de derechos y dis- pensan de la publicación de edictosmatrimoniales a parejas que partici- pen en matrimonio civil masivo ORDENANZA N” 097-98 La Molina, 19 de agosto de 1998 EL ALCALDE DISTRITAL DE LA MOLINAEl Concejo en Sesión Ordinaria de la fecha; CONSIDERANDO:Que, el Atículo 4° de la Constitución Política del Perudisponeú que el Estado y la comunidad protegen ala familia y promueven el matrimonio, reconociendo a estos últimos come, instituciones naturales y fundamentales de la sociedad: Que, los Gobiernos Locales como parte del Estado y de la comunidad tienen el deber de proteger a la familia y promover elL Y ., . matrimonio: Que, de conformidad con la legislación vigente las Municipa- lidades tienen a su cargo el Registro del Estado Civil asi como la celebración de los matrimonios; Que, en el distrito de La Molina existe un g1 an número de parejas que por diversas razones no ha regularizado su situa- ción de hecho, privándose de esta manera de ‘os derechos yobligaciones que emanan del vínculo matrimonial legalmente constituido; Que, es política de la actual gestión fomentar la formalización de las uniones de hecho con el objeto de fortalecer la institución de la familia, por lo cual se deben dar facilidades para la celebra- ción de los matrimonios; Que, mediante Decreto dc Alcaldía N° 01 ó-98, se ha autoriza- do la celebración del Matrimonio Civi! Masivo en 6.1 distrito de La Molina, el día 26 de setiembre de 1998. Estando a lo expuesto y a lo dispuesto por Resolución de Alcaldía N° 364-98 y de conformidad al Artículo 47° inciso 6) de la Ley Orgánica de Municipalidades N° 23853. POR UNANIMI- DAD y con dispensa del trámite de aprobación del Acta, ha aprobado la siguiente: ORDENANZA Articu lo Primero.- DISPENSAR de la publicación de los Edictos Matrimoniales a las parejas que participen en el Matri- monio Civil Masivo programado para el día 26 dc setiembre de 1998, de acuerdo a lo establecido por el Artículo 252° del Código Civil. Artículo Segundo. - EXONERAR, a la- parejas que participen del Matrimonio Civil Masivo , a celebrarse el día 26 de setiembre de 1998, del pago por derecho s correspondien- tesa este servicio que cobra la Municipalidad Distrital de La Molina. Artícu lo Tercero.- DISPONE R la exoneración de plazos legales para la referida celebración Artículo Cuarto.- La presente ordenanza en i.dl.rj r?n vigen- cia al día siguiente dr su put~lic.~c~on. Regístrese, ccmuníqucw lmblíqwsr v ;ump ase. PAUL FIGUEROA LEQUIEN Alcalde 938 0Aprueban el Reglamento Interno del Concejo-RIC EDICTO N0 001-98 La Molina, 19 de agosto de 1998 POR CUANTO:El Concejo Distrital de La Molina en Sesión Ordinaria reali- zada los días 31 de julio y 4 de agosto de 1998; CONSIDERANDO:Que, por Edicto N” 005-96 de fecha 31 de octubre de 1996 se aprobi> el Reglamento Interno del Concejo - RIC, de la Municipa- lidad Distrital de La Molina; Que, ante las modificaciones que por cuestiones de hecho y de derecho, se habían puesto en práctica en las Sesiones de Concejo, y, las propuestas efectuadas por los señores Regidores, en diver- sas Sesiones de Concejo; la Comisión de Asuntos JurídIcos proce- dió a evaluar el texto del RIC. vigente, en sus reuniones de fechas 18desetiembrey 16dediciembrede 1997,30dejulioy3deagosto de 1998, formulando una propuesta integral que recofe tales planteamientos, la misma que somete a consideración de Conce- JOi Que, las Mumcipalidades, de acuerdo a lo prescrito or el Artículo lo” Inciso 1) de la Ley Orgánica de Municipalida Cres N” 23853, son competentes para acordar su régimen de organizacióninterior, correspondiendo al Concejo Municipal su aprobación; De conformidad con los Artículos 10°, 36” y 47” de la Ley Orgánica de Municipalidades N” 23853; POR MAYORIA y con dispensa del trámite de aprobación del Acta, aprobó el siguiente: EDICTO: Artículo Primero .- APROBAR el Reglamento Interno del Concejo - RIC, de la Municipalidad Distrital de La Molina que como anexo forma parte integrante del presente Edicto. Artícul o Segundo.- El presente Re lamento Interno del Concejo entrará en vigencia a partir de Pdía siguiente de su publicación. Artícul o Tercero.- DEROGUESE todas las disposiciones mumclpales con contravengan lo dispuesto en el presente Edicto. Registrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. PAU L FIGUERO A LEQUIEN Alcalde 9381 Crean el Programa Municipal de De- fensa al Consumidor DECRETO DE ALCALDIA N” 006-98 La Molina 23 de abril de 1998 CONSIDERANDO:Que, 1a Constitución Política del Estado Peruano señala en su Art. 1” que la dignidad humana es el fin supremo de la Sociedad v del Estado. v en su Artículo 2” Inc. 22) cantemola el Derecho de ias personas ‘á contar con un ambiente equilibkdo y adecuado para el desarrollo de su vida, y que estas finalidades ~610 se pueden lograr con la adecuada prestación de servicios b&sicos como son cl de agua potable, suministro de energía ektrica, servicios telefónicos y otros; Que, la Municipalidad Distrital de La Molina es una entidad de Derecho Público, cuya finalidad principal es re resentar al vecindario promoviendo la adecuada prestación de Pos servicios públicos locales; Que. esta comuna considera de vital importancia, tanto para el desarrollo del distrito como nara el desarrollo individual de los vecinos, el irrestricto respeto-al Derecho de los Consumidores,tanto más cuando éste se refiere a la obtención de bienes y servirios indispensables para una vida decorosa y digna; y como una necesidad que dichos bienes y servicios sean suministradosen la especie, cantidad y calidad esperada por los consumidores y a precios rn proporción al servicio prestado; Que, la población del distrito de La Molina no cuenta con asesoría, ni apoyo permanente directo municipal para la defensade sus Derechos Básicos como consumidores; Que,lasempresas privadas y estatales a gargo de los servicios básicos, no proporcionan una atención personalizada y eficiente,en respuesta a los reclamos planteados por los usuarios vecinosde La Molina; Que. los reclamos, impugnaciones y quejas no son resueltas en los términos de ley ni en base a los fundamentos que las motJ”an: