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Pág. 163296 tlm ~:[~);li,~~L~WM~ Lima, sábado 22 de agosto de 1998 CONSIDERANDO: Que, la Superintendencia de Entidades Prestadoras de Salud (SEPS), creada por el Artículo 14” de la Ley N° 26790, tiene por objeto autorizar, regular y supervisar el funcionamiento de las Entidades Prestadoras de Salud, así como cautelar el uso correcto de los fondos por éstas administrados; Que, con el fin de garantizar la eficiencia y continuidad del servicio de la Seguridad Social, la SEPS deb ere de las Empresas y Entidades vinculadas a los 9” e1 RePtr o lanes de alud ofrecidos por las Entidades Em Pleadoras o por las Entidades Prestadoras de Salud, conform eo disponen la Cuarta Disposi- ción Com Plementaria del Decreto S uremo N° 009-97-SA, Regla- mento d ea Ley N° 26790; y el inciso Cr) del Artículo 5°, del Decreto Supremo N° 005-98-SA, ue aprobó el Reglamento de Organiza- ción y Funciones de la S E!PS; Que, el Consejo Directivo de la SEPS, ejerciendo las faculta- des conferidas por el inciso a) del Artículo 9” del Decreto Supremo N° 005-98-SA, en sesión N° 15-98-SEPS de fecha 31 de julio de 1998, acordó aprobar el Reglamento del Registro de Empresas y Entidades que de salud de la 8restan servicios de salud vinculados a los planes eguridad Social; Que, en uso de las facultades conferida sor el inciso c), del Articulo ll° del Decreto Su lpremo N° 005-98- r3A; corresponde al Superintendente velar ora correcta ejecución de los acuerdos que adopte el Consejo 8irectivo y expedir las resoluciones que correspondan; SE RESUELVE: Artículo Unico.- Apruébese el Reglamento de Registro de Empresas y Entidades ue prestan servicios de salud vinculados a los planes de salud de 1a Seguridad Social, el mismo que consta de cuatro Títulos, doce artículos y cuatro Anexos, cuyo texto forma parte de la presente Resolución. Regístrese, comuníquese y publiquese LUIS A. MANRIQUE MORALESSuperintendente REGLAMENTO DE REGISTRO DE EMPRESASYENTIDADESQUEPRESTAN SERVICIOS DE SALUD VINCULADOS A LOS PUNES DE SALUD DE LA SEGURIDAD SOCIAL TITULO1 DISPOSICIONES GENERALES Artículo l°.- El presente reglamento detalla los requisitos para el Registro de las Empresas y Entidades que prestan servicios de salud vinculados a los planes de salud de la seguridad social ofrecidos por las Entidades Em leadoras o por las Entida- des Prestadoras de Salud (EPS), en aBelante denominado Regis- tro. Articulo 2°.- - Son sujetos obligados a inscribirse en el men- cionado Registro, las personas naturales o jurídicas que han constituido de acuerdo a la legislación peruana, los estableci- mientos de salud y servicios médicos de apoyo que se mencionan a continuación: a) Establecimientos de salud: 1. Establecimientos de atención ambulatoria: centros médi- cos, policlínicas, institutos y consultorios. 2. Centros de hospitalización: clfnicas y hospitales. b) Servicios de apoyo diagnóstico y terapéutico: 1. Servicios de diagnóstico clínico y anatomopatológico. 2. Servicios de diagnóstico por imágenes: ra tomografía, resonancia magnética nuclear y ra dos x, ecografía, io diagnóstico. 3. Otros: centros de hemodialisis , rehabilitación, etc. TITULO II , DE LOS REQUISITOS Articulo 3°.- Para la inscripción en el Registro, los solicitan- tes deberán tadoras de 8resentar a la Superintendencia de Entidades Pres- alud (SEPS), una solicitud de acuerdo al formato proporcionado (Anexos A o B, según corresponda), adjuntando la siguiente documentación: 1. Cuando el solicitante es persona natural (Anexo A): a) Ficha de Registro (Anexo C). b) Copia simple del documento de identidad. c) Copia simple del título profesional y del registro del colegio profesional respectivo. d) Copia simple de los contratos de servicios suscritos con la (s) EPS y/o los suscritos con la (s) Entidad (es) Empleadora (s). e) Copia simple de la Licencia de Funcionamiento , otorgada por la Dirección de Salud correspondiente.f) Cualquier otra documentación específica que la SEPS considere pertinente, según determinación general previamente establecida. 2. Cuando el solicitante es una persona jurídica (Anexo B): a) Ficha de Registro (Anexo C). b) Copia simple de la escritura pública de constitución de la sociedad debidamente inscrita en la Oficina Registra1 corres on- diente, y de sus modificaciones cuando corresponda, indican Bo en su objeto social la prestación de servicios de salud. c) Copia simple del Certificado de Acreditación de Estableci- mientos de Salud, extendido por el Ministerio de Salu d (MINSA). d) Copia simple de los contratos de servicios suscritos con la (s) EPS o con la (s) Entidad (es) Empleadora (s). Los servicios propios de las Entidades Empleadoras no están sujetos a este requisito. e) Relación del personal profesional de planta, responsable de la prestación de los servicios de salud en sus diversas modalida- des, según formato (Anexo C, acápite E). f) Cualquier otra documentación específica que la SEPS consi- dere pertinente, según determinación previamente establecida. Artículo 4°.- Una vez recibida la documentación y si ésta se encuentra conforme, en un plazo no mayor de siete (7) días calendario, se expedirá el Certificado de Registro correspondiente. Artículo 5°.- La Renovación del Registro es anual, debiéndo- se presentar una solicitud de acuerdo al Anexo D, adjuntando lasiguiente documentación: a) Ficha de Registro actualizada (Anexo C). b) Copia simple de la ultima supervisión de acreditación o de la renovación del Certificado de Acreditación vigente, extendido por el MINSA. c) Copia simple de nuevos contratos suscritos, de la rescisión o resolución de contratos con EPS y/o con las Entidades E mleadoras. d) Cualquier otra documentación específica que la iEPS con- sidere pertinente, según determinación previamente establecida. Artículo 6O.9 La renovación del R e‘stro debe solicitarse dentro de los treinta (30) días anteriores a Pa fecha de vencimiento del Certificado de Registro correspondiente. Las personas naturales y jurídicas que no procedan a la renovación del Registro dentro del plazo previsto en el párrafoprecedente quedaran automáticamente excluidas del mismo. Artículo 7°.- Una vez recibida la documentación y s i ésta se encontrara conforme, en un plazo no mayor de siete (7) días calendario, se expedirá el Certificado de Renovación del Registro. Artículo 8°.- Cualquier variación de la información descrita en la Ficha de Registro al momento de la inscripción o renovacióndel mismo, así como lo establecido en el inciso c) del Artículo 5° del presente R elamento, deberá comunicarse por escrito ala SEPS, adjuntando fa Ficha de Registro (Anexo C) actualizada, dentro de los cinco (5) días calendario posteriores a la modificación. TITULO III DE IA IN-FORMACION Artículo 9”.- La información contenida en el Re ‘stro, es de carácter público, pudiendo entregarse a las autorida Cres y entida- des públicas o privadas así como a las personas naturales con legítimo interés, previa solicitud escrita. Artículo lo”.-La SEPS podrá disponer la realización de inspec- ciones a efectos de verificar que la información proporcionada por las Empresas y Entidades solicitantes, corresponda a la verdad. TITULOIV DE LAS INFRACCIONES Y SANCIONES Artículo ll’.- Se consideran infracciones al Registro: a) Proporcionar información falsa o inexacta a la SEPS en la inscripción, renovación o actualización de información. b) Prestar servicios de salud a las EPS /o a las Entidades Empleadoras, sin la debida inscripción en e iRegistro y/o sin la renovación de mismo. c) Comunicar tardíamente o no comunicar las variaciones señaladas en el Artículo 8”. Artículo lz". -Las infracciones a que se refiere el artículo anterior, darán lugar a las sanciones previstas en el Reglamento de Infracciones y Sanciones de la SEPS. ANEXOA SOLICITUD DE INSCRIPCION (Persona Natural) Lima, de de 199- Señores Superintendencia de Entidades Prestadoras de Salud Intendencia de Regulación y Registro Presente.- yo,-(nombres Y anellidos) (JVacionali- dad) , identificado con documento de identidad (L.E.,