Norma Legal Oficial del día 30 de agosto del año 1998 (30/08/1998)


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TEXTO DE LA PÁGINA 8

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"Articulo 3 ".- El Fondo El Fondo de Inversion se denomina "FONDO DE INVERSION MULTIRENTA INMOBILIARIA". que se constituye bajo la forma de un Fondo de Inversion Mixto Especializado y destinara predominantemente sus recursos para la inversion en actividades inmobiliarias."

Lima. MORDAZA 30 dc agosto de 199X

"Articulo 20".- Determinacion del valor de las cuotas de participacion durante el periodo de colocacion El precio inicial de cada cuota sera equivalente en moneda nacional a US$ 1,000 IUn mil v OO/100 dolares americaCJ Los inmuebles seran valorizados de acuerdo a lo nos). Durante el periodo de coloca&n, el precio se actualizara diariamente de acuerdo a los intereses que devenguen los j f establecido en el inciso CJ del Art. 39" del Reglamento. tdicionalmente LA SAFI efectuara la valorizacion al 30 de aportes efectuados por los participes. depositados en un unio de cada ako, ajustando el valor de los inmuebles al Banco Comercial ronfbrme a lo expresado en el Articulo 23" wecio de MORDAZA en base a una tasacion comercial pago en del presente Reglamento Interno. ?fectivo practicada por una sociedad especializada en valoriEn caso que el Fondo ingrese a su fase operativa durante el zacion! que no deberan tener relacion laboral con la sociedad periodo de colocacion, el valor de colocacion de las cuot?s de ldmimstradora, prestarle servicios distintos de valuacion, participacion correspondera al valor de cuota y se determmara pertenecer a su mismo grupo economico, ni estar vinculados diariamente. A estos efectos, el valor de cuota se calculara sobre a MORDAZA, segun los criterios establecidos por CONASEV. la base del valor patrimonial del Fondo determinado de acuerdo De otro lado, se efectuaran valorizaciones semestrales con lo establecido en el Art. 3s" del Reglamento. que se requiere remitir a la Superintendencia de AdminisSin embargo, cuando las condiciones de MORDAZA lo tradoras Privadas de Fondos de Pensiones adecuadas a lo justifiquen, a criterio de la sociedad administradora podra establecido por dicha Superintendencia mediante normas de proponer, para efectos de la colocacion, una prima adicional caracter general." que se incorporara en el valor cuota. Las caracteristicas, forma de determinacion, oportunidad de calculo y plazo de "Articulo 48": Clases de Asamblea vigencia de la prima adicional deben figurar como una Las Asambleas Generales Extraordinarias se reuniran modificacion del presente articulo del Reglamento Interno, cuando las convoque la Sociedad Administradora, el Comite el cual debera ser incorporado a traves del procedimiento de Vigilancia o a solicitud de Participes que representen por establecido por CONASEV en el Art. 65" del Reglamento, lo menos el 20% (Veinte por ciento) de las Cuotas de Particiantes del inicio del MORDAZA de colocacion de las respectivas ,acion de El Fondo, expresando en la solicitud los asuntos a cuotas con prima adicional .ratar en la Asamblea." El procedimiento de chfusion a los potenciales inversio"Articulo 74".- Las Sesiones del Comite de Inversiones nistas, en caso de aplicarse una prima adicional, sera a traves Las sesiones del Comite de Inversiones se realizaran, cuande la entrega urevia a la colocacion, del Reglamento inclulo menos, bimestralmente en el local social ubicado en Lima." yendo la h$a de actualizacion correspondiente a la aprobacion de la modificacion del presente articulo del Reglamento Articulo 2"~ Adicionar un parrafo al Articulo 2", el inciso Interno, asi como de la hoja de actualizacion del numeral 2.7 del Prospecto de Colocacion. En el Reglamento Interno que I c 31 al Articulo 15" y el inciso d I al Articulo 37" del Reglamento se entregue se colocara un sello en aquellos articulos que / 1[nterno del Fondo de Inversion Multirenta Inmobiliaria, segun los textos siguientes: hayan sido modificados con indicacion al inversionista para que lea la hoja de actualizacion correspondiente. "Articulo 2".- Definiciones Concluido el periodo de colocacion y suscripcion de toda .<. la emision, la valorizacion de las cuotas de participacion, se Tasacion Comercial Pago en Efectivo: Se refiere al valor efectuara mensualmente. A efectos de lo indicado, se consineto de realizacion, y considera el valor de tasacion comerderara el ultimo dia de cada mes y se utilizaran los procedicial de los inmuebles neto de los costos y gastos en que se mientos establecldos por CONASEV, de manera general ." incurre para su venta."

nscritas en el Registro y negociadas en un mecanismo centraizado de negociacion que no registre cotizacion vigente, estas ;e valorizaran al 30 de junio y 31 de diciembre de cada ano de tcuerdo al valor contable calculado en base al estado financie`0 auditado. Adicionalmente, LA SAFI efectuara valorizacioles al 31 de marzo y 30 de setiembre de cada ano, en base a tstados financieros revisados segun practicas contables acep.adas por una sociedad de auditoria, las referidas valorizacioles se realizaran dentro de los cinco (5) dias utiles siguientes 11 31 de marzo y 30 de setiembre de cada ano.

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"Articulo 24": Objetivos del fondo Los objetivos de EL FONDO seran invertir sus recursos principalmente en bienes raices ubicados en el territorio del Peru, sea mediante la construccion para venta y!o arrendamiento de bienes raices destinados a proyectos de Oficina, Centros Comerciales, Viviendas, Infraestructura Turistica, Infraestructura Industrial/ Comercial, asi como en el negocio de prestacion de servicios de alojamiento en la modalidad de hotel, apart- hotel y!o simllares. Las inversiones en bienes raices generaran rentas que provengan de su explotacion como negocio inmobiliario a traves de la compraventa: arrendamiento de oficinas; renovacion. remodelacion, construccion y desarrollo de bienes t-alces. Siendo esta relacion meramente enunciativa, mas no limitativa por lo que EL FONDO tambien podra invertir en otras actividades conexas o vinculadas a las anteriores indicadas. Para la realizacion de dichas actividades la sociedad administradora debera suscribir contratos con terceros, suJetandose para ello a lo senalado en el Articulo 4Fi" del Reglamento. No sera necesaria la participacion de terceros cuando se trate de contratos de compraventa p modalidades de arrendamiento de bienes inmuebles, u otros que autorice CONASEV" "Articulo 27".-De otras inversiones Los recursos de EL FONDO, en tanto no se afecten los planes de inversion y los requel'mientos minimos de liquidez, tambien podran ser invertidos en activos de alta liquidez con un minimo de 24 (Dos por ciento) de los activos de EL FONDO, de conformidad con las normas contenidas en la Ley,,el Reglamento y el presente Reglamento Interno, en los sigmentes valores mobiliarios, operaciones y depositos:" "Articulo 37".- Procedimiento para la valorizacion de Inversiones a) Los valores, depositus y demas activos a que se refiere el Art. 27" de la Ley, excepto los certificados de participacion de Fondos Mutuos de Inversion en Valores, inmuebles ubicados en el MORDAZA y demas valores que determine CONASEV, se valorizaran de acuerdo a lo establecido en el Reglamento de Fondos Mutuos de Inversion en Valores y sus Sociedades administradoras vigente. No obstante lo expresado anteriormente, tratandose de inversion en acciones no inscritas en el Registro y de acciones

"Articulo 15".- Informacion a los participes <.. e) Estara a disposicion de los participes en la oficina de la SAFI, los contratos 0 la iniormacion que sustente las inversiones realizadas a nombre de EL FONDO ." "Articulo 37".- Procedimiento para la valorizacion de inversiones d) La valorizacion de las inversiones del Fondo a traves de asociaciones en participacion, consorcios y otras modalidades de inversion permitidas se efectuara de acuerdo al criterio establecido en el MORDAZA parrafo del inciso a) o segun lo dispuesto en el inciso c) del Reglamento. A tal fin, LA SAFI especificara el criterio a elegir entre MORDAZA alternativas MORDAZA de la realizacion de la inversion y comunicara al Registro y al Comite de Vigilancia, de encontrarse en funciones, a mas tardar al dia siguiente." Articulo 3".- Disponer la inscripcion en el Registro Publico del MORDAZA de Valores de las modificaciones del Reglamento Interno del Fondo de Inversion Multirenta Inmobiliaria, mencionadas precedentemente. Articulo 4".- Disponer la publicacion de la presente resolucion en el Diario Oficial El Peruano y en otro de circulacion nacional, por cuenta de MORDAZA MORDAZA SAFI S.A. Articulo 5".- Transcribir la presente resolucion a MORDAZA MORDAZA SAFI S.A. Sociedad Administradora de Fondos de Inversion. Articulo 6": MORDAZA MORDAZA SAFI S.A. Sociedad Administradora de Fondos de Inversion debera remitir al Registro Publico del MORDAZA de Valores dos (2) ejemplares actualizados del Reglamento Interno y Prospecto de Colocacion dentro de los cinco (5) dias utiles siguientes a la entrada en vigencia de la presente resolucion. Articulo 7".- La presente resolucion entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente 9702

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