Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 22 DE DICIEMBRE DEL AÑO 1998 (22/12/1998)

CANTIDAD DE PAGINAS: 16

TEXTO PAGINA: 7

1 .ima, martcs 22 dc dkicmhrc dc 199X efm Pág. 167541 ENERGIA Y MINAS Imponen servidumbres de sistema de telecomunicaciones a favor de empre- sa de electricidad Lima, 4 de diciembre de 1998 Visto el Ex ediente N” 41066098, que incluye los documentos con Lgstros Ws. 1172172,1183476,1187534, 1196376.12045OOy 1209478, presentado por Electricidad del Perú S.A. - ELECTROPERU S.A. solicitando la impo- sición de las servidumbres de sistema de telecomunicacio- nes, de paso para construir vías de acceso y de tránsito para custodia, conservación y reparación de las obras e instalaciones de la Estación Repetidora Cerro Prieto ubicada en el distrito de La Brea, provincia de Talara, departamento de Piura y de la Estación Base Talara, ubicada en el distrito de Pariñas, provincia de Talara, departamento de Piura; CONSIDERANDO: Que, Electricidad del Perú S.A. - ELECTROPERU S.A., en mérito de la Resolución Suprema N” 077-97-EM de fecha 25 de julio de 1997, ha solicitado la imposición de las servidumbres de sistema de telecomunicaciones, de paso para construir vías de acceso y de tránsito para la custodia, conservación y reparación de obras e instalaciones;Que, la petición se encuentra amparada en lo dispues- to por el Artículo 110” y siguientes de la Ley de Conce- siones Eléctricas (Decreto Ley N” 25844) y el Artículo 220’ y siguientes de su reglamento, aprobado por el Decreto Supremo N” 009-93-EM; Que, siendo el Estado propietario de los terrenos donde se encuentran ubicadas las Estaciones Repetidoras Cerro Prieto y Base Talara, de conformidad con el Artícu- lo 109” de la Ley de Concesiones Eléctricas no corresponde fijar indemnización alguna por el establecimiento de es- tás servidumbres; Que, la Dirección General de Electricidad, luego de hab& verificado que la peticionaria ha cumplido con los requisitos legales y procedimientos correspondientes, ha emitido el Informe favorable N” 176-98-EiWDGE; De conformidad con lo dispuesto por los incisos d), e) y f, del Artículo 110” y demás correspondientes del Decreto Ley N” 25844 y el Artículo 220” y siguientes de su regla- mento, aprobado por el Decreto Supremo N” 009-93-EM; Con la opinión favorable del Director General de Electricidad y del Viceministro de Energía; SE RESUELVE: Artículo lo.- IMPONER las servidumbres de sistema de telecomunicaciones, de paso para construir vías de acceso y de tránsito para custodia, conservación y repara- ción de las obrase instalaciones de la Estación Repetidora Cerro Prieto ubicada en el distrito de La Brea, provincia de Talara, departamento de Piura y de la Estación Base Talara, ubicada en el distrito de Pariñas, provincia de Talara, departamento de Piura, a favor de Electricidad del Perú S.A. - ELECTROPERU S.A.; con carácter per- manente de acuerdo a la documentación técnica y los planos proporcionados por la empresa, conforme a los -1 siguientes cuadros: 1 ExplCbdigo / NOMBRE Y UBICACION DE LA ESTACION PROPIETARIO i DATOS DE LAS ~ SERVIDUMBRES 41066098 Estacibn Repetidora CERRO PRIETO Ubicación: distrito La Brea, provincia de Talara, departamento de Piura. Cota 512 m s.n.m. Area de Servidumbre del Sistema: 88,40 m2. (Incluye la caseta, antena retransmisora y área adyacente) Coordenadas UTM ESTE NORTE . Centro de Torre 495 0026 9 485 903,3 - Vértice A: / - Vertice 8:495 001.7 9 485 904.1 495 003.5 9 485 904.1 - Vertice C: 495 003,5 9 485 902.4 . Vértice D: 495 col ,7 9 485 902.4ESTADO SERVIDUMBRE DE PASO, Construcción (PETR;;;Et DEL de camino de herradura. PETROPERU S.A ) !Area : 5 250 m2 Longitud: 3 500 m. Ancho : 1,50 m. SERVIDUMBRE DE / TRANSITO: / Derecho a transitar por caminos carrozables existentes. ’ ____-~-- ~__ Exp/Códlgo NOMBRE Y UBICACION DE LA ESTACION-.-~-.~ 41066098 Estación de Telecomunicaciones BASE TALARA Ubicación: distrito de Pariñas, provincia de Talara. departamento de Piura. Cota 161 m.s.n.m. camino de herradura. Area de Servidumbre del Sistema: 88,40 m2. (Incluye la caseta, antena retransmisora y krea adyacente) Coordenadas UTM ESTE - Centro de Torre: 472 402,6 _ Vértice A: 472 401,8 - Vértice B: 472 403.5 . Vértice C. 472 403.5 - Vértice D: 472 401,8SERVIDUMBRE DE TRANSITO: Derecho a transitar por caminos carrozables existentes. Artículo 2”.- Los propietarios de los predios sirvien- tes no podrán construir obras de cualquier naturaleza, niArtículo 4”.- ELECTROPERU S.A., deberá velar per- podrán realizar labores que perturben o nerven el plenomanentemente para evitar que en la faja de servidumbre ejercicio de las servidumbres constituidas.se ejecute cualquier tipo de construcción. Artículo 5”.- La presente resolución entrará en vigen- Articulo 3”.- ELECTROPERU S.A., deberá adoptar las medidas necesarias a fin de que los predios sirvientes no sufran daño ni perjuicio por causa de la servidumbre, quedando sujeta a la responsabilidad civil pertinente en caso de incumplimiento.I 14483cia el día de su publicación. wblkación. Regístrese, comuníquese y publíquese. omuníquese y publíquese. DANIEL HOKAMA )KAMA Ministro de Energía y Minas