Norma Legal Oficial del día 15 de enero del año 1998 (15/01/1998)


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TEXTO DE LA PÁGINA 4

Registrese y comuniquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Justicia 0369

Ordenado de la Ley de Normas Generales de Procedimientos Administrativos, aprobado por Decreto Supremo N" 02-94-JUS; SE RESUELVE: Articulo lo.- Declarar infundado el recurso de apelacion interpuesto por MORDAZA MORDAZA MORDAZA, contra la Resolucion de la Presidencia de la Comision Reorganizadora N" 021-97-INPE-CR-P, de fecha 9 de enero de 1997, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo 2".- Remitir MORDAZA de la presente Resolucion Ministerial al Instituto Nacional Penitenciario y al interesado, para los fines pertinentes Registrese. comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Justicia
0370

Declaran infundada apelacion interpuesta contra resolucion que impuso sancion de destitucion a ex funcionario del INPE
RRSOLUCION MINISTERIAL No OOS98-SUS MORDAZA, 8 de enero de 1998 Visto el recurso de apelacion interpuesto por MORDAZA MORDAZA MORDAZA, contra la Resolucion de la Presidencia de la Comision Reorganizadora N" OZl-97-INPE-CR-P. de fecha 9 de enero de 1997; CONSIDERANDO: Que mediante Resolucion de la Presidencia de la Comision Reorganizadora No 021-97-INPE-CR-P, de fecha 9 de enero de 1997, se impuso sancion disciplinaria de destitucion, entre otros, a MORDAZA FernBndez MORDAZA, ex Jefe de Abastecimiento de la Direccion Regional Norte - Chiclayo, del Instituto Nacional Penitenciario: Que contra la citada Resolucion, el recurrente interpone recurso de apelacion, al considerar denegado su recurso de reconsideracion interpuesto con anterioridad, el mismo que no fue resuelto por el Instituto Nacional Penitenciario no obstante transcurrir el plazo legal de treinta dias; Que el impugnante argumenta que se desempeno como Jefe de Abastecimiento del 24 de setiembre al 31 de diciembre de 1993, en tanto qw el contrato en la Compania MOVITEC se MORDAZA el 3 de setiembre del mismo afro; asimismo, al momento de asumir el cargo no se le hizo conocer el mencionado contrato pendiente de cumplimiento, siendo firmadas las Ordenes de Servicios por MORDAZA Sbnchez MORDAZA, ex Jefe de Abastecimiento y MORDAZA MORDAZA MORDAZA, ex Jefe de Adquisiciones; y, que la resolucion deviene en nula al haberse dictado excediendo el plazo de treinta diasde duracion del MORDAZA administrativo disciplinario; Que de autos se establece que si bien es MORDAZA el recurrente no intervino en el contrato ni en las Ordenes de Servicios correspondientes, es en fecha de su gestion que no se cumplio con la entrega del trabajo previsto para el dia 1 de octubre de 1993, segun la clausula MORDAZA del referido contratode trabajo, no habiendo adoptado ninguna medida correctiva tendiente a exigir el cumplimiento del contrato o su resoluci6n, ni informando tal situacion; Que asimismo, fluye del acta de entrega de cargo, que el recurrente recibio documentacion que Incluia las Ordenes de Servicios emitidas hasta el N" 211, por lo que esta MORDAZA que tuvo conocimiento de las Ordenes Nos. 0179, 0180 y 0181 por el monto de S/. 17,160.OO relacionadas con el contrato suscrito con MOVITEC; Que la nulidad de la resolucion impugnada no se sustenta validamente porque el incumplimiento del plazo de 30 dias senalado en el Articulo 163" del Reglamento de la Ley de MORDAZA Administrativa, aprobado por Decreto Supremo N" 00590-PCM,, no acarrea nulidad sino configura falta de caracter disciphnario de los miembros de la Comision a cargo del MORDAZA administrativo disciplinario: Que no se produjo en el presente caso la prescripcion de la accion administrativadisciplinana, porque desde el 11 de octubre de 1995, fecha en que tomo conocimiento de los hechos el Titular del Pliego, hasta el 1 de octubre de 1996 cuando se emitio la Resolucion de la Presidencia del Comite Evaluador N" 013-96-INPE/CIUCE/-P, mediante la cual se le instauro MORDAZA administrativo disciplinario, no habia transcurrido mas de un ano; Estando a lo opinado por la Oficina General de Asesoria Juridica en su Informe N" 002-98.JKJSIOGAJ; De conformidad con lo dispuesto en el Articulo 37" del Decreto Legislativo N" 560 - Ley del Poder Ejecutivo, Articulos 2" y 8" del Decreto Ley N" 25993 - Ley Organica del Sector Justicia, y Articulos 84" y 99" del Texto Unico

Modifican el Reglamento de Organizacion y Funciones del INPE
RESOLUCION MINISTERIAL No 006-98JUS MORDAZA, 9 de enero de 1998 CONSIDERANDO: Que por Resolucion Ministerial No077-93-JUS del ll de febrero de 1993, se aprobo el Reglamento de Orgamzacio~n y Funciones del Instituto Nacional Penitenciario; Que para una mayor eficiencia en la gestion administrativa del Instituto Nacional Penitenciario, es necesario modificar el Reglamento anteriormente senalado; De conformidad con el Articulo 37" del Decreto Legislativo N" 560 - Ley del Poder Ejecutivo y con los Articulos `2" y 8" del Decreto Ley N" 25993; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Modificanse los Articulos 4"! 33q, 34", 35", 36". 37", 38" y 39" del Reglamento de Orgamzaclon y Funciones del Instituto Nacional Penitenciario aprobado por Resolucion Ministerial N" 077.93-JUS, de acuerdo a los siguientes terminos: "Articulo 4".- La Estructura Organica del Instituto Na. cional Penitenciario es la siguiente: ORGANO DE ALTA DIRECCION - CONSEJO NACIONAL PENITENCIARIO Presidencia. ORGANO DE CONTROI, -AUDITORIA GENERAL Oficma de Auditoria Interna. : Oficina de Inspecciones e Investigaciones. ORGANOS DE ASESORAMIENTO OFICINA GENERAL DE DESARROLLO Oficina de Cooperacion Tecmca y Planes. Oficina de Presupuesto. Oficma de Organizacion y Metodos. - OFICINA GENERAL LE ASESORIA JURIDICA ORGANOS DE APOYO - OFICINA EJECUTIVA DE REGISTRO PENITENCIARIO SECRETARIA GENERAL Oficina de Prensa y Relaciones Publicas. Oficina de Administracion Documentaria.

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