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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 30 DE ENERO DEL AÑO 1998 (30/01/1998)

CANTIDAD DE PAGINAS: 32

TEXTO PAGINA: 7

Lima, viernes 30 de enero de 1998 axkcucau, Pág. 156891 Que, a fin de garantizar la fluidez del Proceso Presu- puestario a nivel de todos los Pliegos, es conveniente realizar determinadas precisiones a la Directiva N” OOl- 9%EF/76.01 - Directiva para la Aprobación, Ejecución, Control y Evaluación del Proceso Presupuestario dei Sector Público para 1998, aprobada mediante Resolución DirectoralN”043-97-EF/76.01; De conformidad con la Ley N” 26703, Decreto Legisla- tivo N” 183 - Ley Orgánica del Ministerio de Economía y Finanzas, Resolución Ministerial N” 092-EF/43 y Resolu- ción Viceministerial No 121.95-EF/43 - Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Economía y Finanzas; y, En uso de las atribuciones conferidas en el Artículo 5” de la Ley N” 26703 - Ley de Gestión Presupuestaria del Estado y Décimo Sexta Disposición de la Ley N” 26894 - Ley de Presupuesto del Sector Público para 1998; SE RESUELVE: Artículo lo.- Inclúyase como páìrafo final del Artículo 20”de la Directiva No OOl-9%EF/76.01, el siguiente texto: “Artículo 20”: (...) Las Solicitudes de Ampliación del Calendario de Com- promisos, a que se refiere el primer párrafo del presente artículo, se presentan a la Dirección Nacional del Presu- puesto Público, dentro de los diez (10) primeros días de iniciado el respectivo mes.” Artículo 2”.- Modificase ei inciso c) del Artículo 55”de laDirectivaNo001-98-EF/76.01,deacuerdoalosiguiente: “Artículo55”.- (...) c) La información de la ejecución de ingresos, (ingresos efectivamente recaudados, captados u obtenidos), deta- llada a nivel de Fuentes de Financiamiento, Categoría, Genérica, Subgenérica y Específica del Ingreso, debe encontrarse a disposición de IR Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en el Pliego, a fin de tenerla en cuenta para efectos de las solicitudes de Calendario de Compromisos y de la elaboración de las Programaciones Trimestrales del Gasto.” Regístrese y Comuníquese REYNALDO BRINGAS DELGADO Director General Dirección Nacional del Presupuesto Público 1116 .I ;’,: ,,.... :. ::. Incluvenal FONDEPESen losalcances de¡ AÍ%culo g* de la R.M. NQ 023-98-PE RESOLUCIONMINISTERL4L N” 037-98-PE Lima, 29 de enero de 1998 CONSIDERANDO: Que el Artículo 2” del Decreto Ley N” 25977 - Ley General de Pesca establece que son patrimonio de la Nación los recursos hidrobiológicos contenidos en las aguas jurisdiccionales del Perú y, en consecuencia. co- rresponde al Estado regular el manejo integral y la explo- tación racional de dichos recursos, considerando que la actividad pesquera es de interés nacional;Que mediante Resolución Ministerial N” 023-9%PE, de fecha 19 de enero de 1998, se estableció la veda del recurso “camarón de río” de las especies Cryphiops cae- mentarius y Macrobrachium spp., en los cuerpos de agua públicos de la vertiente occidental de los Andes, a partir de las 00.00 horas del día 23 de enero de 1998 hasta las 00.00 horas del 1 de marzo de 1998, quedando prohibida su captura, transporte, almacenamiento, comercializa- ción y procesamiento; Que el Fondo Nacional de Desarrollo Pesquero - FON- DEPES en cumplimiento de la política sectorial y de sus fines institucionales, viene llevando a cabo diversos pro- yectos de investigación orientados a contribuir en el desarrollo de la acuicultura en el ámbito nacional, entre los que se encuentra el referido al recurso camarón de río, por lo que es necesario incluir a dicha institución dentro de los alcances del Artículo 5”de la Resolución Ministerial indicada en el considerando precedente; Con la opinión favorable del Viceministro; SE RESUELVE: Artículo Unico.- Incluir al Fondo Nacional de Desa- rrollo Pesquero - FONDEPES, dentro de los alcances del Artículo Fj” de la Resolución Ministerial N” 023-9%PE. Regístrese, comuníquese y publíquese. LUDWIG MEIER CORNEJO Ministro de Pesquería 1089 Suspenden el otorgamiento de conce- siones para desarrollar actividades de acuicultura en la zona de Santo Do- mingo, bahía Paracas - Pisco RESOLUCIONMINISTERIAL N” 038-98-PE Lima, 29 de enero de 1998 CONSIDERANDO: Que el Art.ículo 1” del Decreto Ley N” 25977 - Ley General de Pesca, establece que es finalidad del Ministe- rio de Pesqueria promover el desarrollo sostenido de la actividad pesquera como fuente de alimentación, empleo e ingresos y asegurar el aprovechamiento responsable de los recursos hidrobiológicos, optimizando los beneficios económicos, en armonía con la preservación del medio ambiente y la conservación de la biodiversidad; Que en concordancia con lo dispuesto por los Artículos 40”al46”ysinpejuiciodeloestablecidoporelArtículo71” de la precitada Ley, el Ministerio de Pesquería determina la zonificación acuícola y otorga las concesiones y autori- zaciones para el desarrollo de las actividades de acuicul- tura, previa evaluación técnica y científica, atendiendo a factores de índole económica y social; Que mediante Resolución Ministerial N” 061.85PE del 25 de febrero de 1985, el Ministerio de Pesquería delimitó subáreas para investigación y extracción libre, dentro del área marina determinada por Resolución Di- rectoral N”046-85-MA/DGE/RB del 14defebrerode 1985; asimismo, determinó que el área para el desarrollo de la actividadde mariculturademoluscosestáconstituidapor el resto del área a que se contrae dicha Resolución Direc- toral; Que debido a la ocurrencia del Fenómeno de El Niño, se han presentado anomalías climatológicas en la bahía Paracas, que han traído consigo abundancia del recurso “concha de abanico”(Argopecten purpuratus), el cual’