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Pág. 156994 NORMAS LEGALES Lima, lunes 2 de febrero de 1998 Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Ing. Alberto Fujimori Presidente Constitucional de la República ALBERTO PANDOLFI ARBULU Presidente del Consejo de Ministros 1195 Dan por concluida designación y nom- bran Director de la Sexta Región de Defensa Civil - INDECI RESOLUCION SUPREMA Nº 052-98-PCM Lima, 30 de enero de 1998 CONSIDERANDO: Que, por Resolución Suprema Nº 430-96-PCM del 8 de noviembre de 1996, se designó al Crl. Ing. EP JUAN PUENTE DE LA VEGA TOLENTINO en el cargo de Director de la Sexta Región de Defensa Civil - INDECI; Que, por necesidad del servicio es pertinente dar por concluida la referida designación dejándose sin efecto la citada Resolución Suprema; De conformidad en lo dispuesto por los Decretos Legislativos Números 442 y 735; Decreto Legislativo Nº 560 - Ley del Poder Ejecutivo, Decreto Ley Nº 25515 y el Decreto Supremo Nº 41-94-PCM; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo Unico.- Dar por concluida a partir del 20 de enero de 1998, la designación del señor Crl. Ing. EP JUAN PUENTE DE LA VEGA TOLENTINO en el cargo de Director de la Sexta Región de Defensa Civil - INDECI, dándosele las gracias por los servi- cios prestados. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Ing. Alberto Fujimori Presidente Constitucional de la República ALBERTO PANDOLFI ARBULU Presidente del Consejo de Ministros 1196 RESOLUCION SUPREMA Nº 053-98-PCM Lima, 30 de enero de 1998 CONSIDERANDO: Que, se encuentra vacante el cargo de con- fianza de Director de la Sexta Región de Defensa Civil - INDECI; Que, es necesario formalizar la designación del funcionario que asumirá dicho cargo de confianza, a fin de garantizar el normal desenvolvimiento de la institución; De conformidad con lo dispuesto en los Decretos Legislativos Nºs. 442 y 735, el Decreto Ley Nº 25515 y el Decreto Supremo Nº 41-94-PCM;SE RESUELVE: Artículo Unico.- Designar, a partir del 21 de enero de 1998, Crl. Ing. EP VICTOR BELLEZA VAR- GAS en el cargo de Director de la Sexta Región de Defensa Civil - INDECI. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Ing. Alberto Fujimori Presidente Constitucional de la República ALBERTO PANDOLFI ARBULU Presidente del Consejo de Ministros 1197 PESQUERIA Aprueban Reglamento de la Ley Nº 26920 para la operación de embarcacio- nes pesqueras de madera con capaci- dad de bodega de hasta 110 m3 DECRETO SUPREMO Nº 003-98-PE EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que el Ministerio de Pesquería es el órgano encar- gado de establecer las medidas de ordenamiento pes- quero en función de los requerimientos socioeconómi- cos del país y de la conservación de los recursos hidro- biológicos; Que mediante la Ley Nº 26920 se estableció que los armadores pesqueros que cuentan con embarcaciones pesqueras construidas de madera con una capacidad de bodega de hasta 110 m 3 y que realizan faenas de pesca, estarán exceptuados de la autorización de in- cremento de flota a que se refiere el Artículo 24º del Decreto Ley Nº 25977, Ley General de Pesca, y podrán solicitar directamente el permiso de pesca correspon- diente; Que en cumplimiento del Artículo 3º de la Ley Nº 26920, es necesario dictar el Reglamento correspondiente; De conformidad con lo establecido por el Artículo 9º del Decreto Ley Nº 25977, Ley General de Pesca y la Ley Nº 26920; DECRETA: Artículo 1º.- Apruébase el Reglamento de la Ley Nº 26920, que establece que los armadores pesqueros con- signados en el segundo considerando están exceptuados de la autorización de incremento de flota y podrán solicitar directamente el permiso de pesca, el mismo que forma parte integrante del presente Decreto Supremo y consta de doce artículos y tres disposiciones complemen- tarias. Artículo 2º.- El presente Decreto Supremo será refrendado por el Ministro de Pesquería. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los treinta días del mes de enero de mil novecientos noventa y ocho. ALBERTO FUJIMORI FUJIMORI Presidente Constitucional de la República LUDWIG MEIER CORNEJO Ministro de Pesquería