Norma Legal Oficial del día 09 de febrero del año 1998 (09/02/1998)


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TEXTO DE LA PÁGINA 5

MORDAZA, lunes 9 de febrero de 1998

NORMAS LEGALES

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Articulo 6º.- La Compania AERO MORDAZA S.A., presentara mensualmente a la Direccion General de Transporte Aereo los datos estadisticos e informes que correspondan a su actividad. Articulo 7º.- El presente Permiso de Operacion sera revocado de inmediato cuando el peticionario incumpla las obligaciones contenidas en la presente resolucion o pierda alguna de las capacidades legal, tecnica o financiera, exigidas por la Ley Nº 24882, modificada por el Decreto Legislativo Nº 670, su Reglamento y demas disposiciones legales vigentes. Articulo 8º.- El Permiso otorgado precedentemente queda sujeto a la Ley Nº 24882, modificada por el Decreto Legislativo Nº 670, su Reglamento y demas disposiciones legales vigentes, asi como a las Directivas que dicte la Direccion General de Transporte Aereo. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construccion 1441

La tarjeta de circulacion, sera expedida en relacion al ano de fabricacion de los vehiculos ofertados, bajo responsabilidad. Segundo.- La concesionaria esta obligada a cumplir con las normas establecidas en el Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 05-95-MTC y demas disposiciones vigentes, concernientes al Servicio Publico de Transporte Terrestre Interprovincial de Pasajeros por Carretera en Omnibus, que se autoriza. Tercero.- La concesionaria esta obligada a iniciar el servicio dentro de los treinta (30) dias calendario computados a partir de la fecha de publicacion de la presente Resolucion, cumpliendo con lo establecido en el Articulo 17º del Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 05-95-MTC. Caso contrario, se aplicaran las sanciones previstas en el MORDAZA parrafo del Articulo 16º del citado Reglamento. Cuarto.- Encargar la ejecucion de esta Resolucion a la Direccion de Transporte de Pasajeros y Carga Nacional e Internacional. Quinto.- La presente Resolucion se publicara en el Diario Oficial El Peruano, conforme a ley. Registrese y comuniquese. MORDAZA MORDAZA MONTTI DE MORDAZA Directora General (e) Direccion General de Circulacion Terrestre 1440

Otorgan concesion a empresa para que preste servicio publico de transporte terrestre interprovincial de pasajeros
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 057-98-MTC/15.18 MORDAZA, 7 de enero de 1998 VISTOS, el Expediente de Registro Nº 960318 de fecha 16 de agosto de 1996, organizado por la Empresa de Transportes PAZ S.A., sobre Renovacion de Concesion de Ruta: Lima-Tarma y viceversa y el Informe Nº 317-97-MTC/15.18.04.1.jvc de la Direccion de Transporte de Pasajeros y Carga Nacional e Internacional. CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Directoral Nº 141-86-TC/CT-DE-14 de fecha 1 de setiembre de 1986, se otorgo a favor de la Empresa de Transportes PAZ S.A. la Concesion de Ruta: Lima-Tarma y viceversa, con tres (3) frecuencias semanales en cada extremo de ruta y una flota vehicular operativa de un (1) omnibus; Que, habiendo la empresa indicada en Vistos, complementado con fecha 15 de agosto de 1997, la documentacion requerida por el Articulo 13º del Reglamento del Servicio aprobado por Decreto Supremo Nº 05-95-MTC, para la renovacion de la concesion de ruta, procede encausar de oficio dicho expediente como una nueva concesion de ruta, en aplicacion de lo dispuesto en el Articulo IV del Titulo Preliminar - De los Principios Generales del Texto Unico Ordenado de la Ley de Normas Generales de Procedimientos Administrativos aprobado por Decreto Supremo Nº 02-94-JUS MORDAZA por Ley Nº 26654, asi como por los principios de celeridad y economia procesal que rige todo acto administrativo; Que, la empresa de transportes ha cumplido con presentar los requisitos establecidos en el Articulo 13º del Reglamento del Servicio Publico de Transporte Terrestre Interprovincial de Pasajeros por Carretera en Omnibus aprobado por Decreto Supremo Nº 05-95-MTC, por lo que es necesario dictar la medida correspondiente; Estando a lo opinado por las Direcciones de Transporte de Pasajeros y Carga Nacional e Internacional en Memorandum Nº 599-97-MTC/15.18.04 y de Asesoria Legal en Informe Nº 423-97MTC/15.18.01; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 640 y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 05-95MTC, Ley de Simplificacion Administrativa Nº 25035 y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 070-89-PCM, Texto Unico Ordenado de la Ley de Normas Generales de Procedimientos Administrativos aprobado por Decreto Supremo Nº 02-94JUS MORDAZA por Ley Nº 26654 y Decreto Ley Nº 25862; SE RESUELVE: Primero.- Otorgar a favor de la Empresa de Transportes PAZ S.A. la Concesion de Servicio Publico de Transporte Terrestre Interprovincial de Pasajeros, por Carretera en Omnibus, por el periodo de diez (10) anos, computados a partir de la expedicion de esta Resolucion, en la ruta: Lima-Tarma y viceversa, de acuerdo a los siguientes terminos: RUTA ORIGEN DESTINO ITINERARIO ESCALA COMERCIAL FRECUENCIA FLOTA VEHICULAR FLOTA OPERATIVA FLOTA DE RESERVA HORARIOS : LIMA-TARMA y viceversa : MORDAZA : TARMA : : : : REGION : ------REGION : MORDAZA A. MORDAZA

SALUD
Declaran fundada en parte impugnacion interpuesta contra resolucion que sanciono con destitucion a ex servidora del INAPMAS
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 035-98-SA/DM MORDAZA, 4 de febrero de 1998 Visto el Expediente conteniendo el recurso de apelacion interpuesto por MORDAZA MORDAZA MORDAZA ARAGONEZ ALOSILLA contra la Resolucion Jefatural Nº 088-J-96-INAPMAS de 2 de octubre de 1996; y el Expediente relativo a los procesos administrativos disciplinarios seguidos contra la apelante y contra servidores del INAPMAS; y, CONSIDERANDO: Que mediante Informe Nº 021-94-IGS/DECAF "Examen Especial a los Sistemas Administrativos Instituto Nacional de Proteccion del Medio Ambiente Para la Salud" practicado por la Inspectoria General del Ministerio de Salud, se recomienda se instaure MORDAZA administrativo disciplinario a MORDAZA MORDAZA MORDAZA ARAGONEZ ALOSILLA ex Directora Administrativa de la referida Institucion, por incurrir en faltas administrativas tipificadas en los incisos a), d), f) y e) del Articulo 28º del Decreto Legislativo Nº 276; Que mediante la Resolucion Jefatural Nº 076-J-96-INAPMAS, la apelante fue sometida a MORDAZA administrativo disciplinario, concluyendo con el Informe Final CEPAP Nº 011-96, que recomienda sancion de destitucion a la mencionada ex servidora por haber incurrido en faltas de caracter disciplinario tipificadas en el Articulo 28º del Decreto Legislativo Nº 276; Que mediante Resolucion Jefatural Nº 088-J-96-INAPMAS, del 2 de octubre de 1996 se le impuso la sancion disciplinaria de destitucion, por haber incurrido en una serie de inobservancias en la utilizacion de fondos presupuestales de la referida Institucion durante el periodo 1993; Que no encontrandose conforme con lo resuelto por la Resolucion Jefatural Nº 088-J-96-INAPMAS, la recurrente interpone recurso de apelacion en los terminos que aparecen de su impugnacion; Que del estudio y analisis de la Resolucion impugnada y sus antecedentes, se infiere que los cargos formulados se encuentran descritos en el MORDAZA considerando de la Resolucion Jefatural Nº 088-J-96-INAPMAS y que corresponden a siete cargos que le son atribuidos a la apelante; Que de los siete cargos que se le imputan a MORDAZA MORDAZA MORDAZA Aragonez Alosilla, el que respecta a los cheques girados por el monto de S/. 4,599.50 se aprecia que no obra la documentacion sustentatoria completa que pueda determinar el destino de los fondos, lo que amerita establecer cuenta responsabilidad economica de dicho monto; Que asimismo de los otros seis cargos restantes que se le imputan, se observa la existencia de documentacion probatoria, determinandose que la apelante habria inobservado dispositivos de caracter administrativo en el desempeno de sus funciones como Directora General de Administracion del INAPMAS; Que a traves del Oficio Circular Nº 006-94-OEF/93.09, obrante a Fjs. 39 del Exp. Nº 28641-96-DM, se desprende que la Contaduria General de la Republica MORDAZA al Jefe del Instituto,

LA OROYA LA OROYA Una (1) semanal UI-1847 (1992) y UI-4609 (1981)

: Un (1) omnibus : Un (1) omnibus : Salidas de Lima: 14:00 horas (martes) Salidas de Tarma: 14:00 horas (jueves)

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