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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 09 DE FEBRERO DEL AÑO 1998 (09/02/1998)

CANTIDAD DE PAGINAS: 8

TEXTO PAGINA: 6

Pág. 157178 NORMAS LEGALES Lima, lunes 9 de febrero de 1998 al Director General de Administración y demás funcionarios, por la oportuna presentación de la información financiera presupuestaria correspondiente al año 1993; Que para la aplicación de la sanción se debe evaluar que éstas deben guardar equivalencia con la gravedad de la falta, asimismo tienen que tomarse en cuenta que la impugnante no registra demérito alguno, por lo que la sanción a aplicarse debe merituar todos los aspectos antes señalados; Estando a lo informado por la Oficina de Asesoría Jurídica del Ramo; De conformidad con lo previsto por el Decreto Legislativo Nº 276 - Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de Remunera- ciones del Sector Público y su Reglamento; Con la opinión favorable del Viceministro de Salud; SE RESUELVE: 1º.- Declarar fundado en parte el recurso de apelación inter- puesto por doña María Luisa Aragonez Alosilla, contra la Resolu- ción Jefatural Nº 088-J-96-INAPMAS, modificándose la sanción impuesta, reduciéndola a la de cese temporal de doce meses sin goce de remuneraciones. 2º.- Disponer la reincorporación de doña María Luisa Arago- nez Alosilla, a partir de la fecha de la presente Resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese. MARINO COSTA BAUER Ministro de Salud 1417 Sancionan con destitución a servidor del Centro de Salud José Carlos Mariá- tegui RESOLUCION VICEMINISTERIAL Nº 042-98-SA-P Lima, 2 de febrero de 1998 Visto el expediente de proceso administrativo disciplinario seguido al Dr. JULIO CANO CHAVEZ, Médico Nivel 2, ex Director Ejecutivo, F-4, de los Servicios Básicos de Salud Villa María del Triunfo de la Dirección Subregional de Salud II Lima Sur; CONSIDERANDO: Que por Resolución Viceministerial Nº 690-97-SA-P del 16 de diciembre de 1997, se instauró proceso administrativo disciplina- rio al ex funcionario Dr. Julio Cano Chávez, por presuntos cargos formulados en el Informe Nº 013-96-DISURS II LS-OAI que constituyen faltas administrativas disciplinarias tipificadas en los incisos a), d) y f) del Artículo 28º del Decreto Legislativo Nº 276, cometidos durante su gestión como Director Ejecutivo en los Servicios Básicos de Salud Villa María del Triunfo; Que en el transcurso del proceso administrativo disciplinario que se le instauró al mencionado ex funcionario según lo dispues- to en el Artículo 163º del Decreto Supremo Nº 005-90-PCM - Reglamento del Decreto Legislativo Nº 276, recepcionado los descargos y merituado los instrumentales que obran en los actuados, la Comisión Especial de Procesos Administrativos Disciplinarios ha concluido que se encuentran acreditadas las diversas faltas administrativas disciplinarias que se le imputan, como consecuencia del faltante de comprobantes de pago por S/. 5,700.00 Nuevos Soles, desconociéndose su destino; adulteración de documentos por S/. 3,680.00 Nuevos Soles sin sustentación de los gastos; desembolsos por la suma de S/. 5,411.50 Nuevos Soles relacionados con pagos de servicios no personales, gastos de capacitación y alimentos que no cuentan con la documentación sustentatoria; pagos indebidos a contratistas y obreros por plani- llas semanales por los importes de S/. 4,205.00 y S/. 1,395.00 Nuevos Soles; irregularidades en el pago de planillas de raciona- miento por S/. 384.00; irregularidades en el manejo de fondos mediante la simulación de pagos al contratista Víctor Salazar Yupanqui para ejecutar obras en los Servicios Básicos de Salud Villa María del Triunfo; cheques girados a nombre del Tesorero, utilización de la firma del contratista, cobro por Tesorería por un monto de S/. 29,888.00 Nuevos Soles, no siendo desvirtuadas ninguna de las faltas administrativas, incurriendo en responsa- bilidad administrativa al no ejercer las acciones que correspon- dían para una adecuada marcha administrativa de la Dirección Ejecutiva a su cargo; Estando a lo recomendado por la Comisión Especial de Proce- sos Administrativos Disciplinarios en su Informe Final CEPAD. Nº 001-98 de fecha 27 de enero de 1998; De conformidad a lo dispuesto en el inciso d) del Artículo 26º del Decreto Legislativo Nº 276; SE RESUELVE: 1º.- Imponer sanción disciplinaria de Destitución, de confor- midad a lo previsto en el inciso d) del Artículo 26º del DecretoLegislativo Nº 276 a don JULIO CANO CHAVEZ, Médico Nivel 2, del Centro de Salud José Carlos Mariátegui de los Servicios Básicos de Salud Villa María del Triunfo, de la Dirección Subre- gional de Salud II Lima Sur, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente Resolución. 2º.- El servidor destituido no podrá reingresar a la Adminis- tración Pública dentro de cinco años computados a partir del día siguiente de su notificación, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 30º del Decreto Legislativo Nº 276, modificado por el Artículo 1º de la Ley Nº 26488. 3º.- Remitir copia de la presente Resolución a la Dirección Subregional de Salud II Lima Sur, al Ministerio de la Presidencia según lo dispuesto en el D.S. Nº 074-95-PCM y al interesado para los fines pertinentes. Regístrese y comuníquese. ALEJANDRO AGUINAGA RECUENCO Viceministro de Salud 1416 INSTITUTO NACIONAL DE SALUD Aprueban resultados de proceso de evaluación y declaran el cese de servi- dores del instituto por causal de exce- dencia RESOLUCION JEFATURAL Nº 031-98-J-OPD/INS Lima, 6 de febrero de 1998 VISTO, el Informe Nº 02-98-CE/INS, remitido por la Comi- sión encargada de llevar a cabo el Programa de Evaluación Semestral del Desempeño y Rendimiento Laboral de los trabaja- dores del Instituto Nacional de Salud; y, CONSIDERANDO: Que, por Decreto Ley Nº 26093 se dispone que los titulares de los Ministerios y de las Instituciones Públicas Descentrali- zadas, efectuarán semestralmente programas de evaluación de personal, de acuerdo a las normas que para tal efecto se establezcan; Que, por Resoluciones Jefaturales Nºs. 009-96-J-IPD/INS y 155-96-J-IPD/INS, se modificó el Reglamento del Programa de Evaluación Semestral, aprobado por Resolución Jefatural Nº 121-95-J-OPD/INS, estableciendo la primera, que los trabaja- dores cuya calificación final sea deficiente, podrán ser cesados en aplicación del Decreto Ley Nº 26093 y la segunda modificando el anexo Nº 2 "Hoja de Rendimiento Laboral"; Que, la Comisión de Evaluación de personal, cuyas funcio- nes y atribuciones fueron prorrogadas por Resolución Jefatu- ral Nº 106-97-IPD/INS, ha formulado el cuadro final de evalua- ción del II Semestre de 1997, recomendando mediante el informe de visto, el cese del personal que ha obtenido la calificación de "deficiente"; En uso de las facultades establecidas en el Art. 2º del Decreto Ley Nº 26093 y Art. 9º del Reglamento de Organización y Funcio- nes del Instituto Nacional de Salud, aprobado por Resolución Ministerial Nº 178-95-SA/DM; SE RESUELVE: Artículo 1º.- APROBAR los resultados del Proceso de Eva- luación de los trabajadores del Instituto Nacional de Salud, correspondiente al segundo semestre de 1997 y que obra en el documento de visto. Artículo 2º.- DECLARAR el cese por causal de excedencia de los servidores del Instituto Nacional de Salud, que aparecen en el anexo adjunto y que forma parte de esta resolución. Artículo 3º.- DISPONER que la Oficina General de Adminis- tración a través de la Oficina Ejecutiva de personal, otorgue los beneficios que corresponda al personal comprendido en el anexo adjunto, previa entrega de cargo. Artículo 4º.- Entiéndase notificada la presente resolución para todos sus efectos a partir del día siguiente de su publicación en el Diario Oficial El Peruano. Regístrese y comuníquese. CARLOS CARRILLO PARODI Jefe