Norma Legal Oficial del día 09 de febrero del año 1998 (09/02/1998)


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TEXTO DE LA PÁGINA 8

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POR TANTO: Mando se registre y cumpla. MORDAZA MORDAZA WESELBY MORDAZA 1449

NORMAS LEGALES
ACUERDA:

MORDAZA, lunes 9 de febrero de 1998

Articulo Unico.- AUTORIZAR la Convocatoria a Subasta Publica, para dar en Concesion a traves de un Contrato para el aprovechamiento de once paneles publicitarios y dos tiendas comerciales a la obra "TUNEL PEATONAL PANAMERICANA NORTE-SENATI". Publiquese, cumplase y archivese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 1427

Autorizan convocatoria a subasta Autorizan convocatoria a subasta publica para dar en concesion locales publica para dar en concesion pane- de MORDAZA comercial de la obra Palacio les y tiendas comerciales de la obra Municipal, Biblioteca y otros "Tunel Peatonal Panamericana NorteACUERDO DE CONCEJO Nº 105-97 Senati" Los MORDAZA, 19 de agosto de 1997
ACUERDO DE CONCEJO Nº 104-97/CDLO Los MORDAZA, 19 de agosto de 1997 EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LOS MORDAZA VISTO: La Mocion presentada por el MORDAZA Dr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA solicitando autorizacion para la convocatoria a Subasta Publica para dar en concesion a traves de un Contrato para el aprovechamiento de once paneles publicitarios y dos tiendas comerciales de la Obra "Tunel Peatonal Panamericana Norte-SENATI"; y, CONSIDERANDO: Que, habiendose culminado con la ejecucion de la Obra "TUNEL PEATONAL PANAMERICANA NORTE-SENATI", la misma que dentro de su conjunto arquitectonico contiene en sus muros laterales once (11) paneles publicitarios y en sus ingresos comprende dos tiendas comerciales; Que, conforme a los Articulos 191º, 192º, incisos 1), 4) y 193º de la Constitucion Politica concordante con los Arts. 2º y 10º, Inc. 3) de la Ley Nº 23853, se establece que las municipalidades son organos de Gobierno Local con autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia, teniendo competencia para administrar sus bienes y rentas con sujecion a las leyes de la Republica; Que, es menester recuperar la inversion hecha en la ejecucion de la obra en referencia, asi como dar el uso debido a los (11) paneles publicitarios y las dos tiendas comerciales, siendo necesario recurrir al empresariado privado, a fin de dar en concesion via un Contrato para su aprovechamiento; Que, los Arts. 10º, 36º, 47º, 53º, 54º y 55º, de la Ley Organica de Municipalidades Nº 23853, disponen que los Gobiernos Locales pueden contratar con entidades privadas de preferencia locales, la atencion de los servicios que no administren directamente, y que el Concejo autorizara los programas de obra y servicios, asi como los de inversiones cuyo plazo de ejecucion exceda de un ejercicio Presupuestal; en tanto que los servicios publicos locales pueden prestarse a traves de la empresa privada mediante concesion y siempre que se asegure el interes de los usuarios, la eficiencia del servicio y el adecuado control Municipal; debiendo la concesion cumplir con las siguientes condiciones minimas como son: someter a Subasta Publica la Concesion, Plazo de Concesion por no mas de 30 anos, garantia que asegure la eficiencia del servicio y el cumplimiento de las obligaciones correspondientes a la naturaleza, calidad o caracteristicas del servicio a prestar, resolucion contractual por incumplimiento, capital de inversion y forma de amortizacion por parte del concesionario y los costos; Que, como puede otorgarse en concesion para el aprovechamiento de obra destinadas a fines recreativos, deportivos y similares u otros servicios; es factible autorizar la realizacion de Subasta Publica para dar en Concesion para el Aprovechamiento de los once paneles publicitarios y dos tiendas comerciales; conforme a lo dispuesto en los Arts. 13º y 14º de la Ordenanza Nº 097-97-MLM, que regula el Regimen del Patrimonio Inmobiliario de la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA y las Municipalidades Distritales que la integran; y la Ordenanza Nº 098-97-MLM, que MORDAZA el Reglamento de las Inversiones Privadas en Obras de Infraestructura y Servicios Publicos Locales para la provincia de Lima; De conformidad con lo dispuesto en el Art. 47º, Inc. 17) y el Art. 36º, Inc. 3) de la Ley Organica de Municipalidades Nº 23853, POR UNANIMIDAD; EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LOS MORDAZA VISTO: La mocion presentada por el MORDAZA Dr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, solicitando autorizacion para la convocatoria a subasta publica de concesion para el uso usufructo de tres locales comerciales y un local para restaurante de la obra "Palacio Municipal, Biblioteca y Otros", (zona comercial); y, CONSIDERANDO: Que, habiendose culminado con la ejecucion de la obra "EDIFICIO MUNICIPAL, BIBLIOTECA Y OTROS", la misma que dentro de su conjunto arquitectonico comprende ademas TRES LOCALES COMERCIALES Y UN LOCAL PARA RESTAURANTE; Que, conforme a los Articulos 191º, 192º, incisos 1), 4) y 193º de la Constitucion Politica, concordante con los Arts. 2º y 10º, Inc. 3) de la Ley Nº 23853, se establece que las municipalidades son organos de Gobierno Local con autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia, teniendo competencia para administrar sus bienes y rentas con sujecion a las leyes de la Republica; Que, los Arts. 10º, 36º, 47º, 53º, 54º y 55º, de la Ley Organica de Municipalidades Nº 23853, disponen que los Gobiernos Locales pueden contratar con entidades privadas de preferencia locales, la atencion de los servicios que no administren directamente, y que el Concejo autorizara los programas de obra y servicios, asi como los de inversiones cuyo plazo de ejecucion exceda de un ejercicio presupuestal; en tanto que los servicios publicos locales pueden prestarse a traves de la empresa privada mediante concesion y siempre que se asegure el interes de los usuarios, la eficiencia del servicio y el adecuado control municipal; debiendo la concesion cumplir con las siguientes condiciones minimas como son: someter a subasta publica la concesion, plazo de concesion por no mas de 30 anos, garantia que asegure la eficiencia del servicio y el cumplimiento de las obligaciones correspondientes a la naturaleza, calidad o caracteristicas del servicio a prestar, resolucion contractual por incumplimiento, capital de inversion y forma de amortizacion por parte del concesionario y los costos; Que, como puede otorgarse en concesion para el aprovechamiento de obra destinadas a fines recreativos, deportivos y similares u otros servicios; es factible autorizar la realizacion de subasta publica para dar en concesion para el aprovechamiento de los TRES LOCALES COMERCIALES Y UN LOCAL PARA RESTAURANTE DE LA OBRA EDIFICIO MUNICIPAL, BIBLIOTECA Y OTROS (ZONA COMERCIAL), conforme a lo dispuesto en los Arts. 13º y 14º de la Ordenanza Nº 097-97-MLM, que regula el Regimen del Patrimonio Inmobiliario de la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA y las Municipalidades Distritales que la integran; y la Ordenanza Nº 098-97-MLM, que MORDAZA el Reglamento de las Inversiones Privadas en Obras de Infraestructura y Servicios Publicos Locales para la provincia de Lima; De conformidad con lo dispuesto en el Art. 47º, Inc. 17) y el Art. 36º, Inc. 3) de la Ley Organica de Municipalidades Nº 23853; ACUERDA: Articulo Unico.- AUTORIZAR la convocatoria a subasta publica, para otorgar en concesion, a traves de un contrato para el uso y usufructo de los TRES LOCALES COMERCIALES Y UN LOCAL PARA RESTAURANTE DE LA OBRA PALACIO MUNICIPAL, BIBLIOTECA Y OTROS (ZONA COMERCIAL). Publiquese, cumplase y archivese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 1428

MUNICIPALIDAD DE LOS MORDAZA

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