Norma Legal Oficial del día 15 de febrero del año 1998 (15/02/1998)


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TEXTO DE LA PÁGINA 3

MORDAZA, MORDAZA 15 de febrero de 1998
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NORMAS LEGALES

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La solicitud de nulidad presentada por don MORDAZA Ordonez MORDAZA, Presidente de la Comunidad Campesina de Muqui, contra la Resolucion Directoral Regional Agraria Nº 021-96DRA-PETT.CR/RAAC, de 21 de marzo de 1996, expedida por la Direccion Regional Agraria de la Region MORDAZA MORDAZA Caceres. CONSIDERANDO: Que por Resolucion Directoral Regional Agraria Nº 021-96DRA-PETT.CR/RAAC, la Direccion Regional Agraria de la Region MORDAZA MORDAZA MORDAZA aprobo el expediente de deslinde y titulacion del territorio de la Comunidad Campesina de Muqui de 1,084 ha. 3,700 m2 ubicado en el distrito de Muqui, provincia de Jauja, departamento de MORDAZA, compuesto por el plano de conjunto, memoria descriptiva y actas de colindancia, y dispuso la inscripcion de estos en los Registros Publicos; Que por escrito de 3 de diciembre de 1996, don MORDAZA Ordonez MORDAZA, Presidente de la Comunidad Campesina de Muqui, solicito la nulidad del plano de conjunto y de la precitada resolucion en el extremo que disminuye el area de su comunidad en 155 ha., manifestando que ante la ex Direccion de Asuntos Indigenas del Ministerio de Salud Publica, Trabajo y Prevision Social las Comunidades Campesinas de Huancani y Muqui firmaron un acta en la que expresan estar de acuerdo con las lineas de colindancia del plano levantado por MORDAZA A. Gamio; Que de la revision de lo actuado, se aprecia a fojas 3 del expediente de titulacion de la Comunidad Campesina de Huancani, el "Acta de Ratificacion de los Planos y Actas de Colindancia de las Comunidades de Muqui, Huancani y Pacamarca", de 11 de febrero de 1996, mediante el cual los representantes de las citadas Comunidades ratifican sus planos de conjunto y actas de colindancia, habiendo suscrito dicho documento don MORDAZA Ordonez MORDAZA en representacion de la Comunidad Campesina de Muqui; Que en base a dicha acta y al plano de la Comunidad Campesina de Muqui levantado en febrero de 1976, por la Oficina de Catastro Rural de la ex Direccion General de Reforma Agraria y Asentamiento Rural y ORAMS-VI, se expidio la Resolucion Directoral Regional Agraria Nº 021-96-DRA-PETT.CR/RAAC que es materia de impugnacion; Que de otro lado, el plano levantado por don MORDAZA A. Gamio nunca fue aprobado y al efectuarse un MORDAZA areado se superpuso con la Carta Nacional y Hojas de Restitucion de la fotografia aerea de 1976, observandose que este se superpone con los linderos de la Comunidad Campesina de Muquiyauyo cuya linea de colindancia esta definida y demarcada por hitos de concreto debidamente enumerados; Estando a lo dictaminado por la Oficina de Asesoria Juridica y de conformidad con la Ley Organica del Ministerio de Agricultura, dada por Decreto Ley Nº 25902; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Declarar sin lugar la nulidad deducida por don MORDAZA Ordonez MORDAZA, Presidente de la Comunidad Campesina de Muqui, contra la Resolucion Directoral Regional Agraria Nº 021-96-DRA-PETT.CR/RAAC, de 21 de marzo de 1996, expedida por la Direccion Regional Agraria de la Region MORDAZA MORDAZA MORDAZA, por haber sido dictada en base al "Acta de Ratificacion de los Planos y Actas de Colindancia suscrita por los representantes de las Comunidades de Muqui, Huancani y Pacamarca"; devolviendose el expediente a la citada Direccion Regional Agraria para su archivamiento. Registrese y comuniquese. MORDAZA MUNANTE SANGUINETI Ministro de Agricultura 1677

diversas parcelas del sector "Mollebamba", distrito de Ocona, provincia de Camana, departamento de MORDAZA, manifestando que su poderdante es propietaria exclusiva de dichos terrenos, los cuales vienen siendo solicitados en adjudicacion por sus arrendatarios; Que en tal situacion se encontraba MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, quien habia solicitado se le otorgue titulo de propiedad sobre la parcela de 2.45 ha., que conduce en el mencionado sector "Mollebamba"; Que por Resolucion Directoral Nº 1014-95-MAG-DRAA-OAL, la Direccion Regional Agraria de la Region MORDAZA declaro fundada la referida oposicion, e improcedente la solicitud de MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, por estar probado con las escrituras publicas que obran en autos, que la parcela cuya titulacion se solicita es de propiedad de MORDAZA MORDAZA MORDAZA Granda, adquirida a titulo de herencia de su finado conyuge don MORDAZA MORDAZA Dongo Cabral; Que por escrito de 25 de noviembre de 1996, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA interpone Recurso de Apelacion contra la precitada resolucion, expresando que MORDAZA MORDAZA MORDAZA Granda ya no tiene propiedad en el sector "Mollebamba" por cuanto la ha vendido a terceros y que las tierras en las que pretende ser titulada las gano al lecho del rio; Que de la documentacion corriente a fojas 06 a 24, aparece que la parcela solicitada se ubica en el sector "Mollebamba", adquirido en compraventa por don MORDAZA MORDAZA Dongo Cabral, quien lo dejo en herencia por testamento a su esposa MORDAZA MORDAZA MORDAZA Granda, por consiguiente, el Ministerio de Agricultura no tiene facultad para adjudicar u otorgar titulo de propiedad sobre el al no estar incorporado a su dominio, por cuya virtud la resolucion impugnada es arreglada a ley; Estando a lo dictaminado por la Oficina de Asesoria Juridica y de conformidad con la Ley Organica del Ministerio de Agricultura, dada por Decreto Ley Nº 25902; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Declarar infundado el Recurso de Apelacion interpuesto por MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA contra la Resolucion Directoral Nº 1014-95-MAG-DRAA-OAL, de 6 de noviembre de 1995, expedida por la Direccion Regional Agraria de la Region MORDAZA, la que se confirma, en razon a que la parcela cuya titulacion se solicita es de propiedad privada; devolviendose los actuados a la citada Direccion Regional Agraria para su archivamiento. Registrese y comuniquese. MORDAZA MUNANTE SANGUINETI Ministro de Agricultura 1678

Declaran infundada impugnacion interpuesta contra resolucion que declaro caducidad de procedimiento de denuncio de terrenos eriazos
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 0059-98-AG MORDAZA, 11 de febrero de 1998 VISTO: El recurso de apelacion interpuesto por don MORDAZA MORDAZA MORDAZA, en representacion de la Asociacion Rural Fruticola MORDAZA Muerto - San MORDAZA, contra la Resolucion Directoral Nº 06196-MAG-DRAA-OAJ, de 29 de marzo de 1996, expedida por la Direccion Regional Agraria de la Region Arequipa. CONSIDERANDO: Que mediante Contrato de Otorgamiento de Terrenos Eriazos Nº 178-89, de 29 de diciembre de 1989, la ex Direccion General de Reforma Agraria y Asentamiento Rural transfirio con fines de irrigacion una superficie de 620.68 ha. de terrenos eriazos ubicados en el distrito de Uraca, provincia de MORDAZA, departamento de MORDAZA, en favor de la Asociacion MORDAZA MORDAZA Irrigacion MORDAZA Muerto, el mismo que corre inscrito en la ficha 65860 de la Oficina Regional de los Registros Publicos de Arequipa; Que asimismo, por Resolucion Directoral Nº 061-96-MAGDRAA-OAJ, la referida Direccion Regional Agraria declaro la caducidad del expediente de denuncio de 435.28 ha. de terrenos eriazos iniciado por la Asociacion Rural Fruticola MORDAZA Muerto San MORDAZA en febrero de 1992, por referirse a mismos terrenos adjudicados en favor de la Asociacion MORDAZA MORDAZA Irrigacion MORDAZA Muerto, disponiendo el archivamiento definitivo de los actuados; Que por escrito de 8 de MORDAZA de 1996, obrante a fojas 1,907, don MORDAZA MORDAZA MORDAZA interpone recurso de apelacion contra la precitada Resolucion Directoral, manifestando que no existe superposicion entre los terrenos que solicita su representada y los adjudicados a la Asociacion MORDAZA MORDAZA Irrigacion MORDAZA

Declaran infundada impugnacion contra resolucion que denego otorgamiento de titulo de propiedad de parcela ubicada en la provincia de Camana
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 0058-98-AG MORDAZA, 11 de febrero de 1998 VISTO: El Recurso de Apelacion interpuesto por MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA contra la Resolucion Directoral Nº 1014-95MAG-DRAA-OAL, de 6 de noviembre de 1995, expedida por la Direccion Regional Agraria de la Region Arequipa. CONSIDERANDO: Que mediante escrito de fecha 15 de MORDAZA de 1994, MORDAZA MORDAZA Dongo MORDAZA en representacion de MORDAZA MORDAZA MORDAZA Granda, formula ante la Direccion Regional Agraria de la Region MORDAZA, oposicion a la tramitacion de titulos de propiedad sobre

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