Norma Legal Oficial del día 15 de febrero del año 1998 (15/02/1998)


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TEXTO DE LA PÁGINA 7

MORDAZA, MORDAZA 15 de febrero de 1998

NORMAS LEGALES

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Jefe de la Oficina de Defensa Civil que actuara como Secretario Tecnico del COED, ademas integrado por: a) La gobernadora del distrito. b) El comandante y los mayores de la PNP en su condicion de Jefes de las Comisarias de MORDAZA, MORDAZA de Agua, MORDAZA MORDAZA, La Huayrona y MORDAZA Rey. c) Los representantes Titulares de las Entidades Publicas y Privadas como: EDELNOR, SEDAPAL, TELEFONICA DEL PERU, Directora de la USE Nº 05, II Region de Defensa Civil. d) Las Entidades de Bienestar y Apoyo Social como: Cuerpo de Bomberos Voluntarios Nº 121-SJL, el parroco de la Iglesia Catolica del sector, la MORDAZA Roja Peruana, Asociacion de Boys Scout del sector, Clubs de Leones, Instituto Peruano de Seguridad Social (IPSS), presidenta del Vaso de Leche, comedores populares y clubs de Madres. e) Comision Municipal de Regidores: los presidentes de las Comisiones de Poblacion, Salud y Medio Ambiente; Economia y Planeamiento; Asuntos Sociales; Desarrollo Local y Transporte y Comercializacion y Abastecimiento. f) Centro Medico Municipal, Cuerpo de la Policia Municipal y de Serenazgo. PUESTO DE COMANDO DEL COED PUESTO DE COMANDO Y COMUNICACIONES El Puesto de Comando del COED estara ubicado en la Oficina de Defensa Civil dentro del local Municipal. En el caso de desastre el Centro de Operaciones de Emergencia Distrital (COED), funcionara en el MORDAZA Del Maestro, ubicado en la 1ª cuadra de la Av. Proceres de la Independencia de esta jurisdiccion y asi mismo las Subsedes en los lugares considerados. Articulo Cuarto.- El MORDAZA en su condicion de Presidente del Comite Distrital de Defensa Civil, convocara por escrito a sus Miembros del COED a la reunion de instalacion y juramentacion y se les comunicara las responsabilidades que tiene el COED frente a su comunidad para protegerla de los desastres o emergencia. La instalacion y juramentacion constara en un Acta, cuya MORDAZA se remitira a la II Region de Defensa Civil por delegacion del INDECI, para su reconocimiento oficial mediante Resolucion Jefatural. Articulo Quinto.- Instalado el Comite del Centro de Operaciones de Emergencia Distrital (COED), dispondra que la Secretaria Tecnica del COED, realice las coordinaciones necesarias con otras Autoridades del SINADECI-II Region de Defensa Civil, para evaluar el posible riesgo en esta jurisdiccion, identificando los peligros que pudieran atentar contra la seguridad o tranquilidad de la poblacion, analizando la vulnerabilidad y estimando las posibles perdidas; asi mismo ordenara la elaboracion del inventario de recursos humanos y materiales aplicables para la atencion de la emergencia. Articulo Sexto.- Elaborado el esquema desarrollado presentara el Plan de Emergencia al Centro de Operaciones de Emergencia Distrital (COED), para su aprobacion, ejecucion y evaluacion. Articulo Setimo.- Realizar programas de capacitacion y simulacros periodicos, dirigidos a las organizaciones vecinales, senalando el estado de emergencia de esta jurisdiccion. La oficina de Defensa Civil queda encargada de fijar mes y dia a la brevedad; bajo responsabilidad. Los simulacros deben estar dirigidos a la diversidad de peligros como: NATURALES: Inundaciones, heladas, sequias, sismos, vendavales, aludes, deslizamientos, huaycos y derrumbes. INDUCIDOS: Incendios, atentados y otros. Articulo Octavo.- Se asignara una PARTIDA ECONOMICA DE EMERGENCIA, dando prioridad al desastre ocurrido, a traves de la Direccion de Presupuestos; la misma que sera administrada y supervisada por la Oficina de la Secretaria Tecnica de Defensa Civil de esta jurisdiccion. Articulo Noveno.- Formar, organizar y capacitar a las Brigadas Operativas contra Desastres durante el ano 1998, de acuerdo a la Directiva Nº 37, expedida por el Instituto Nacional de Defensa Civil (INDECI). Articulo Decimo.- De conformidad con el Decreto Supremo Nº 005-88-SG/MD, Titulo VI, Capitulo II, "De las Sanciones", Articulo 52º, "las personas naturales y juridicas que infrinjan el Reglamento del Sistema de Defensa Civil, se haran acreedores a sanciones sin perjuicio de la responsabilidad civil o penal a que hubiere lugar. Registrese, comuniquese, cumplase y archivese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 742

MUNICIPALIDAD DE MORDAZA DE MORDAZA
Disponen saneamiento fisico legal de los inmuebles de propiedad de la municipalidad
DECRETO DE ALCALDIA Nº 002-98-DASS MORDAZA de MORDAZA, 12 de febrero de 1998 EL MORDAZA DE MORDAZA DE MORDAZA CONSIDERANDO: Que, es de interes de la Municipalidad Distrital de MORDAZA de MORDAZA obtener el saneamiento y la inscripcion registral de los bienes inmuebles de su propiedad; Que, mediante Decreto Supremo Nº 026-96-PCM de fecha 20.6.96, el Gobierno Central dispuso que sus entidades, asi como las entidades de los Gobiernos Regionales, Gobiernos Locales, Empresas del Estado, Organismos Descentralizados Autonomos, Instituciones Publicas Descentralizadas y Sociedades de Beneficencia Publica, deberan dictar las medidas especificas para obtener el saneamiento fisico legal de los bienes inmuebles cuyo dominio no estuviera inscrito en los Registros Publicos a nombre del Estado; En uso de las facultades conferidas por el inciso 6) del Articulo 47º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 23853; DECRETA: 1º.- Disponer el saneamiento fisico legal de los bienes inmuebles de propiedad de la Municipalidad Distrital de MORDAZA de MORDAZA, que a la dacion del presente Decreto de Alcaldia no se encuentren inscritos en los Registros de la Propiedad Inmueble de la Superintendencia Nacional de los Registros Publicos. 2º.- Establecer que la Municipalidad Distrital de MORDAZA de MORDAZA, a partir de la vigencia del presente Decreto de Alcaldia, inscriba los bienes inmuebles de su propiedad en los Registros de la Propiedad Inmueble de la Superintendencia Nacional de los Registros Publicos, sin otros requisitos que la MORDAZA de su propia Declaracion Jurada de Autovaluo, plano de ubicacion y perimetrico, y memoria descriptiva. 3º.- Establecer que la Municipalidad Distrital de MORDAZA de MORDAZA inscriba las declaraciones de fabrica, ampliaciones, modificaciones o rectificaciones de declaratoria de los bienes inmuebles de su propiedad en los Registros de la Propiedad Inmueble de la Superintendencia Nacional de los Registros Publicos, adquiridos bajo cualquier forma o modalidad, con la sola MORDAZA de la memoria descriptiva y los planos de ubicacion y distribucion de aquellos. 4º.- Encargar a la Direccion Municipal, Direccion de Desarrollo MORDAZA y Oficina de Asesoria Juridica, el cumplimiento del presente Decreto de Alcaldia. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA DARGENT CHAMOT MORDAZA 1718 FE DE ERRATAS EDICTO Nº 01-98-E-MSS Por Oficio s/n la Municipalidad de MORDAZA de MORDAZA solicita se publique Fe de Erratas del Edicto Nº 01-98-E-MSS, publicado en nuestra edicion del dia 3 de febrero de 1998, en la pagina 157016. Ultimo Considerando DICE: Que, es conveniente adecuarse a las Normas de Control MORDAZA por: Ley del Sistema Nacional de Control - Decreto Ley Nº 26162, Reglamento de las Acciones de Control - Resolucion de Contraloria Nº 196-88-CG; Normas de Auditoria Gubernamental - NAGU - Resolucion de Contraloria Nº 162-95-CG; Lineamientos Generales para cautelar el adecuado fortalecimiento e independencia de los organos de auditoria interna - Resolucion de Contraloria Nº 189-93-CG; DEBE DECIR: Que, es conveniente adecuarse a las Normas de Control MORDAZA por: Ley del Sistema Nacional de Control - Decreto Ley Nº 26162, Reglamento de las Acciones de Control - Resolucion de Contraloria Nº 112-97-CG; Normas de Auditoria Gubernamental - NAGU - Resolucion de Contraloria Nº 162-95-CG; Lineamientos Generales para cautelar el adecuado fortalecimiento e independencia de los organos de auditoria interna - Resolucion de Contraloria Nº 192-96-CG; 1717

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