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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 03 DE JULIO DEL AÑO 1998 (03/07/1998)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

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. NORMAS LEGALESDirector: Enrique Sánchez Hrrnani Lima. viernes 3 de iulio de 1998 AÑO XW - N” 6582 Pág. 161653 PCM Autorizan viaje de representantes de PROMPERU para participar en evento a realizarse en Argentina RESOLUCION SUPREMA N” 370-9%PCM Lima, 2 de julio de 1998Dictan disposiciones referentes al alquiler de viviendas de funcionarios diplomáticos acreditados en la ciudad de Tokio, Japón Vista la Carta N” SE-OXlO/ de la Secretaria EjecutivaDECRETO SUPREMO de la Comisión de Promoción del Perú PROMPERU; y, W 0159%RE CONSIDERANDO:EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA Que, la Comisión de Promoción del Perú - PROMPERU conjuntamente con AEROPERU y hoteles y operadores pe- ruanos tiene previsto llevar a cabo el evento denominado Workshop “Destino Perú” en la ciudad de Buenos Aires Argentina, del 6 al 8 de julio de 1998. a efecto de presentar la oferta turística peruana ante agencias de viaje y mayoris- tas argentinos:CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Suprema N” 164-9%RE, de 15 de abril de 1998. se crea el Consulado General del Perú en Tokio, Japón, con jurisdicción en todo el país; Que, resulta pertinente la designación de dos repre- sentantes de la Comisión de Promoción del Perú PROMPE- RU. para que participen en el mencionado evento; Que, los gastos por concepto de pasaje aéreo serán nsumi- dos por AEROPERU;Que, el Estado peruano posee una propiedad destinada a vivienda de los funcionarios diplomáticos acreditados en la mencionada ciudad. no siendo suficiente ésta para albergar ala totalidad de los funcionarios de las Misiones del Servicio Exterior en dicha sede; De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Supremo Iv” 074~85PCM, Decreto Supremo N” 010-8%PChZ, Decreto Supremo N” 135-90-PCM, Decreto Supremo N” OX-91.PCM, Decreto Supremo N” 031.BY-EF y Decreto Supremo N” 041- 94-PCM;Que, el altísimo índice de costo de vida en Japón y, en particular, los elevados costos de alquiler de viviendas en el citado país, no podrían ser afrontados con las remuneracio- nes de los funcionarios del Servicio Diplomático de la Rrpú- blica que sean designados N dicha sede: SE RESUF:LVE: Artículo l”.- Autorizar el viaje de la señora Ibrth Acuña Escobar y del señor Percy Tapia Campusano del Area de Planeamiento y Promoción Turística de la Comisión de Pro- moción del Perú PROMPERU, a la ciudad de Buenos Aires -Argentina, del 6 al 8 de julio de 1998, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente resolución Artículo 2”.- Los gastos que ocasione el cumplimiento de la presente resolución serán con cargo al Presupuesto de la Unidad Ejecutora 002 Comisión de Promoción del Perú PROMPERU del Pliego 001 Presidencia del Consejo de Ministros, de acuerdo al siguiente detalle:Que, en consecuencia, se hace necesario establecer que el pago del alquiler de vivienda al funcionario, hasta la catego- ría de Ministro en el Servicio Diplomático de la República, que sea nombrado como Cónsul General del Perú en Tokio, Japón, sea cubierto con la asignación ordinaria de gastos de funcionamiento de dicha Oficina Consular. acorde con el decoro, representatividad del cargo y la disponibilidad de recursos; DECRETA: Señora Ibeth Acuña EscobarArtículo l”.- El Estado peruano podrá asumir, dentro de la respectiva asignación ordinaria de gastos de funcio- namiento v gestión, el pago por el alquiler de vivienda al funcionari”o del Servicio Diplomático de la República, hasta la categoría de Ministro, que sea nombrado como Cónsul General del Perú en Tokio, Japón, acorde con el decoro, representatividad del cargo y la disponibilidad de recursos. - Viáticos US$ 400.00 -Tarifa Corpac j US$ 25.00 Señor Percy Tapia CampusanoArtículo 2”.- El monto destinado al pago de alquiler de vivienda de la asignación ordinaria de gastos de funciona- miento v gestión del Consulado General en Tokio. Jauón. será fijadlpor Resolución del Titular del Pliego. _ Artículo 3”.- A efecto de preservar el principio de eqm- - Viaticos : US$ 4Wxw~ -Tarifa Corpac : US$ . Artículo 3”.- La presente resolución no otorga derecho a exoneración de impuestos o de derechos aduaneros, cuales- quiera fuese su denominación o clase.dad en lo que respecta al Indice de Remuneración por Sede (IRS), será de aplicación el porcentaje que se establezca en virtud de lo dispuesto en el Artículo l”, inciso c), numeral 41 del Decreto Supremo N” 169%RE, de 16 de junio de 1995. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los dos días del mes de julio de mil novecientos noventa y ocho. Regístrese, comuníquese y publíqueseRELACIONES EXTERIORES RICARDO MARQUEZ FLORES Rúbrica del Ing. Ricardo Márquez Vicepresidente de la República Encargado del Despacho PresidencialVicepresidente de la República Encargado del Despacho Presidencial JAVIER VALLE-RIESTRA Presidente del Consejo de Ministros 7367 7366-JORGE GONZALEZ IZQIJIERDO Ministro de Trabajo y Promoción Social Encargado de la Cartera de Relaciones Exteriores