Norma Legal Oficial del día 03 de julio del año 1998 (03/07/1998)


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TEXTO DE LA PÁGINA 9

Lima. viernes 7 de MORDAZA dc I WX

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Registrese y comuniquese Rubrica del Ing. MORDAZA MORDAZA Vicepresidente de la Republica Encargado del Despacho Presidencial MORDAZA PALERMO CABREJOS Ministro de Educacion 7372

EIXJCACION
Declaran infundada impugnacion contra la Res. NQ 194-98-ED
RESOLUCION SUPREMA N" 068-98-ED MORDAZA, 2 de MORDAZA de 1998 CONSIDERANDO:

Que, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Tecnico Administrativo III de la Unidad de Personal, dependiente de la Oficina de Administracion de la sede central del Ministerio de Educacion, interpone recurso de reconsideracion conka la Resolucion de Secretaria General K' 194-98ED, de fecha 21 de MORDAZA de 1998; Que, de acuerdo a lo establecido por el Articulo 98" del Texto Unico Ordenado de la Ley de Normas Generales de Procedimientos Administrativos, aprobado por Decreto Supremo N" 002-94-JUS, el recurso de reconsideracion se presenta contra la primera resolucion en un MORDAZA admiDECRETO SUPREMO nistrativo; en el presente caso, la resolucion impugnada W 055-98-EF constituye la MORDAZA resolucion, la misma que ha resurlto el recurso de reconsideracion interpuesto por la recuEL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA rrente contra la Resolucion de Secretaria General N" 38997.ED; CONSIDERANDO: Que, sin embargo, teniendo en cuenta lo dispuesto por el Articulo 103" del mismo cuerpo legal. oue establece que el Que, por Decreto Legislativo N" 757, Ley MORDAZA para el error en la calificacion del recurso-por parte del recurrente Crecimiento de la Inversion Privada, se ha establecido la no sera obstaculo para su tramitacion resulta procedente obligatoriedad, para todas las entidades de la administratramitar el recurso impugnativo interpuesto por la recurren:ion publica, de aprobar y publicar su correspondiente Texto te, como recurso de apelacion; Unico de Procedimientos Administrativos - TUPA; Que, del estudio y analisis de los actuados se desprende Que, por Decreto Supremo N" 094-92-PCM, se ha estableque mediante Resolucion del Tribunal Constitucional de -ido las disposiciones reglamentarias requeridas para el fecha 17 de octubre de 1996, se ordena al Ministerio de cumplimiento de la obligacion a que se refiere el consideranEducacion, cumpla con reponer a MORDAZA MORDAZA VALVERdo anterior; DE MORDAZA, en el Grupo Ocupacional Tecnico, Nivel Que, las entidades de la administracion publica depenRemunerativo ST"A". de la sede central del Ministerio de diente del Gobierno Central, deben aprobar su corresponEducacion; diente MORDAZA por Decreto Supremo; Que, por Resolucion de Secretaria General N" 389-97-ED, Que, mediante Ley N" 26734, se creo el Organismo de fecha 10.11.97, en cumplimiento al mandato judicial se Supervisor de la Inversion en Energia -OSINERG- como dispone ubicar a la accionante en el cargo de Tecnico Administrativo III, Grupo Ocupacional Tecnico, Nivel Remuneraorganismo fiscalizador de las actividades que desarrollan las tivo ST"A", de la Unidad de Personal, dependiente de la ' empresas en los Subsectores de electricidad e hidrocarburos; Oficina de Administracion de la sede central del Ministerio Que, es necesario aprobar el Texto Unico de Procedimiende Educacion: tos Administrativos -TUPA-, del Organismo Supervisor de la Que. la recurrente no conforme con tal determinacion Inversion en Energia OSINERG; interpone recurso de reconsideracion, el mismo que fue De conformidad con lo dispuesto en el Articulo 22" del resuelto por Resoluci6n Secretaria General N" 194-98 Decreto Legislativo N" 757; ED, declarandolo fundado en parte, por estimarse que se habia omitido consignar que su reincorporacion a dicho DECRETA: cargo era a partir de la fecha en que indebidamente se le rebajo su nivel remunerativo por Resolucion Ministerial Articulo l".- Aprobar el Texto Unico de Procedimientos N" 0540.93-ED. es decir, a partir del 26 de MORDAZA de 1993, Administrativos - MORDAZA del Organismo Supervisor de la acto administrativo que es cuestionado con el presente Inversion en Energia - OSINERG, que en anexo adjunto recurso; forma parte integrante del presente Decreto Supremo. Que, del analisis de los antecedentes se observa que se ha Articulo 2".- De conformidad con lo dispuesto en el dado cabal cumplimiento a lo ordenado por la Resolucion del Articulo 34" del Decreto Legislativo N" 757, designase como Tribunal Constitucional de fecha 17 de octubre de 1996, unica Oficina de tramite documentario del Organismo Suresolucion que motivo el presente proceso; en consecuencia, pervisor de la Inversion en Energia -OSINERG- a su Mesa de no procede amparar el recurso de apelacion: Partes. Que, por otro lado, la resolucion impugnada ha sido emitida de acuerdo a los dispositivos legales vigentes y los Articulo 3".- Los procedimientos administrativos que alegatos esgrimidos en el recurso planteado no logran desvirse sigan ante las distintas dependencias del Organismo tuar dicha resolucion, toda vez que estos se basan en cuestioSupervisor de la Inversion en Energia OSINERG, se namientos subjetivos como la forma de redaccion de la regiran por lo prescrito en el Titulo IV del Decreto resolucion que se impugna; en tal sentido, no cumple lo Legislativo N" 757, por su Reglamento aprobado por previsto en el Articulo 99" del Decreto Slipremo s" 002-94. Decreto Supremo N" 094-92-PCM, por el presente DecreJUS, que establece que el recurso de apelacion se interponto Supremo y, supletoriamente por el Texto Unico Ordedra solo cuando la impugnacion se sustente en diferente nado de la Ley de Normas Generales de Procedimientos interpretacion de las pruebas producidas o se trate de cuesAdministrativos, aprobado por Decreto Supremo N" 02. tiones de puro derecho, por lo tanto, no existe mrrito para 94-`JUS. amparar el recurso incoado; Articulo 4".- El presente Decreto Supremo sera refrenDe conformidad con lo dispuesto por el Decreto Legisladado por el Ministro de Economia y Finanzas. tivo N" 560 Ley del Poder Ejecutivo: v Estando a lo acordado; Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los veintisiete dias del mes de junio de mil novecientos noventa y ocho. SE RESUELVE:

ECONUMIA Y FINAlrJZAS

Aprueban el Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Organismo Supervisor de la Inversion en Ener~ - OSINERG gia

Articulo Unico.- Declarar INFUNDADO el recurso de apelacioninterpuestopordonaEufrosinaVALVERDEAGUIRRE, contra la Resolucion de Secretaria General N" 194-98 ED, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolucion, dandose por agotada la via administrativa.

RICARD~C MORDAZA MORDAZA -. . . . Vicepresidente de la Kepubhca Encargado del Despacho Presidencial MORDAZA MORDAZA CAMPODONICO Ministro de Economia y Finanzas

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