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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 08 DE MARZO DEL AÑO 1998 (08/03/1998)

CANTIDAD DE PAGINAS: 8

TEXTO PAGINA: 6

Pág. 158008 NORMAS LEGALES Lima, domingo 8 de marzo de 1998 MUNICIPALIDAD DE MIRAFLORES Establecen vías públicas afectas al pago de la Tasa por Estacionamiento de Vehículos DECRETO DE ALCALDIA Nº 02-98-DAM Miraflores, 16 de febrero de 1998 EL ALCALDE DE MIRAFLORES CONSIDERANDO: Que, mediante Ordenanza Nº 38-97-MM de fecha 18 de junio de 1997, el Concejo Distrital de Miraflores, estableció el tributo denominado Tasa por Estacionamiento de Vehículos, correspon- diente a la prestación efectiva del servicio de estacionamiento vehicular que brinda la municipalidad, en algunas vías públicas de la jurisdicción; Que, en la mencionada Ordenanza, así como en el Decreto de Alcaldía Nº 12-97-DAM de fecha 10 de julio de 1997, se enuncia- ron las vías públicas de la jurisdicción, sujetas al pago de la referida Tasa por Estacionamiento de Vehículos; Que, actualmente es necesario detallar y unificar en un dispositivo, las vías públicas de la jurisdicción de Miraflores que estarán afectas al pago de la Tasa por Estacionamiento de Vehículos; Estando a lo expuesto, de acuerdo a las facultades otorgadas en el Artículo 9º de la Ordenanza Nº 38-97-MM de fecha 18 de junio de 1997, y en uso de las atribuciones conferidas por el inciso 6) del Artículo 47º de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 23853; DECRETA: Artículo Primero.- Las vías públicas de la jurisdicción de Miraflores, afectas al pago de la Tasa por Estacionamiento de Vehículos, son las siguientes: - Av. Dos de Mayo, Cdra. 1. - Av. Petit Thouars, Cdras. 52, 53 y 54. - Av. Larco, Cdras. 1, 3, 4, 5, 6, 7 y 8. - Oscar Benavides (Diagonal), Cdras. 1, 2, 3 y 5. - Calle Porta, Cdra. 1. - Diez Canseco, Cdra. 3. - Cantuarias, Cdras. 1 y 2. - Jr. Bolognesi, Cdra. 1. - Jr. Atahualpa, Cdra. 1. - Jr. Bolívar, Cdra. 1. - Jr. Coronel Inclán, Cdra. 1. - Pasaje Mártir José Olaya. - Pasaje Los Pinos. Artículo Segundo.- Encargar a la Dirección de Rentas velar por el cumplimiento del presente Decreto. Regístrese, publíquese y cúmplase. FERNANDO ANDRADE CARMONA Alcalde 1984 Amplían plazo para pago del Impuesto Predial y Arbitrios de Limpieza Públi- ca, Parques y Jardines y Serenazgo ACUERDO Nº 10-98-ACDM Miraflores, 4 de marzo de 1998 EL ALCALDE DE MIRAFLORES POR CUANTO: El Concejo Distrital de Miraflores en Sesión Ordinaria de fecha 3 de marzo de 1998 CONSIDERANDO: Que, de acuerdo a lo dispuesto en el Artículo 15º del Decreto Legislativo Nº 776 "Ley de Tributación Municipal", el plazo para efectuar el pago del Impuesto Predial se cumple el último día hábil del mes de febrero de cada año; Que, el plazo para realizar el pago de los Arbitrios de Limpie- za Pública, Parques y Jardines y Serenazgo de esta Municipali-dad vence el último día hábil de los meses de febrero, mayo, agosto y noviembre según corresponde; Que, es política de la actual administración municipal reali- zar acciones orientadas a facilitar el cumplimiento de las obliga- ciones tributarias de sus vecinos y contribuyentes; Que, en tal sentido el Concejo Distrital de Miraflores ha visto conveniente prorrogar el plazo para efectuar el pago de los tributos mencionados en los párrafos precedentes hasta el 31 de marzo de 1998. Asimismo con el fin de cumplir con la política trazada y con el propósito de aliviar la carga tributaria de nuestros vecinos y contribuyentes, se continuará concediendo el beneficio especial de rebaja para aquellos que cancelen en forma adelantada sus tributos de Limpieza Pública, Parques y Jardines y Serenazgo; Estando a lo expuesto y en uso de las facultades conferidas en la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 23853, y con dispen- sa del trámite de aprobación del acta, el Concejo; ACORDO: Artículo Primero.- Prorrogar hasta el 31 de marzo del presente año, el plazo para realizar el pago del Impuesto Predial del año de 1998; así como el pago de los Arbitrios de Limpieza Pública, Parques y Jardines y Serenazgo, correspondiente al primer trimestre del año de 1998. Artículo Segundo.- Los vecinos y contribuyentes que cum- plan con pagar dentro del plazo dispuesto en el artículo preceden- te, continuarán gozando del beneficio especial de rebaja del 10% sobre el pago adelantado por Arbitrios de Limpieza Pública, Parques y Jardines y Serenazgo. Artículo Tercero.- Encargar a la Dirección de Rentas velar por el fiel cumplimiento del presente Acuerdo de Concejo. POR TANTO: Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. FERNANDO ANDRADE CARMONA Alcalde 2589 Aprueban Directiva para la capacita- ción del personal de la municipalidad RESOLUCION Nº 8851-97-RAM Miraflores, 12 de noviembre de 1997 VISTO, la propuesta de "Directiva para la Capacitación del Personal de la Municipalidad Distrital de Miraflores" presentado por la Comisión-PMC encargada de actualizar, solicitar su aprobación y difundir la mencionada Directiva; y, CONSIDERANDO: Que, es política de la actual Administración Municipal llevar a cabo un Proceso de Mejoramiento Continuo en la Municipalidad de Miraflores; Que, conceptualmente, el Proceso de Mejoramiento Conti- nuo-PMC es una innovadora herramienta de gestión empresa- rial, que busca hacer de la calidad un hecho práctico, sencillo y participativo a través de una metodología de trabajo bien defini- da, que permita al trabajador, dueño del problema, diagnosticar y realizar las mejoras, bajo un enfoque integral que conduzca, permanentemente, a la excelencia competitiva; Que, dentro de tal contexto se ha determinado que existe, entre otros, un problema central que encierra el bajo rendimiento del Recurso Humano en la gestión municipal para lo cual se realizó el Taller de Trabajo-PMC cuyo tema específico fue el de optimizar el proceso denominado "Realización de un Programa Integral de Desarrollo de Personal", Taller este que concluyó con propuestas de implementación de medidas correctivas entre las que se formuló la de actualizar, solicitar su aprobación y difundir el documento de visto; Que, la capacitación es la acción orientada al desarrollo de conocimientos, aptitudes, prácticas, habilidades y valores positi- vos del trabajador tendientes a garantizar su desarrollo, mejorar su desempeño laboral así como su realización personal; Que, a fin de lograr la misión de la Municipalidad es conve- niente, entre otras cosas, contar con el documento normativo que haga viable la capacitación del personal; Estando a lo expuesto y en uso de las facultades conferidas por el inciso 6) del Artículo 47º de la Ley Orgánica de Municipa- lidades Nº 23853; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar la "DIRECTIVA PARA LA CAPACI- TACION DEL PERSONAL DE LA MUNICIPALIDAD DE MI- RAFLORES", la misma que en documento adjunto forma parte integrante de la presente resolución. Artículo 2º.- Encargar a la Oficina de Personal la difusión de la Directiva aprobada, en todas las Unidades Orgánicas que conforman la Municipalidad Distrital de Miraflores.