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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 08 DE MARZO DEL AÑO 1998 (08/03/1998)

CANTIDAD DE PAGINAS: 8

TEXTO PAGINA: 1

DIARIO OFICIAL FUNDADO EN 1825 POR EL LIBERTADOR SIMÓN BOLÍVAR NORMAS LEGALESDirector: Enrique Sánchez Hernani Lima, domingo 8 de marzo de 1998 AÑO XVI - Nº 6465 Pág. 158003 P C M Designan responsables de la conduc- ción, administración y ejecución del proyecto "Apoyo en Relación al Fenómeno El Niño" RESOLUCION MINISTERIAL Nº 020-98-PCM Lima, 5 de marzo de 1998 CONSIDERANDO: Que, mediante Acuerdo Nº 07-98-FGCPJ/CD del Comité Directivo del Fondo General de Contravalor Perú-Japón, se aprobó la concesión de un financiamiento no reembolsable a la Presidencia del Consejo de Ministros destinado a financiar el proyecto denominado "Apoyo en Relación al Fenómeno El Niño", por un monto equivalente a US$ 5 000 000 (cinco millones de dólares americanos) con cargo a los recursos del Programa de Contribución a la Promoción del Esfuerzo por el Ajuste Estructu- ral Económico (NON PROJECT); Que, dicho proyecto tiene como finalidad el dar apoyo a las zonas del Perú afectadas por el fenómeno natural "El Niño", a fin de reducir el daño a la población; Que, en tal sentido, los recursos de dicho proyecto serán empleados para la adquisición de bienes que sirvan para reducir el impacto negativo del referido fenómeno natural en las pobla- ciones damnificadas, así como para rehabilitar la infraestructura básica a nivel urbano y rural y colaborar con la reconstrucción de los centros poblados afectados; Que, es necesario designar a las personas que serán respon- sables de la conducción, administración y ejecución del referido proyecto; De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Legislativo Nº 560 y el Decreto Supremo Nº 041-94-PCM; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Designar como responsable titular al Sr. Julio Manuel García Torres y como responsable alterno a la Dra. Cayetana Aljovín Gazzani en la conducción, administración y ejecución del proyecto "Apoyo en Relación al Fenómeno El Niño", el mismo que cuenta con un financiamiento no reembolsable de US$ 5 000 000 (cinco millones de dólares americanos) concedido por el Fondo General de Contravalor Perú-Japón. Artículo 2º.- A fin que las personas señaladas en el artículo precedente puedan cumplir con el encargo a que hace alusión la presente resolución, éstas quedarán autorizadas para realizar las siguientes funciones: a) Ejercer la representación oficial del proyecto ante toda clase de autoridades e instituciones públicas o privadas, naciona- les o extranjeras; b) Ejecutar en forma conjunta, las operaciones financieras que fueran necesarias para el normal desenvolvimiento del proyecto. En tal sentido, quedan facultadas para abrir y cerrar cuentas bancarias y mercantiles; girar, aceptar y endosar letras de cambio; girar y endosar cheques; retirar depósitos; contratar sobregiros y avances en cuentas corrientes; c) Ejecutar toda clase de garantías; y, d) Realizar los actos jurídicos y suscribir los contratos que fuesen necesarios para cumplir con los fines del proyecto. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALBERTO PANDOLFI ARBULU Presidente del Consejo de Ministros 2573P R E S Afectan en uso inmueble ubicado en el distrito de Independencia, provincia de Lima, a favor del Ministerio de Edu- cación RESOLUCION SUPREMA Nº 073-98-PRES Lima, 6 de marzo de 1998 Visto el Expediente Nº 395333, por el cual el Ministerio de Educación solicita la afectación en uso en vía de regularización del predio de 1 232,00 m2, ubicado con frente a la calle 31 s/n de la urbanización Popular Túpac Amaru, del distrito de Indepen- dencia, provincia y departamento de Lima; y, CONSIDERANDO: Que, el inmueble de 1 232,00 m2, ubicado con frente a la calle 31 s/n de la urbanización Popular Túpac Amaru, del distrito de Independencia, provincia y departamento de Lima, es de propie- dad del Estado y se encuentra debidamente inscrito en la Ficha Nº 1690065 del Registro de la Propiedad Inmueble de Lima y registrado en el asiento 2359 del Margesí de Bienes Nacionales; Que, mediante Informe Nº 361-97/SBN-DAT, la Dirección de Apoyo Técnico de la Superintendencia de Bienes Nacionales, da cuenta de la inspección ocular, por la que se establece que en el predio submateria se encuentra el Centro Educativo Inicial Nº 314 - Túpac Amaru; Que, las afectaciones en uso de propiedad inmobiliaria fiscal se aprueban mediante Resolución Suprema a favor de las repar- ticiones del Estado, de conformidad con lo dispuesto por el Artículo 67º y siguientes del Decreto Supremo Nº 025-78-VC, "Reglamento de Administración de la Propiedad Fiscal", por lo que en el presente caso es procedente atender la correspondiente solicitud; Estando a lo informado por la Superintendencia de Bienes Nacionales con la opinión favorable de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos; y, De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Ley Nº 25554, Decreto Ley Nº 25556, modificado por el Decreto Ley Nº 25738, Ley Nº 26366, Decreto Supremo Nº 025-78-VC y Decreto Supre- mo Nº 005-93-PRES; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Afectar en uso en vía de regularización el inmueble de 1 232,00 m2, ubicado con frente a la calle 31 s/n de la urbanización Popular Túpac Amaru, del distrito de Indepen- dencia, provincia y departamento de Lima, favor del Ministerio de Educación, para que lo destine al Centro Educativo Inicial Nº 314 - Túpac Amaru. Artículo 2º.- La presente afectación en uso queda sujeta a lo dispuesto por el Artículo 72º del Decreto Supremo Nº 025-78-VC. Artículo 3º.- La Oficina Registral de Lima y Callao de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos del Ministe- rio de Justicia, por el mérito de la presente Resolución Suprema, inscribirá la afectación en uso en el Registro de la Propiedad Inmueble de Lima. Artículo 4º.- La presente Resolución Suprema será refren- dada por el Ministro de la Presidencia. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Ing. Alberto Fujimori Presidente Constitucional de la República JOSE TOMAS GONZALES REATEGUI Ministro de la Presidencia 2609