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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 18 DE MAYO DEL AÑO 1998 (18/05/1998)

CANTIDAD DE PAGINAS: 24

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Pág. 159943 NORMAS LEGALES Lima, lunes 18 de mayo de 1998 Autorizan adecuación de persona jurídica como empresa de transferen- cia de Fondos RESOLUCION SBS Nº 446-98 Lima, 6 de mayo de 1998 EL SUPERINTENDENTE DE BANCA Y SEGUROS VISTA: La solicitud de fecha 28 de noviembre de 1997 presen- tada por la señorita Corina Tuesta Castro, en su condi- ción de Gerente General de la empresa SERVIBAN S.A., para que se autorice la adecuación como Empresa de Transferencia de Fondos; CONSIDERANDO: Que, la Décima Disposición Transitoria de la Ley General establece que las Empresas de Transferencia de Fondos, en actual existencia se adecuarán a lo dis- puesto en la Ley General en un plazo que señalará este Organo de Control. Al efecto, someterán el plan respec- tivo a la aprobación de esta institución; Que, con tal finalidad esta Superintendencia, expi- dió la Circular Nº ETF 002-97 de fecha 29 de setiembre de 1997, estableciendo los requisitos y plazos para la adecuación de las Empresas de Transferencia de Fon- dos, en actual existencia; Que, la empresa SERVIBAN S.A. ha cumplido con todas las formalidades exigidas en la Circular antes mencionada, conforme consta en el Informe de Visita de Inspección Nº 024/VI-98 de fecha 29 de enero de 1998, en el Informe Nº 025-98 de fecha 16 de marzo de 1998 de la Intendencia de Instituciones Financieras "F" y en el Informe Nº 273-98-SAAJ de fecha 20 de marzo de 1998 de la Superintendencia Adjunta de Asesoría Jurídica, verificándose que dicha empresa se encuentra apta para la realización de sus operaciones; Que, dicha empresa ha cumplido con efectuar las publicaciones exigidas en el numeral 3 de la citada Circular, habiendo remitido a esta Superintendencia la documentación sustentatoria pertinente; Estando a lo opinado por las Superintendencias Adjuntas de Banca y de Asesoría Jurídica; y, En uso de las atribuciones conferidas por la referida Ley General; RESUELVE: Artículo Unico.- Autorizar a partir de la fecha, la adecuación de la empresa SERVIBAN S.A., a lo dispuesto en la Ley General y en la Circular SBS Nº ETF 002-97 del 29 de setiembre de 1997. Regístrese, comuníquese y publíquese. MARTIN NARANJO LANDERER Superintendente de Banca y Seguros 5291 Autorizan a empresa bancaria la apertu- ra de oficina especial en el distrito de Surco RESOLUCION SBS Nº 448-98 Lima, 6 de mayo de 1998 EL SUPERINTENDENTE DE BANCA Y SEGUROSVISTA: La solicitud presentada por el Banco de Crédito del Perú para que se le autorice la apertura de una Oficina Especial en las instalaciones de la empresa Hoschs- child, ubicada en la esquina de la calle El Carmelo con la calle Z sin número, distrito de Surco; y, CONSIDERANDO: Que, la citada empresa ha cumplido con presentar la documentación pertinente que justifica la apertura so- licitada; Estando a lo informado por el Intendente de Institu- ciones Financieras "A", mediante Informe Nº ASIF- "A"067-OT/98; De conformidad con lo dispuesto por el Artículo 30º de la Ley Nº 26702 -Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintenden- cia de Banca y Seguros-, con la Circular Nº B-1996-97 y la Resolución SBS Nº 003-98; RESUELVE: Artículo Unico.- Autorizar al Banco de Crédito del Perú la apertura de una Oficina Especial en las instala- ciones de la empresa Hoschschild, ubicada en la esquina de la calle El Carmelo con la calle Z sin número, distrito de Surco. Regístrese, comuníquese y publíquese. SOCORRO HEYSEN ZEGARRA Superintendenta Adjunta de Banca 5288 Autorizan a empresa bancaria la aper- tura de oficina especial en el distrito de San Borja, provincia de Lima RESOLUCION SBS Nº 467-98 Lima, 12 de mayo de 1998 EL SUPERINTENDENTE DE BANCA Y SEGUROS VISTA: La solicitud presentada por el Banco República, para que se le autorice la apertura de una oficina especial temporal, en las instalaciones del Museo de la Nación ubicada en la Av. Javier Prado Este Nº 2465, distrito de San Borja, provincia y departamento de Lima; y, CONSIDERANDO: Que la empresa recurrente ha cumplido con presen- tar la documentación pertinente que justifica la apertu- ra de dicha oficina especial; Estando a la informado por el Intendente de Institu- ciones Financieras "B" según Informe Nº ASIF"B"-063- OT/98; y, De conformidad con lo dispuesto en el Artículo 30º de la Ley Nº 26702 - Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintenden- cia de Banca y Seguros y la Circular Nº B-1996-97; y, en virtud de la facultad delegada mediante Resolución SBS Nº 003-98; RESUELVE: Artículo Unico.- Autorizar al Banco República, la apertura de una oficina especial temporal, en las instala-