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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 18 DE MAYO DEL AÑO 1998 (18/05/1998)

CANTIDAD DE PAGINAS: 24

TEXTO PAGINA: 16

Pág. 159936 NORMAS LEGALES Lima, lunes 18 de mayo de 1998 Que, en consecuencia es necesario conformar una Comisión Técnica Interinstitucional que se encargue de revisar, evaluar y definir la mejor opción, desde una visión que integre los aspectos técnicos ambientales; De conformidad con el Artículo 50º del Decreto Legis- lativo Nº 757 y el Código del Medio Ambiente y de los Recursos Naturales, aprobado por Decreto Legislativo Nº 613; En uso de las atribuciones que le confiere la Ley Nº 25556 - Ley Orgánica del Ministerio de la Presidencia y su Reglamento de Organización y Funciones aprobado con Decreto Supremo Nº 005-93-PRES; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Conformar una Comisión Técnica Interinstitucional encargada de revisar, evaluar y defi- nir la alternativa más conveniente, para la disposición y el tratamiento de las aguas servidas de la ciudad de Puno, la misma que estará conformada por los siguien- tes funcionarios: -Ing. Carlos Valencia Miranda Viceministro de Desarrollo Regional del Ministerio de la Presidencia, quien la presidirá. -Ing. Wenceslao Urbina Moscoso Director Ejecutivo del Programa Nacional de Agua Potable. -Ing. Plinio Gutiérrez del Pozo Gerente de Estudios del Instituto Nacional de Desarrollo. Artícu lo 2º.- La Autoridad Binacional del Sistema Hídrico Lago Titicaca - Río Desaguadero - Lago Poopó - Salar de Coipasa, también formará parte de la Comisión Técnica Interinstitucional, y estará representada por su Presidente Ejecutivo, Ing. Amilcare Gaita Zanatti. Artículo 3º.- La Comisión Técnica Interinstitucio- nal, emitirá su informe final en un plazo de cuarenta días hábiles, contados a partir de la vigencia de la presente resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese. JOSE TOMAS GONZALES REATEGUI Ministro de la Presidencia 5265 PESQUERIA Designan Director de Administración en el Despacho Ministerial RESOLUCION SUPREMA Nº 028-98-PE Lima, 16 de mayo de 1998 CONSIDERANDO: Que por Resolución Suprema Nº 027-95-PE, de fecha 9 de agosto de 1995, se ratificó al señor CARLOS ALBER- TO PIAZZINI NUÑEZ como Asesor II, Nivel F-5 del Despacho Viceministerial del Ministerio de Pesquería; Que se encuentra vacante la plaza de Director de Administración III, Nivel F-4 del Despacho Ministerial del Ministerio de Pesquería; Que es necesario designar a la persona que ocupe dicho cargo; De conformidad con el Decreto Ley Nº 25515 y Decre- to Legislativo Nº 560 - Ley del Poder Ejecutivo; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Dar por concluida la designación conferida mediante Resolución Suprema Nº 027-95-PEde fecha 9 de agosto de 1995, al cargo de Asesor II, Nivel F-5 del Despacho Viceministerial del Ministerio de Pesquería, desde el 15 de marzo de 1998. Artículo 2º.- Designar en vía de regularización al señor CARLOS ALBERTO PIAZZINI NUÑEZ, en la plaza de Director de Administración III, Nivel F-4, en el Despacho Ministerial del Ministerio de Pesquería, a partir del 16 de marzo de 1998. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Ing. Alberto Fujimori Presidente Constitucional de la República LUDWIG MEIER CORNEJO Ministro de Pesquería 5336 ENERGIA Y MINAS Distribuyen el monto recaudado por concepto de Derecho de Vigencia de nuevos petitorios y antiguos dere- chos mineros entre diversas munici- palidades RESOLUCION DIRECTORAL Nº 122-98-EM/DGM Lima, 7 de mayo de 1998 Visto el Informe Nº 430-98-EM-DGM-DFM/DV, de la Oficina de Derecho de Vigencia de la Dirección de Fiscalización Minera; CONSIDERANDO: Que, de acuerdo a lo dispuesto por el inciso h) del Artículo 101º del Texto Unico Ordenado de la Ley Gene- ral de Minería, aprobado por Decreto Supremo Nº 014- 92-EM, es atribución de la Dirección General de Mine- ría administrar el Derecho de Vigencia; Que, de conformidad con el Artículo 57º del citado Texto Unico, de los ingresos que se obtengan por concep- to de Derecho de Vigencia, así como de la penalidad, se distribuirá un 40 % a los Gobiernos Locales en que se encuentra localizado el petitorio o la concesión afectada; Que, durante el período comprendido entre el 1 y el 31 de marzo de 1998 se han procesado las boletas de depósito del Banco de la Nación por concepto de nuevos petitorios febrero 1998 y antiguos derechos por la suma de S/. 391.460,02 (Trescientos Noventiún Mil Cuatro- cientos sesenta y 02/100 Nuevos Soles) y US $ 216.881,00 (Doscientos Diseciséis Mil Cuatrocientos Sesenta y 00/ 100 Dólares Norteamericanos); las mismas que se encuentran sustentadas con sus respectivas boletas de depósito del Banco de la Nación; De conformidad con lo dispuesto en el Artículo 92º del Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 03- 94-EM, y el Artículo 1º del D.U. Nº 036-95; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Distribuir el monto recaudado por concepto de Derecho de Vigencia por nuevos petitorios febrero 1998 y antiguos derechos mineros procesados del 1 al 31 de marzo de 1998, a las municipalidades que se detallan en los Anexos "A" y "B" que forma parte de la presente Resolución, por un total de S/. 78.292,00 (Se- tentiocho Mil Doscientos Noventidós y 00/100 Nuevos Soles) y US $ 36.995,00 (Trentiséis Mil Novecientos Noventicinco y 00/100 Dólares Norteamericanos), a ni- vel de Gobiernos Locales Provinciales; así como S/.