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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 18 DE MAYO DEL AÑO 1998 (18/05/1998)

CANTIDAD DE PAGINAS: 24

TEXTO PAGINA: 15

Pág. 159935 NORMAS LEGALES Lima, lunes 18 de mayo de 1998 Disponen la transferencia de terreno ubicado en la provincia de Trujillo a favor del CTAR La Libertad RESOLUCION MINISTERIAL Nº 208-98-PRES Lima, 12 de mayo de 1998 Visto el Expediente Nº 000077-96, por el cual la Municipalidad Provincial de Trujillo, a través del Con- sejo Transitorio de Administración Regional La Liber- tad solicita la transferencia del terreno de 291 986,00 m2, ubicado en el distrito de Huanchaco, provincia de Trujillo, departamento de La Libertad, para su poste- rior adjudicación en venta directa a favor de los posee- dores de la urbanización María del Socorro; CONSIDERANDO: Que, mediante Oficio Nº 268-96-CTAR-R-LL-DR- TCVC/DEVC, de fecha 4 de octubre de 1996, la Direc- ción Regional de Transportes, Comunicaciones, Vi- vienda y Construcción del Consejo Transitorio de Administración Regional de la Región La Libertad solicita a la Superintendencia de Bienes Nacionales emita opinión favorable en mérito al D.S. Nº 007-92- VC, respecto al trámite promovido por la Municipali- dad Provincial de Trujillo sobre la transferencia del terreno de 291 986,00 m2, ubicado en el distrito de Huanchaco, provincia de Trujillo, departamento de La Libertad; Que, el terreno submateria se encuentra inscrito en el asiento 1 y 2 de fojas 89 del tomo 588, partida XXIII del Registro de la Propiedad Inmueble de Trujillo a favor del Estado y registrado en el asiento 125 del Margesí de Bienes Nacionales correspondiente al de- partamento de La Libertad; Que, el Consejo Transitorio de Administración Re- gional La Libertad cumplió oportunamente en recopilar por parte de la Municipalidad Provincial de Trujillo, todos los documentos exigidos en el Decreto Supremo Nº 007-92-VC, que regula la transferencia de terrenos a favor de los Gobiernos Regionales, actualmente Conse- jos Transitorios de Administración Regional; Que, habiéndose solicitado el terreno de 291 986,00 m2, antes descrito procede la transferencia a favor de la Municipalidad Provincial de Trujillo, al amparo de lo prescrito por el D.S. Nº 007-92-VC, con la finalidad que sea adjudicado en venta directa a favor de los legítimos poseedores de la urbanización María del Socorro, para regularizar la propiedad de los inmuebles construidos en dicho predio; Que, en vía supletoria resulta aplicable el D.S. Nº 041-85-VC, por cuyo mérito resulta necesario delegar al Consejo Transitorio de Administración Regional La Libertad, la atribución y facultad de transferir a la Municipalidad Provincial de Trujillo el terreno de 291 986,00 m2 antes referido con la finalidad que dicha entidad edilicia cumpla con adjudicar el terreno subma- teria a favor de los poseedores de la urbanización María del Socorro; De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Ley Nº 25556, modificado por el Decreto Ley Nº 25738, Ley Nº 26922, Decreto Supremo Nº 041-85-VC, Decreto Su- premo Nº 007-92-VC y Decreto Supremo Nº 005-93- PRES; y, Estando a lo informado por la Superintendencia de Bienes Nacionales; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Transferir el terreno de 291 986,00 m2 ubicado en el distrito de Huanchaco, provincia de Tru- jillo, departamento de La Libertad, a favor del Consejo Transitorio de Administración Regional La Libertad,de acuerdo a los planos y memoria descriptiva que obran en el respectivo expediente administrativo. Artículo 2º.- Delegar al Presidente del Consejo Transitorio de Administración Regional La Libertad para que mediante resolución de su titular transfiera el terreno de 291 986,00 m2 descrito en el artículo prece- dente, a favor de la Municipalidad Provincial de Truji- llo, a fin de que ésta se lo adjudique en venta directa a favor de los poseedores de la urbanización María del Socorro, distrito de Huanchaco, provincia y departamen- to de La Libertad. Artículo 3º.- Autorizar al Presidente del Consejo Transitorio de Administración Regional La Libertad, quien por mérito a la presente resolución otorgará la escritura pública de transferencia a que se refiere el artículo precedente. Artículo 4º.- La Oficina Registral Regional la Liber- tad de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos del Ministerio de Justicia, por el mérito de la presente Resolución Ministerial inscribirá la transfe- rencia de terreno a que se refiere el Artículo 1º en el Registro de la Propiedad Inmueble de Trujillo. Regístrese, comuníquese y publíquese. JOSE TOMAS GONZALES REATEGUI Ministro de la Presidencia 5264 Conforman Comisión Técnica Interinsti- tucional encargada de evaluar y definir alternativa para disposición y tratamien- to de aguas servidas de la ciudad de Puno RESOLUCION MINISTERIAL Nº 209-98-PRES Lima, 12 de mayo de 1998 CONSIDERANDO: Que, el Lago Titicaca es patrimonio natural del Perú y Bolivia, por su naturaleza y características sui géne- ris, constituye un ecosistema que la humanidad debe preservar; para tal efecto, los gobiernos de ambos países han comprometido su esfuerzo y responsabilidades creando la Autoridad Binacional del Sistema Hídrico Lago Titicaca-Río Desaguadero - Lago Poopó - Salar de Coipasa (ALT); Que, la Bahía Interior de Puno en el Lago Titicaca presenta un alto grado de contaminación y un proceso de eutroficación acelerado, generando condiciones ambien- tales negativas que afectan tanto a la salud de la pobla- ción de la ciudad de Puno, como al normal desarrollo del turismo en la misma, traduciéndose en restricciones para su desarrollo económico en general; Que, las aguas servidas de la ciudad de Puno se vierten en la Bahía Interior de Puno sin un tratamiento adecuado y parte de ella en forma directa (sin trata- miento), constituyendo el favor determinante de conta- minación y la causa del nivel de eutroficación que registra la bahía; Que, con la finalidad de dar solución al problema de disposición y tratamiento de las aguas servidas de la ciudad de Puno se han desarrollado Estudios de Factibi- lidad, uno por el Programa Nacional de Agua Potable (PRONAP) y otro por el Proyecto Especial Binacional del Lago Titicaca (PELT), los mismos que constituyen dos alternativas concretas que deben ser evaluadas a fin de elegir la mejor, en la perspectiva de contribuir a la solución del problema de contaminación y eutroficación que sufre la Bahía Interior de Puno;