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Pág. 159934 NORMAS LEGALES Lima, lunes 18 de mayo de 1998 Artículo 4º.- La presente resolución no dará dere- cho a exoneración o liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Ing. Alberto Fujimori Presidente Constitucional de la República ANTONIO PAUCAR CARBAJAL Ministro de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construcción 5327 Autorizan viaje de funcionarios de la Dirección General de Transporte Aé- reo a Argentina, en comisión de servi- cios RESOLUCION SUPREMA Nº 076-98-MTC Lima, 15 de mayo de 1998 Vista la Nota de Atención Nº 091-98-MTC/15.16.03 de fecha 5 de mayo de 1998, del Director General de Transporte Aéreo del Ministerio de Transportes, Comu- nicaciones, Vivienda y Construcción, a la que acompaña la comunicación Nº AP 022 de fecha 29 de abril de 1998, de la Embajada de la República Argentina en el Perú, comunicando que la Reunión de Consulta de las Autori- dades Aeronáuticas del Perú y Argentina, se celebrará en la ciudad de Buenos Aires los días 27 y 28 de mayo de 1998, acompañando también la Ayuda Memoria explica- tiva. CONSIDERANDO: Que, es política del Ministerio de Transportes, Comu- nicaciones, Vivienda y Construcción participar en las Reuniones Internacionales que son de interés para el Perú; De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 26894, Ley del Presupuesto para el Sector Público para 1998, el Decreto Legislativo Nº 560, el Decreto Ley Nº 25862 y el Decreto Supremo Nº 135-90-PCM; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje en comisión de servi- cio a fin de participar en la VI Reunión de Consulta de las Autoridades Aeronáuticas del Perú y Argentina que se celebrará en la ciudad de Buenos Aires, del 27 al 29 de mayo de 1998, a los siguientes funcionarios del Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construcción: Dr. Jorge Mendoza Melenez, Director General de Transporte Aéreo, quien la presidirá. Dr. Juan Garland Combe, Asesor para Asuntos de Política Aérea de la Dirección General de Transporte Aéreo. Artículo 2º.- Los gastos que demande el viaje de los mencionados funcionarios, serán con cargo al Presupues- to del Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vi- vienda y Construcción, de acuerdo al siguiente detalle: Viáticos US$ 1,000.00 Pago por uso de Aeropuertos US$ 100.00 Artículo 3º.- La presente Resolución no dará dere- cho a exoneración o liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación.Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Ing. Alberto Fujimori Presidente Constitucional de la República ANTONIO PAUCAR CARBAJAL Ministro de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construcción 5328 PRES Aceptan y aprueban donación efectua- da en favor de la Cruz Roja Peruana para ser empleada en labores humani- tarias RESOLUCION SUPREMA Nº 156-98-PRES Lima, 15 de mayo de 1998 CONSIDERANDO: Que, la Cruz Roja Alemana, en un gesto solidario, ha donado a la Cruz Roja Peruana 2 unidades purificado- ras de agua con material técnico, que serán empleados en las labores humanitarias de esta institución; Que, el inciso k) del Artículo 2º del Decreto Legisla- tivo Nº 821 establece que no estarán gravadas con el Impuesto General a las Ventas, la importación o trans- ferencia de bienes que se efectúe a título gratuito a favor de entidades y dependencias del Sector Público; De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Le- gislativo Nº 821 y el Decreto Supremo Nº 099-96-EF modificado por el Decreto Supremo Nº 155-97-EF; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aceptar y aprobar en nombre del Go- bierno Peruano, la donación efectuada por la Cruz Roja Alemana en favor de la Cruz Roja Peruana, consistente en dos (2) unidades purificadoras de agua con material técnico, con valor aproximado de DM 622 014,00 (Seis- cientos Veintidós Mil Catorce y 00/100 Marcos Alema- nes) y peso aproximado de 11 013,0 k., según Certificado de Donación del 13 de febrero de 1998 y Guía Aérea Nº 307 09194124 de Challenge Air Cargo Inc, de fecha 12 de febrero de 1998. Dicha donación será empleada en las labores humanitarias que realiza la referida institución en la ciudad de Ica. Artículo 2º.- Compréndase a la donación citada en el artículo anterior dentro de los alcances del inciso k) del Artículo 2º del Decreto Legislativo Nº 821. Artículo 3º.- Transcríbase la presente Resolución Suprema a la Superintendencia Nacional de Aduanas y a la Contraloría General de la República, dentro de los plazos establecidos. Artículo 4º.- La presente Resolución Suprema, será refrendada por el Ministro de la Presidencia y por el Ministro de Economía y Finanzas. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Ing. Alberto Fujimori Presidente Constitucional de la República JOSE TOMAS GONZALES REATEGUI Ministro de la Presidencia JORGE CAMET DICKMANN Ministro de Economía y Finanzas 5329