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Pág. 159944 NORMAS LEGALES Lima, lunes 18 de mayo de 1998 ciones del Museo de la Nación ubicada en la Av. Javier Prado Este Nº 2465, distrito de San Borja, provincia y departamento de Lima. Regístrese, comuníquese y publíquese. SOCORRO HEYSEN ZEGARRA Superintendenta Adjunta de Banca 5223 CONTADURIA PUBLICA DE LA NACION Reconocen labor efectuada por fun- cionarios y personal del Gobierno Re- gional de Loreto en la presentación de rendición de cuentas del ejercicio 1997 RESOLUCION JEFATURAL Nº 079-98-EF/93.01 Lima, 20 de marzo de 1998 VISTO: El Memorándum Nº 052-98-EF/93.09 del Director de Integración Contable del Sector Económico, con el refrendo de la Directora General de Contabilidad del Sector Público, respecto a la presentación de la rendición de cuentas de los pliegos presupuestarios que comprende el Gobierno Regional, para la elaboración de la Cuenta General de la República de 1997. CONSIDERANDO: Que, en el actual período de presentacion de rendi- ción de cuentas para la elaboración de la Cuenta Gene- ral de la República, en esta época en que la competiti- vidad es la energía que mueve al mundo económico- social, el Gobierno Regional de Loreto ha presentado el día 27 de febrero de 1998, la rendición de cuentas completa y correcta del ejercicio fiscal 1997, demos- trando una administración excelente, desde nuestro punto de vista, ocupando el primer lugar de los Gobier- nos Regionales que integran el universo del Sector Público; Estando a lo previsto en el Artículo 10º y el inciso m) del Artículo 18º del Reglamento de Organización y Fun- ciones del Sistema Nacional de Contabilidad y de su Organo Rector; con la aprobación de la Alta Dirección y la visación de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y, En uso de las facultades legales que le confiere el Artículo 9º de la Ley Nº 24680, modificado por el Artículo 277º de la Ley Nº 24977; SE RESUELVE: Artículo 1º.- FELICITAR, a los funcionarios del GOBIERNO REGIONAL DE LORETO, al Presidente Sr. Ing. JUAN DE PAWLIKOWSKI ANDRADE, al Di- rector Regional de Administración Sr. Lic. LUIS VELA ANDRADE y al Contador General Sr. CPC CARLOS A. GARCIA TORRES, por haber presentado en primer lugar la rendición de cuentas del ejercicio fiscal 1997 de las entidades del Gobierno Regional, para la elabora- ción de la Cuenta General de la República. Artículo 2º.- SOLICITAR, al titular del Gobierno Regional, haga extensiva esta especial felicitación, de preferencia al personal del área de contabilidad y a todas las demás personas que en admirable equipo de trabajo, han dado el ejemplo, que la Contaduría Pública de la Nación, pide imitar.Regístrese, comuníquese y publíquese. MANUEL LUNA-VICTORIA SANCHEZ Contador General de la Nación 5229 MUNICIPALIDAD DE CHORRILLOS Autorizan la celebración de matrimo- nio civil masivo en el distrito DECRETO DE ALCALDIA Nº 004-98/MDCH Chorrillos, 13 de mayo de 1998 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DE CHORRILLOS CONSIDERANDO: Que, en el distrito de Chorrillos existen numerosas familias constituidas a partir de uniones de hecho. Que, es función de la autoridad municipal promover y proteger a la familia, propendiendo a la regularización de las uniones de hecho en matrimonio formalmente constituido. Que, en armonía con la política del gobierno local, es pertinente efectuar una convocatoria pública para la realización de un matrimonio civil masivo para el 21 de junio de 1998. En uso de las facultades conferidas por la Ley Orgáni- ca de Municipalidades Nº 23853 y el Libro de Familia del Código Civil promulgado por Decreto Legislativo Nº 295. DECRETA: Artículo 1º.- AUTORIZAR la celebración de un matrimonio civil masivo, el mismo que se llevará a efecto el 21 de junio de 1998, a las doce horas en la Concha Acústica del Parque Fátima, altura de la cuadra 7 de la Av. Defensores del Morro, antes Av. Huaylas. Artículo 2º.- Los interesados en contraer matrimo- nio en la oportunidad indicada en el artículo preceden- te, deberán presentar lo siguiente: a) Partidas de nacimiento originales. b) Copia simple de sus documentos de identidad. c) Declaraciones Juradas de soltería. d) Declaraciones Juradas de buena salud y domicilio. e) Dos testigos mayores de edad debidamente iden- tificados. Artículo 3º.- En caso que los contrayentes sean viudos o divorciados deberán presentar adicionalmente lo siguiente: a) Partida original de defunción o matrimonio con acta de disolución en anotación marginal, según sea el caso. b) Declaración Jurada legalizada ante Notario Pú- blico, de tener o no la administración de bienes de sus hijos habidos en su anterior matrimonio. Artículo 4º.- El presente Decreto de Alcaldía tendrá vigencia a partir de su publicación hasta el 15 de junio de 1998, fecha límite para la presentación de expedientes. Artículo 5º.- Encárguese a la Oficina de Registro del Estado Civil el cumplimiento de la presente disposición municipal. Regístrese, comuníquese y cúmplase. PABLO GUTIERREZ WESELBY Alcalde 5173