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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 14 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 1998 (14/11/1998)

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Pág. 165740 ~[~~&&%'J:~WtM~ I,ima, sábado 14 de noviembn: de 19% CONSIDERANDO:Que, por Resolución Ministerial N” 139-9%PCM, se acepto la donación del Gobierno del Japón en la suma de MIL MILLONES DE YENES JAPONESES (JPY 1 000 000 000) con el objeto de contribuir a la promoción del esfuerzo por el Ajuste Estructural - Económico del Gobierno de la República del Perú; Que, la donación y el interés derivado de la misma serán utilizados en la adquisición de los productos enumerados en una lista elaborada de común acuerdo entre ambos gobwrnos. así como para sufragar los gastos por servicios incidentales a estos productos dentro del marco y condiciones establecidas en el convenio formalizado en el intercambio de Notas Reversales de fecha 10 de noviembre de 1998; Que, es necesario designar a la persona encargada de suscri- bir los Certificados de Adauisición Anroniada nara la utilización de los fondos proveniente& de la citada donación; De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Legislativo N 560 y Decreto Supremo N” 41-94-PCM; SE RESUELVE: Artículo Unico.- Designar al señor Víctor Camacho Orlandmi. Secretario General de la Presidencia del Consejo de Ministros, comola persona encargada de suscribir en representación dc,l Gobierno los Certificados de Adquisición Apropiada par a la utilizacion de los fondos provenientes de la donación japonesa, dentro del marro ycondiciones establecidas en el convenio formalizado con el interwm- bio de Notas Reversales de fecha 10 de no\lemhrh$ de 199X. Regístrese, comuníquese y publiquese. ALBERTO PANDOLFI ARBULU Presidente del Consejo de Ministros 13226 ECONOMIA Y FINANZAS Modifican el Apéndice II de la Lev del Impuesto General a las Ventas e Im- puesto Selectivo al Consumo DECRETO SUPREMO No 104-98-EF EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICACONSIDERANDO: Que, el Artículo 6” del Decreto Legislativo N” 821, Ley del Impuesto General alas Ventas e Impuesto Selectivo al Consumo, establece la facultad de modificar las listas de bienes y servicios de los Apéndices 1 y II, según corresponda, mediante Decreto Supremo con el voto aprobatorio del Consejo de MInistros, refren- dado por el Ministro de Economía y Finanzas, y con oplmón técnica de la SUNAT; Que, es conveniente incorporar dentro del Apéndice II del mencionado Decreto Legislativo, a los intereses que si perciban, con ocasión del cobro de la cartera de créditos transferidos en dommio fiduciario por las Empresas de Operaciones Mtitiples del Sistema Financiero a que se refiere el literal A del Artículo 16” de la Lev N 26702 y que integran el activo de un patnmonio fideicometid<>; De conformidad con lo dispuesto en el Artículo tì” del Decreto Legislativo N” 821 y normas modificatonas; Con el voto aprobatorio del (‘onsejo de Mmlstros. DECRETA: Artículo lo.- Inclúyase como numeral II del Apéndice II del Decreto Legislativo N” 821, Ley del Impuesto General a las Ventas e Impuesto Selectivo al Consumo, el siguiente texto. “11. Los intereses que se perclban, con ocasion del cobro de la Carter.3 de créditos transfendos en dominio fiduciario por Empre- sas de Operaciones Múltiples del Sistema Financiero, a que se refiere el literal A del Artículo 16” de la Ley N” 26702 y que integran el activo de un patrimonio fidewometido.” Artículo 2”.- El presente Decreto Supremo será refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas y entrará en vigencia al día siguiente de su publicación. Dado en l aCasa de Gobierno, en Lima, a los trece dlas del de noviembr ede mil novecientos noventa y ocho. Rúbrica del Ing. Ricardo Márquez Vicepresidente de la Repúbbca Encargado del Despacho Presidencial LUDWIG MEIER CORNEJOMinistro de PesqueríaEncargado de la Cartera deEconomía y Finanzas 13230mesMT C Otorgan permiso de operación de trans- porte turístico a empresa RESOLUCION DIRECTORAL w 1355-98-MTxx5.18 Lima, 6 de noviembre de 1998 VISTOS, el Expediente de Registro No 02487010 organizado por la empresa EVIAN TOURS S.R.L. sobre Permiso de Opera- ción para realizar Servicio Público de Transporte Turístico e Informe N” 1077-98-MTC/15.18.04.2.atr de la Dirección de Trans- porte de I’asajeros y Carga Nacional e Internacional; CONSIDERANDO:Que, la documentación presentada por la empresa recurrente se encuentra organizada, con los requisitos establecidos en el Reglamento de la Empresa de Transporte Turístico aprobado porResolución Suprema N” 01 l-78-TC/DS, de fecha 6 de febrero de 1978, para efectuar el Servicio Público de Transporte Turístico en las rnodalidadrs de traslados, visitas y excursiones en el ámbito Departamental - Regional - Lima; Que, la documentación adjunta al Expediente N” 02487010 ha sldo revisada y analizada técnicamente por la Dirección de Transnorte de Pasaieros v Carga Nacional e Internacional en Informe N” 169-98-MTC/i5.18.54.3.JVA, sobre verificación de vehículo de Placa N” VG-2673 e Informe N” 1077-98-MTC/ 15.18.04.2.atr, sobre análisis técnico de la documentación, dando su conformidad, recomienda la procedencia de lo solicitado por laempresa; Estando a las opiniones favorables de las Direcciones de Transporte de Pasajeros y Carga Nacional e Internacional en Memorándums N‘k. 3266 y 3334-98-MTCi15.18.04 que ratifican el Informe N” 1077-98-MTCX5.18.04.2.atr y de Asesoría Legal en Informe N” 1287-98-MTCk5.18.01; De conformidad con lo establecido en la Resolución Suprema N” Oll-7%TC/DS de 6 de febrero de 1978, Ley N” 25035 y su reglamento aprobado por Decreto Supremo N” 070-89-PCM, Texto Unico de Procedimientos Administrativos aprobado por Decreto Supremo N” 019-97-MTC y Decreto Ley No 25862; SE RESUELVE: Primero.- Otorgar el Permiso de Operación de Transporte Turístico de ámbito Departamental - Regional - Lima a favor de la empresa EVIAN TOURS S.R.L. por el período de cinco (5) años, computados a partir de la fecha de expedición de esta resolución,de acuerdo a los siguientes términos: RAZON SOCIAL : EVIAN TOURS S.R.L. SERVICIO : Transporte Turístico Terrestre MODALIDADES Traslados, visitas y excursiones AMBITO FLOTA VEHICULAR :Departamental - Regional - Lima Un (1) ómnibus. VG-2673 (1991) SePundo.- La concesionaria está obligada a cumnlir con las normaslegales establecidas en el reglamento aprobado por Reso- lución Suprema N” Oll-78-TCiDS y demás disposiciones vigentes concernientes al Servicio de Transporte Turístico Terrestre dePasajeros por Carretera que se autoriza. Así como mantener vigente la Póliza de Seguro con las coberturas correspondientes. Tercero.- La presente resolución se publicará en el Diario Oficial El Peruano, conforme a ley. Regístrese y comuníquese. CARLOS A. IBAÑEZ MANCHEGO Director General Dirección General de Circulación Terrestre 13155 RELACIONES EXTERIORES Autorizan a la SAFP el pago de cuota de incorporación a la Asociación Inter- nacional de Organismos de Supervi- sión de Fondos de Pensiones RESOLUCION SUPREMA No 502-98-RE Lima, 10 de noviembre de 1998