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Lima, martes 17 de noviembre de 1998 Que, esta venta ilegal ocasiona un desarrollo informal de la ciudad y evade el cumplimiento de las disposiciones y requisitoscor,respondientes a los procesos de habilitación urbana formales; ACORDO: Primero.- Prohibir, sancionar y clausurar, según sea el caso, las oficinas y/o casetas de venta de lotes de terreno para vivienda, que no cuenten con la respectiva Resolución de Aprobación del correspondiente Proyecto de Habilitación Urbana. Segundo.- Poner el presente acuerdo en conocimiento de las Municipalidades Distritales y de la Dirección Mu nicipal de Desa- rrollo Urbano de la Municipalidad Metropolitana de Lima, para su cumplimiento. Regístrese, comuníquese y cúmplase. GERMAN APARICIO LEMBCKE Teniente Alcalde de Lima Encargado de la Alcaldía 13282 Dictan disposiciones referidas al pro- cedimiento de sustitución de vehícu- los de empresas concesionarias del servicio de transporte público de pa-sajeros RESOLUCION DIRECTORAL MUNICIPAL N° 3 18-98-MML/DMTU Lima. 11 de noviembre de 1998CONSIDERANDO: las Que, los procedimientos para la sustitución dc vehículos de empresas concesionarias del Servicio Público de Transporte Urbano e Interurbano de Pasajeros, están regulados por lasResoluciones Directorales Municipales N°s. 1748-96 del 1.3.96 v 2455-96 del 28.8.96;. Que, el procedimiento de sustitución de flota vehicular (reti- ro-sustitución de vehículos), ha derivado por las modificaciones realizadas mediante las resoluciones senaladas en el primer considerando, en un procedimiento que favorece la prestación deservicio sin la Ilota requerida por parte de las empresas concesio- narias del servicio de transporte de pasajeros; pues éstas, incum- plen los procedimientos, plazos establecidos y la obligación de sustituir los vehículos con otros de menor antiguedad y de mayor capacidad de pasajeros; Que. el citado procedimiento. permite dar de baia al vehículo de la ruta, más no asi del padrón vehicular de la empresa existente en la DMTU. hecho que permite a dichas unidades a seguir prestando servicio de manera informal y de mala calidad;así como incrementa indebidamente la flota autorizada en dicharuta o en otras rutas no autorizadas, en desmedro de los usuarioso pasajeros y de las concesionarias formalmente constituidas, Que, la autoridad administrativa, esta facultada a dictar las disposiciones complementarias necesarias para la adecuación y mejor aplicación de las normas que regulan el servicio de trans- porte; de acuerdo a lo dispuesto en la Segunda Disposición Comnlementaria de la Ordenanza Municipal N° 104: De conformidad a lo establecido por la Ordernanza Marco del Transporte Terrestre de la provincia de Lima N” 13 1, la Ordenan- za Municipal N” 104, la Ordenanza N” 151-98 y csi Decreto Supremo N” 12-95-MTC, SE RESUELVE: Artículo Primero.- Disponer que, solo las empresas conce- sionarias del Servicio de Transporte Público de Pasajeros autori-zados por esta Dirección Municipal, podrán acogerse al procedi- miento denominado “Retiro-Sustitución de Vehrculos Artículo Segundo.- Sustituir el Formato N” 006 de “Solici- tud de Sustitución de Vehículo(s)“. uor el formato dc ‘Retiro- Sustitución de Vehículo(s)“, el mismo que se adjunta p(xr anexo 1) y que forma parte de la pres,ente resolución. Artículo Tercero.- La entrega de la nueva tarjeta de circu- lación ala empresa concesionaria, se efectuará previa devolución de la tarjeta de circulación del vehículo retir,-ido, y luego de haberse completado la constatación de características del vehícu- lo sustituto. Artículo Cuarto.- Los requisitos y dereclios establecidos para el “Retiro-Sustitución de Vehículos” se encuentran estable- cidos en el TUPA. Artículo Quinto.- Dejar sin efecto las resoluciones que se opongan a la presente resolución. Artículo Sexto.- Facultar a la Dirección General de Trans- porte de la Dirección Municipal de Transporte IJrbano, a dictar. .as disposiciones complementarias necesarias para la adecuación y mejor cumplimiento de la presente resoluciónRegístrese, comuníquese y cumplase ALFREDO URRUTIA ALTAMIRANO Director M umcipal Dirección Municipal de Transporte Urbano 13283 MUNICIPALIDAD DE ATE Aprueban habilitación urbana para uso residencial de terreno ubicado en el distrito RESOLUCION DE ALCALDIA N” 0550 Ate, 2-l de setiembre de 1998 EL ALCALDE DE LA MUNlCIJ”Xi.lDA!, DISTRITAL DE ATE VISTO: Los Expedientes N”s. 1010 y 2096-98 seguidos por la Asocia- ción de Vivienda Las Begonias de Ate y con los cuales solicitaacogerse al trámite de regularización de Habilitación Urbana Ejecutada para Uso Residencial R-4, del terreno de 5,025.OO m2, ubicado en la Parcela 4 del ex fundo Zavala. distrito de Ate. provincia y departamento de Linia: y, CONSIDERANDO:Que, mediante Acuerdo N” 3 de la Sesión N” 22-90 de fecha 13 de setiembre de 1990, la Comisión Técnica Calificadora de Habi- litación y Subdivisión de Tierras de la Municipalidad Metropoli- tana de Lima, acordó aprobar e l proceso de Habilitación Urbana en vías de regularización para Uso Residencial R- 4 en la Etapa de Estudios Preliminares, del terreno de 5,025.OO m2 ubicado en el distrito de Ate, provincia y departamento de Lima, calificándolo como Tipo C-4-y disponiendo que los aportes reglamentarios corresnondientes nara Recreación Pública de ,552.75 m2 v Minis- terio de Educación de 100.50 m2. deben ser redimidos en dineropor tener áreas menores a las normativas. Que, mediante Escritura Pública otorgada el 2 6 de diciembre de 1988 ante el notario Dr. Zorgt‘ E. Velarde Sussoni, la Asocia- ción de Vivienda Las Begonias de Ate adquirió el dominio delterreno referido en el considerando precedente, conforme se desprende de este testimonio, asi como de la Ficha N” 377677 del Registro de la Propiedad Inmueble. Que. en la Inspección Ocular practicada se verificó la culmi- nación de las obras de agua, desãgde y luz con sus respectivos medidores, según se desprende del Informe N” 043-9%AT-DCU- yN-DAT-MDA. Que, la zonificación vigente asignada al tcrrcno en el Plano de Zonificacmn del distrito, corresponde a Uso Residencial R-4, tal como se da cuenta con Informe N” 004-9%OCIO-DCUyN-DAT- MDA. Que, la asociación recurrente ha cumnlido con presentar todos los documentos requeridos para el presente trámite por la Ley N” 26878, segnín se refiere con Informe N” 089-98-AL-DCU- yN-DAT-MDA e igualtnente con redimir en dinero los déficit de aportes reglamentarios conforme se acredita con cl Comprobantede Pago N” 10321 del 9.6.98. Que a pesar del tiempo transcurrido desde la fecha dt vigencia de ia Ley N” 26878 y las cartas reiterativas cursadas a los colegios profesionales instándoles a que nombren a susrepresentantes para la conformacrón de la Comisión Tecnica de Habilitación IJrbana, tal como lo requiere la acotada ley. aún no se ha conformado dicha comisión por la falta de desig- nación de estos representantes. no obstante qu e las empresa? concesionarias de los servicios sí han cumplido con esta desig nación. Que. desde ia fecha de presentación del Expediente N” 2096 i 19 de febrero de 1998) ha transcurrido en exceso rl pla/.cl establecido por el Artículo 14” del D.S. N” 01 l-98-MTC, siendo de aplicacion el silencio administrativo positivo a que se refiere el Artículo 4” de la Ley N” 26878, tal como se señala en el Informe N” 212-9%DCIJyN-DAT-MDA, contándose en todo caso con el dictamen favorable emitido por la Comisión Municipal de Habi- litacron Urbana en su Sesión N’ 2 del 18.8.98 constituida a! amparo del Decreto de Alcaldía N” 031-97, en la cual participar también las Empresas Concesionarias de los Servicios dc Agu:1> Electrificación. ESTANDO A LAS CONSIDERACIONES EXPUESTAS Y EN USO DE LAS FACULTADES CONFERIDAS POR EL INCISO 6 DEL ARTICULO 47” DE LA LEY ORGANICA Dl< MUNICIPALIDADES N” 23853; AS1 COMO A I,O DISPUESTC POR LAS LEYES N” 26878 y N” 26664.