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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 17 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 1998 (17/11/1998)

CANTIDAD DE PAGINAS: 12

TEXTO PAGINA: 12

SE RESUELVE: Artículo Primero.- Dar por aprobada,en via de regulariza- ción, la Habilitación Urbana para Uso Residencial de Densidad Media R-4, del terreno de 5,025.00 m2 de propiedad de la Asocia- ción de Vivienda Las Begonias de Ate, ubicado en la Parcela 4 del ex fundo Zavala, del distrito de Ate, provincia y departamento de Lima, conforme al Plano signado con el N“ 011-98-DC I ‘y N-DAT- MDA y el siguiente cuadro de áreas: Area bruta : 5025.00 m2 100% Area útil . 3868.05 m2 76.98’6 Area de vías 1156.95 m2 23.02% Manzana A 13 lotes Manzana B ll lotes Total de lotes : 24 Aportes - Recreación Pública - Ministerio de Educación: 552.75 m’) 11% : 100.50 m2 2% Los aportes correspondientes para Recreación Pública de 552.75 m2 v el Ministerio de Educación de 100.50 m2 han sido redimidos en dinero. Artículo Segundo.- Las obras de pavimentación se sujeta- rán a la calificación C-4 con las características siguientes: Subrasante.- Para conseguir un suelo estabilizado y tenien- do listo el corte a nivel de subrasante, será necesario efectuar una evaluación de la superficie del terreno natural eliminando el que contenga restos orgánicos, escarificando y mejorando su calidad en un espesor de 0.20 m. mediante la adición de material granu- lar, mezclándose con riegos sucesivos y cercanos al óptimo conte- nido de humedad, hasta alcanzar como mínimo el 95% de la Densidad Proctor Modificado de Laboratorio para un índice C.B.R. mínimo de 20. Las partículas sólidas de esta capa tendrán un diámetro máximo de 2”. Base.- Posterior a la capa anterior debe colocarse una capa de base afirmada de 0.20 m. de espesor, compactado, provenientes de cantera seleccionada, que contenga proporciones adecuadas de material gruesos (con diámetros máximo de 1 1/2"), finos y li Bantes en proporciones adecuadas. La mezcla y compactación se e ectuará con riegos sucesivos cercanos al óptimo contenido de humedad y hasta alcanzar como mínimo el 95% de la Densidad Proctor Modificado de Laboratorio para un índice de C B.R. de 80. Se procurará una superficie lisa y uniforme con el convenien- te bombeo del centro a los extremos, cuidando mantener el nivel de las tapas de buzones para la aplicación de una futura capa asfáltica de 2” de espesor. Superficie de rodadura.- Suelo estabilizado. Aceras.- Suelo estabilizado con sardineles. Sardineles.- En los extremos libres de las aceras o extremos en contacto con jardines se construirá un sardinel de concreto de dimensiones 0.15 x 0.30 m. de calidad v acabado igual a las aceras I y en forma homogénea con ellas. En ambos extremos de las calzadas, protegiendo y confinando sus bordea se construirán sardineles de concreto de calidad de fc=210Kg/cm2, y de dimensiones 0.15 x 0.30 m Rampas peatonales.- En los extremos de los abanicos de las aceras, se construirán rampas peatonales, que conectaréín los nrve- les superiores de las aceras y las calzadas, de acuerdo con la adecuación urbanística para limitados físicos aprobado por Resolu- ción Ministerial N” 1378-78-VC-3500 del 21 de diciembre de 1978. Obras sanitarias.- Serán ejecutadas de conformidad con los Proyectos de Agua Potable y Alcantarillado que serán aprobados por SEDAPAL, debiendo poner en conocimiento de dicha compa- ñia, la fecha de inicio y término de las obras. Electricidad.- Los Interesados deberán solicitar a LUZ DEL SUR la instalación de las redes primaria y secundaria de energía eléctrica pública y domiciliaria, los cuales seran ejecutados de acuerdo a los planes de expansión de dicha compañía. Instalaciones telefónicas.- Para las instaracioncs telefoni- cas la parte interesada deberá coordinar con la Gerencia de Proyectos de Plantas Externas de dicha compañía, para la insta- lación de ductos, cámaras y la reserva de áreas para centrales. Artículo Tercero.- Autorízase la inscn ci& individualizada de los lotes que conforman 1,a presente hab1 kactón, de conformi- .p. dad con la Memoria Descriptiva y Planos que, debIdamente sella- dos y firmados, forman parte integrante de la presente resoluckn. Articulo Cuarto.- Establecer la condición de indivisibilidad de los lotes aprobados, así como la obligación de segw el trámite para la aprobación de la recepción de obras a la culrn nación del Proyecto de Pavimentación, según las especlficacioncs drtalla- das en el Artículo Segundo Ide esta resolución, para In posterior anexión de la habilitación al casco urbano. Articulo Quinto.- Disponer que la publicación de la presen- te resolución en el Diario Oficial El Peruano, eskrá a cargo de los interesados. Articulo Sexto.-Transcríbase esta resolucion a los Registros Públicos y a la Municipalidad Metropolitana de Lima, para su conocimiento y fines. Regístrese, comuníquese y cúmplase. ENRIQUE PAJUELO ROLDAN Alcalde 11373MUNICIPALIDAD DE - CHORRILLOS m FE DE ERRATAS EDICTO lV Ol-9%MDCH Por Oficio N” 2258-98-OSG&IDCH, la Municipalidad Distri- tal de Chorrillos solicita se publique Fe de Erratas del Edicto N” Ol-98-MDCH, publicado en nuestra edición del día 13 de noviem- bre de 1998, en la página 1657:3’7. En el Artículo 1” DICE: ORGANOS DE APOYO - Secretaría General - Oficma de Seguridad Ciudadana DEBE DECIR: ORGANOS DE APOYO - Secretaría General - Oficma de Relaciones Públrcas - Ofkma de Seguridad Ciudadana 13298 M’UNICIPALIDAD DE - LINCE Expresan apoyo a la suscripción de acuerdo de paz entre Perú y Ecuador ACUERDO DE CONCEJO No OSl-98-SG Visto, en Sesión Ordinaria de Concejo, de fecha 11.11.98, la iniciativa presentada por el Dr. Eduardo Mostajo Turner, Alcal- de de esta corporación edilicia. respecto del apoyo moral delConcejo de Lince, por la firma del Acuerdo de Paz entre Perú J’ Ecuador; y, CONSIDERANDO: Que, t,al cual expresara el autor de la iniaativa comentada en el asunto de vistos, es necesario un pronunciamiento del Concejo, que exprese el sentir de todos los peruanos, en particular de la comunidad linceña por la firma en la ciudad de Brasilia del “ACUERDO QUE CONSAGRA LA PAZ ENTRE LAS REPUBLI- CAS DEL PERU Y DEL ECUADOR’; Que, el precitado ACUERDO, apertura un futuro promisor para el desarrollo de nuestros pueblos, estableciendo una nueva etapa de convivencia pacífica y de cooperación bilateral; El Concejo con dispensa de aprobación del Acta, y PO’? mayoría; APROBO: Artículo Primero.- Expresar el beneplácito de la comuni- dad linceña por la firma en la ciudad de Brasilia, del “ACUERDO QUE CONSAGRA LA PAZ ENTRE LAS REPUBLICAS DEL PERUY I)EL ECUADOR”, que apertura un futuro promisor para el desarrollo de nuestros pueblos, y avisora una nueva etapa de convivetcia pacífica y de cooperación bilateral. Artículo Segundo.- Encargar a la Secretaría General la publicaci<ín del presente Acuerdo de Concejo. Regístrese, comuníquese y ciímplase EDUARDO MOSTAJO TURNER Alcalde 13272