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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 09 DE OCTUBRE DEL AÑO 1998 (09/10/1998)

CANTIDAD DE PAGINAS: 94

TEXTO PAGINA: 81

I,irna, vicrncx 9 dc octuhrc dc 1 CJYX elmmo Pág. 164815 del Gobierno Peruano,destinada para la Agencia para el Desarrollo y Recursos Asistenciales Iglesia Adventista del Séptimo Día - ADRA OFASA DEL PERU, consistente en: PUERTO DEL CALLAO PRODUCTO BULTOS TONELADAS TONELADAS VALOR VALOR ERUTAS NETAS FOB US$ CIF US$ Harma demau 1.968 49990 49200 17.236 22 2282989 con soya Artículo 2”.- Emplear el referido volumen de alimentos donados en el marco del Programa “Desarrollo Andino para la Seguridad Alimentaria” que ejecuta ADRA Ofasa del Perú en el2aís, el mismo que está enfocado en el acceso, disponibih ad y utilización de los alimentos con el fin de mejorar la seguridad alimentaria de la poblacion considera- da como extremadamente pobre en el Perú. Artículo 3”.- Encargar a las Gerencias de Línea parti- cipen en el seguimiento de las acciones de logística alimen- taria (recepción, almacenamiento, manejo, conservación, transporte, distribución y uso de los alimentos donados) que ejecuta la Agencia para el Desarrollo y Recursos Asistencia- keiglesia Adventista del Septimo Día ADRA Ofasa del La información obtenida como resultado del seguimiento efectuado, sera empleada en la avaluación que realiza PRONAA, según los términos estipulados en el Convenio de Donación de Ayuda Alimentaria de Título II para monetiza- ción y distribución directa entre el Gobierno del Perú y el Gobierno de los Estados Unidos de América. Artículo 4”.- Agradecer al Gobierno de los Estados Unidos de América, por intermedio de la Agencia para el Desarrollo Internacional - USAID, su importante contri- bución. Artículo 5”.- Transcribir la presente resolución a la Superintendencia Nacional de Aduanas (SUNAD), a la Contraloría General de la Reoública (CGRl v a la Secre- taría Ejecutiva de Coopera&ón Técnica Internacional (SECTI) del Ministerio de la Presidencia, dentro de los términos de ley. Registrese, comuníquese y publíquese MANUEL VARA OCHOA Presidente del Consejo Directivo 11608 Autorizan inscripción de persona na- tural en el Registro Oficial de Corredo- res de Seguros RESOLUCION SRS W 0854-98 Lima, 31 de agosto de 1998 EL SUPERINTENDENTE DE BANCA Y SEGUROS VISTA: La solicitud presentada por doña Fiorella Melzi Tauro para que se le autorice la inscripción en el Registro Oficial de Corredores de Seguros; y, CONSIDERANDO: Que por Resoluciones SBS NS. 381-91 y 389-92 de fechas 28 de junio de 1991 y 9 de abril de 1992. respecti- vamente se establecieron los requisitos formales para la inscripción de los Corredores dc Seguros; Que la solicitante ha cumplido con los requisitos forma- les exigidos por las mencionada5 normas administrativas; Que la Comisión Calificadora de Corredores de Seguros; en la Sesión N” 055-98, celebrada el 6 de agosto de 1998, ha calificado y aprobado la inscripción respectiva en el indica- do Registro Oficial; De conformidad con lo dispuesto en los Artículos 335” y 336” de la Ley General del Sistema Financiero y delSistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros -Ley N” 26702-; y en virtud de la facultad delegada por la Resolución SBS N” 003.98 del 7 de enero de 1998; RESUELVE: Artículo Unico.- Autorizar la inscripción de la señori- ta Fiorella Melzi Tauro con el N” N-3341 en el Registro fefE;ici,de Corredores de Seguros que lleva esta Superrnten- Regístrese, comuníquese y publíquese. NESTOR CORROCHANO MORAL Superintendente Adjunto de Seguros 11628 Autorizan inscripción de persona jurí- dicaen el Registro Oficial de Empresas Extranjeras de Reaseguros y Corredo- res de Reaseguros RESOLUCION SBS N” 981-98 Lima, 18 de setiembre de 3998 EL SUPERINTENDENTE DE BANCA Y SEGUROS VISTA: L.a solicitud presentada por el senor Jorge Vega Velasco para que se autorice la inscripcion de la empre- sa TIG Reinsurance Company en el Registro Oficial de “Empresas Extranjeras de Reaseguros y de Corredores de Reaseguros”; y, CONSIDERANDO: Que, por Resolución SBS N” 815-91 de fecha 17 de diciembre de 1991, se estableció los requisitos formales para la inscripción de las Empresas Extranjeras de Rease- guros y Corredores de Reaseguros: Que, la citada empresa ha cumplido con los requisitos formales exigidos por la mencionada norma administra- tiva; Que, la Comisión Calificadora de Empresas Extranje- ras de Reaseguros y Corredores de Reaseguros, en se- sion celebrada el 31 de aeosto de 1998. ha calificado v aprobado la inscripción &pectiva en el indicado Regis- tro Oficial; y, De conformidad con las atribuciones conferidas por la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros - Ley N” 26702; y en virtud de la facultad delegada por la Resolución SBS N” 003-98 del 7 de enero de 1998; RESUELVE: Artículo Unico.- Autorizar la inscripción de la rmpre- sa TIG Reinsurance Company en el Registro Oficial de “Empresas Extranjeras de Reaseguros y de Corredores de Reaseguros” que lleva esta Superintendencia, bajo Matrí- cula E.RE.073, cuya representación sera ejercida por el señor Jorge Vega Velasco con domicilio legal en Av. Pardo y Aliaga 640, piso 8, San Isidro. Regístrese, comuníquese y pubhquese. NESTOR CORROCHANO MORAL Superintendente Adjunto de Seguros llG2G Autorizan organización de empresa de seguros RESOLUCION SBS N” 1037-98 Lima, 5 de octubre de 1998