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do de la Ley de Normas Generales de Procedimientos Administrativos aprobado por Decreto Supremo N” 1% 94-JUS y Decreto Ley N’ 25862; SE RESUELVE: Primero.- Autorizar a la Empresa de Transportes EX- PRESO SANCHEZ S.R.Ltda. concesionaria de la ruta: Lima Pausa y viceversa, autorizada por Resolución Direc- toral N” 444.9%MTC15.18, de fecha 5 de marzo de 1998, modificada por Resolución Directoral N” 661-9%hl’IYY15.18 de fecha 30 de abril de 199X; la ampliación de ruta solicitada hasta la ciudad de Marcabamba; en consecuencia. se modi- fica el Artículo Primero de la referida Resolucion. la que quedará redactada en los términos siguientes: RUTA : LIMA - MARCABAMBA \ ORIGEN DESTINO ITINERARIO ESCALA COMERCIAL FRECUENCIAS FLOTA VEHICULAR FLOTA OPERATIVA : I!n (1) ómnibus: V(:-137 1 Il9901 FLOTA DE RESERVA : Un ~1) ommbue: UO- 11994) Los omnibus senalados anteriormente; stilo podrán ser utilizados en el servicio si portan la tarjeta de circulación vehicular respectiva. Queda vigente lo demás que contiene, por la3 razones expuestas en la parte considerativa de esta resoluci¿m Segundo.- Encargar la ejecución de esta resolucion a la Dirección de Transporte de Pasajeros y Carga Nacional e Internacional. Tercero.- La presente resolución se publicara confixme a ley en el Diario Oficial El Peruano. Regístrese y comuníquese. CARLOS A. IBANEZ MANCHEGO Director General Dirección General de Circulación Terrestre 11625 MITINCISE RESUELVE: Artículo Iu.- Autorizar el viaje del 27 de setiembre al 15 de noviembre de 1998, del señor Luis Lumbreras Flores, Director General de la Escuela Superior de Turismo del Centro del Formación en Turismo (CENFOTUR), a la ciudad de Hiroshi- ma, Japón, para participar en el curso señalado en la parte considerativa de la presente resolución. Artículo 2”.- El cumplimiento de la presente Resolu- ción Ministerial no irroga gasto alguno para el Centro de Formación en Turismo (CENFOTUR). Artículo 39- La presente Resolución Ministerial no libera o exonera del pago de impuestos o de derechos aduaneros cualquiera fuera su clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. GUSTAVO CAILLAUX ZAZZALI Ministro de Industria, Turismo, Integración y Negociaciones Comerciales Internacionales ll624 Oficializan la conferencia denominada “La Transformación de las Américas”, a llevarse a cabo en la ciudad de Lima RESOLUCION VICEMINISTERIAL IV’ 030~S>-MITINCIWMI Autorizan viaje a Japón de funcionario de la Escuela Superior de Turismo del CENFOTUR para participar en curso sobre industria del turismo RESOLUCION MINISTERIAL w’ 11%98-ITINCIIDM Lima, 2 de octubre de 199X VISTO:Que. por tanto procede conceder la Oficialización de la Conferencia; “LA TRANSFORMACION DE LAS AMERI- CAS” organizado por la AMERICAN CHAMBER OF COM- MERCE OF PERU, para lo cual ha cumplido con los requi- sitos que al efecto se solicita: De conformidad con el Decreto Ley N” 25831, la Resolu- ción Suprema N’ 06592-ITINCVDM y la Resolución Minis- terial N’ 026.92-ICTI/DM; Con la opinión favorable de la Dirección Nacional de Industria; El Oficio N” 155.9X-DN de fecha 25 de setiembre de 1998, del Director Nacional del Centro de Forrnacion en Turismo, CENFOTUR.SE RBXJELVE: CONSIDERANDO: Que, en la ciudad de Hiroshima, Japón se lle\ ará a cabo el Curso de Estudio Exclusivo para el Perú “Planificación del Desarrollo de la Industria del Turismo”, auspiciado por la Agencia de Cooperación Internacional del Japrm -1 ICA- que se realizará del 28 de setiembre al 15 de no\ iembtc de i998;Artículo l”.- Otorgar reconocimiento oficial a la confe- rencia denominada “LA TRANSFORMACION DE LAS AMERICAS”, a llevarse a cabo en la ciudad de Lima, del 14 al 7 7 de noviembre de 1998, a solicitud de los organizadores. Artículo 2”.- Al concluir el evento a que se refiere el artículo precedente, los organizadores deberán presentar a la Dirección Nacional de Industria. un informe con las conclusiones del mismo, en un plazo’máximo de 30 días. Artículo 3”.- La presente resolución no irrogará gasto al Estado. ni otorea derecho a exoneración tributaria de Que, en tal sentido. se ha considerado conveniente la participación de un representante del Centro de FormaciónI ninguna clase ni denominación. en Turismo (CENFOTUR), en dicho curso. Registrese, comuníquese y publíquese. Que, la Agencia de Cooperación Internacional del Japón -JICA-, financiará los gast,os por concepto de pasajes aweos~ AGNES FRANCO TEMPLE y viáticos; Viccministra de Industria De conformidad con lo establecido en la 1,ey N” 26894 : Ley de Presupuesto del Sector Público parz 199X: 11347Lima, 29 de setiembre de 1998 Visto el expediente presentado por el Gerente General de la AMERICAN CHAMBER OF COMMERCE OF PERU, mediante el cual solicita la Oficialización de la Conferencia denominada “LA TRANSFORMACION DE LAS AMERI- CAS”, a llevarse acabo en la ciudad de Lima, del 14 al 17 de noviembre de 1998; CONSIDERANDO: Que, conforme al inciso bi del Artículo 61” de la Resolu- ción Suprema N” 06592.ITINCbDM, Reglamento de Orga- nización y Funciones del Ministerio de Industria, Turismo, Integración y Negociaciones Comerciales Internacionales, corresponde al Viceministerio de Industria, fomentar el desarrollo de la actividad industrial y artesanal dentro del ámbito normativo y de política de su competencia; Que, iL=almente compete al Viceministerio de Industria otorgar la Oficialización de eventos que promuevan el desarro- llo artesanal v emoresarial. de conformidad con el “Texto Unico de Procedimientos Administrativos” de este Ministerio, aprobado por Decreto Supremo N” 006.9%ITINCI; Que. mediante el mencionado evento se promueve la integración económica de los países y de las empresas de la región, incentivándose además la realización de negocios e in;ersiones en nuestro país;