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Pág. 165238 cl pórmano m 1:F.I m Lima, lunes 26 de octubre de 1998 VISTO: El recurso de apelación interpuesto por don Clemente Córdova Richarzon contra la Resolución Directoral Ejecuti- va N” 347-95-AG-PETl’, de 19 de octubre de 1996, expedi- daporlaDirecciónEjecutivadc1 ProyectoEspeci:dTitula- ción de Tierras y Catastro Rural. CONSIDERANDO: Que por Resolución Direct.oral Ejecutiva N’ 347-95 AG-PETT, la Dirección Ejwutiva del Proyecto Especial Titulación de Tierras y Catastro Rural adjudictl a título oneroso a favor de don Juan Córdova Richarzon la parcela de Unidad Catastral N” 10165, de 1 ha. .1,000 m2 de extensión, del predio rústico “San Jorge”, ubicado en el distrito y provincia de Huaura, departamento de Lima; Queposteriormente asolicituddelintererado. IaDirec- ción Ejecutiva del Proyecto Especial Titulación de Tierras y Catastro Rural mediante Resolución Directoral Ejecu- tiva N” OS-96-AG-PETT, de 5 de febrero de 1996 rectificó el apellido materno de don -Juan Córdova Richarzon. señalando que el nombre correcto correspondls a Juan Córdova Richazon; Que mediante escrito de 5 de marzo de 1997, don Clemente Córdova Richarzon, Interpone recurso de ape- lación contra la Resolución Directoral Ejecutiwc W 347- 95-AG-PETT, manifestando que es el posesionario legíti- mo del predio “San Jorge” de una extensión de 13 ha., de la que cedió 1.4 ha. a don -Juan Córdova Richazon única- mente como auxilio económico temporal, no obstante lo cual ha solicitado la adjudicación infringiéndose además lo dispuesto por el Decreto Legislativo N” 653 y su regla- mento, aprobado por Decreto Supremo N” 04%!jl-AG, al fraccionarse una parcela en extensión inferior ala Unidad Agrícola Familiar; Que de acuerdo al Informe Técnico N” 03%95.AG- PETT-DT-CPR, de 11 de enero de 1995, obrante a fojas 55 del Expediente N” R-167, don Juan Córdova Richarzon (Richazon) conduce directamente desde 1989 l:i parcela de Unidad Catastral W 10165 del predio “San Jorge”, Lote 5 “A”, que forman parte del área expropiada por la ex Dirección General de Reforma Agraria y Asentamiento Rural, pendiente de adjudicación, por lo que tr:ltándose de una superficie perteneciente al dominio del Ikado su adjudicación a quien lo conduw dlrectamente SIS encuen- tra arreglada a ley: Que desde el 19 de julio de 1995 se encuentra en vigencia la Ley N“ 26505 que no admite restricciones al derecho de propiedad sobre tierras rústicas distintas a las contenidas en el Código Civil y la referida norma legal, no habiéndose incluido límites mínimos o máximos a la propiedad de la tierra; Estando a lo dictaminado por la Oficina de Asesoría Jurídicayde confortnidad con la Ley Orgánica del Ministe- rio de Agricultura, dada por Decreto Ley N” 25902; SE RESUELVE: Artículo Unico.- Declarar infundado el recurso de apelación interpuesto por don Clemente Córdova Richar- zoncontra la Resolución Directoral Ejecutiva N” 347-95. AG-PETT, de 19 de octubre de 1995, expedida por la Dirección Ejecutiva del Proyecto Especial Titulación de Tierras y Catastro Rural, la que se confirma. por cuanto la adjudicación de la parcela de Unidad Catastral N 10165 del predio rústico “San <Jorge”, ubicado en el distrito y provincia de Huaura, departamento de Lima, se efectuó conforme a ley a favor de su real pc,,seedor y conductor don Juan Córdova Richazon; devolviéndose los actuados al citado Proyecto Especial para su archiva- miento.Amplían plazo otorgado a empresas productoras ylo comercializadoras de insumos de uso veterinario para la renovación de registros RESOLUCION JEFATURAL W 121-98-AG-SENASA Lima, 22 de octubre de 1998 CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo N” 015-9&AG, se aprueba el nuevo reglamento sobre Registro y Comer- cialización de productos de uso veterinario y alimentos para animales; Que, conforme a lo señalado por el Artículo 18” del Decreto Supremo N” 24-95-AG, que aprueba el Regla- mento de Organización y Funciones del Servicio Nacional de Sanidad Agraria - SENASA, la Dirección General de Sanidad Animal, tiene entre otras funciones las de esta- blecer mecanismos de control, registro y fiscalización respecto de insumos de uso animal, así como biológicos y fármacos, así como conducir el registro de las empresas productoras y/o comercializadoras de estos insumos; Que,conMemorándumN”lO&98-AG-SENASA-DDZ- DGSA, de fecha 1 de octubre de 1998, la Dirección de Defensa Zoosanitaria de la Dirección General de Sanidad Animal del Servicio Nacional de Sanidad Agraria-SENA- SA, manifiesta la necesidad de otorgar un plazo ampliato- rio de manera única y excepcional, a las empresas que estén efectuando la renovación de sus registros, para efectos de adecuarse al Decreto Supremo N” 015-98-AG; De conformidad con lo dispuesto en el Artículo 10” del Reglamento de Organización y Funciones del Servicio Nacional de Sanidad Agraria - SENASA? aprobado por Decreto Supremo N” 24.95.AG; y, con las vwaciones de los Directores Generales de Sanidad Animal y Asesoría Julo- dica; SE RESUELVE: Artículo l”.-Otorgar una ampliación de noventa I 90) días hábiles contados a partir de la fecha de publi- cación de la presente resolución para que las empresas puedan complementar la información técnica en sus respectivos expedientes, a efectos de la RENOVACION de sus registros ante la Dirección General de Sanidad Animal. Artículo 2”.- La Dirección General de Sanidad Ani- mal oficiará a las Coordinaciones del SENASA. a nivel nacional, remitiéndose la lista de los productos compren- didos en los alcances del artículo precedente, a fin de que se tomen en cuenta al momento de la fiscalización posre- gistro. Regístrese, comuníquese y publíquese. ELSA CARBONELL TORRES Jefa Servicio Nacional de Sanidad Agraria 12276 RELACIONES EXTERIORES Regístrese y comuníqueseDesignan comitiva que acompañar6 ai Presidente de la República en visita oficial a Canadá RODOLFO MUÑANTE SANGUINETI Ministro de Agricultura 12287RESOLUCION SUPREMA No 474-9%RE /Lima, 24 de octubre de 1998