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Iha, lunes 26 de oduhn: de 1998 cl- Pág. 165245 vándose copia del mismo en el Registro Público del Mer- cado de Valores de CONASEV. Artículo 3”.- Los recursos que capte el BANCO DE CREDITO DEL PERU con la emisión de los valores a que se refiere el Artículo 1” de la presente resolución, serán utilizados para la adquisición de bienes de activo fijo destinados al arrendamiento financiero, con sujeción alas normas vigentes.aprobado por Decreto Supremo W 009-93-EM y sus mo- dificatorias, a lo dispuesto en la Resolución Directoral N” lOl-97-EIWDGE y a lo señalado en el Artículo Segundo de la Resolución N” 022-97 P/CTE; y, CONSIDERANDO: Artículo 4“.- La publicidad que se realice para promo- ver la mencionada oferta pública, deberá sujetarse a las condiciones previstas en el contrato de emisión y a lo establecido en la presente resolución.Que, Electro Sur Medio mediante Oficio No GG-249- 98, solicito la clasificación del nuevo sistema eléctrico Ingenio - Changuillo; Artículo 5”.- La colocación de los bonos a que se refiere el Artículo 1” de la presente resolución deberá efectuarse en un plazo que no excederá de nueve (9) meses contados a partir de la fecha de su inscripción en el Registro Público del Mercado de Valores, prorrogables hasta por un período igual, a petición de parte. Artículo 6”.- El BANCO DE CREDITO DEL PERU queda obligado a presentara esta Comisión Nacional la información a que se refiere el Artículo 13” del Reglamen- to de Oferta Publica Primaria de Valores Mobiliarios, aprobado por Resolución CONASEVN”906-91-EF/94.10.0 y modificada por Resolución CONASEV W 393-95EF/ 94.10,yelArtículo39”delReglamentodeRegistroPúblico del Mercado de Valores, aprobado por Resolución CONA- SEV N” 079-97-EF/94.10. Asimismo, tan pronto culmine la colocación de la oferta pública de bonos, la empresa emisora deberá poner el hecho en conocimiento de la CONASEV.Que, el nuevo sistema eléctrico Ingenio- Changuillo ha sido conformado por la interconexión de los sistemas aislados Ingenio, Changuillo y 15 nuevas localidades que se abastecen desde la Subestación Eléctrica de Llipata; Que, en tanto Electro Sur Medio no remita la informa- ción definitiva de los consumos de las 15 nuevas localida- des pertenecientes al nuevo sistema eléctrico Ingenio - Changuillo, se procederá a realizar una clasificación tem- poral por un período de un año; Estando a lo acordado por su Consejo Directivo en su Sesión N” 025-98 de fecha 7 de octubre de 1998; RESUELVE: Artículo Primero.-Fíjese la clasificación del sistema eléctrico Ingenio- Changuillo, perteneciente a la Conce- sionaria de Distribución Electro Sur Medio S.A., como sector típico 3. Artículo 7”.- El BANCO DE CREDITO DEL PERU queda obligado a insertar el texto de esta resolución en la escritura pública de emisión de bonos que se otorgue, por la presente emisión, así como remitir a CONASEV el correspondiente testimonio dentro de los treinta (30) días siguientes a su otorgamiento. Artículo Su.- La inscripcitin aquese refiere el Artículo 1” de la presente resolución, no implica que CONASEV recomiende la inversión en los mencionados valores u opine favorablemente sobre las perspectivas del negocio. Los documentos e información para una evaluación complementaria están a disposición de los interesados en el Registro Publico del Mercado de Valores. Artículo 9”.- Transcríbase la presente resolución a BANCO DE CREDITO DEL PERU, al Banco Sudame- ricano en su calidad de representante de los obligacionis- tas, ala Superintendencia de Banca y Seguros, a CAVALI ICLV S.A. y a la Bolsa de Valores de Lima.Artículo Segundo.- Al termino de un año de entrada en vigencia la presente resolución, se efectuará la clasiti- cación definitiva del Sistema Eléctrico Ingenio- Changui- 110, para lo cual la empresa concesionaria Electro Sur Medio S.A. deberá remitir ala Comisión de Tarifas Eléc- tricas la información correspondiente. Artículo Tercero.- La presente resolución entrará en vigencia a partir del 1 de noviembre de 1998. Artículo Cuarto.-Déjase en suspenso las disposicio- nes que se opongan al cumplimiento de la presente reso- lución. Regístrese, comuníquese y publíquese. EDUARDO ZOLEZZI CHACON Presidente Comisión de Tarifas Eléctricas 12331 Regístrese, comuníquese y publíquese. Modifican artículo de resolución que GUSTAVO BERAMENDI GALDOSdefine períodos de facturación de los Gerente General excesos de energía reactiva 12167 RESOLUCION DE LA COMISION DE TARIFAS ELECTRICAS W 025-98 P/CTE COMISION DE TARIFAS ELECTRICAS Fijan clasificación del sistema eléctri- co Ingenio Changuillo, perteneciente a empresa concesionaria RESOLUCION DE LA COMISION DE TARIFAS ELECTRICAS N” 024-98 P/CTE Lima, 22 de octubre de 1998 LA COMISION DE TARIFAS ELECTRICAS Visto el Informe SEDXTE N” 048-98 elaborado por la División de Distribución de la Secretaría Ejecutiva de la Comisión de Tarifas Eléctricas (CTE) y el Informe N’AL- DC-074-98 de la Asesoría Legal; De conformidad con lo establecido en el Decreto Ley N” 25844, Ley de Concesiones Eléctricas y su reglamentoLima, 23 de octubre de 1998 LA COMISION DE TARIFAS ELECTRICAS VISTOS: El Informe SEG/CTE W 028-98 elaborado por la Secre- taría Ejecutiva de la Comisión de Tarifas Eléctricas; De conformidad con lo establecido en el Decreto Ley N” 25844, Ley de Concesiones Eléctricas y su reglamento, aprobado por Decreto Supremo N” 009-93-EM y sus mo- dificatorias; Con la facultad establecida en el Artículo 22”, inciso h) del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas; y, Estando a lo acordado por su Consejo Directivo en su Sesión N” 026-98 de fecha 23 de octubre de 1998; RESUELVE: Artículo Primero.- Sustitúyase el numeral 9 del Artículo 1” de la Resolución de la Comisión de Tarifas Eléctricas N” 015-95 PXTE modificado por las Resolu- ciones N” 022-95 P/CTE y N” 03-96 PKTE de la siguiente forma: