Norma Legal Oficial del día 31 de octubre del año 1998 (31/10/1998)


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TEXTO DE LA PÁGINA 44

I,ima, sabado 3 I dc octubn: de IYW Que. mediante Resolucion Jefatura] N" 007-97-SAT-MML del 24 de MORDAZA de 1997 se nombro Ejecutores Coactivos y Auxiliares CoaLtivos del SAT; De conformidad con los Articulos 4"y 7" y la Setima Disposicion Complementaria y Final de la Ley N" 26979, Ley de Procedimiento de Ejecucion Coactiva; Estando a lo dismwsto en el inciso dj del Articulo 6" del Edicto N" 227; SE RESUELVE: Articulo l".- Nombrar como Ejecutor Coactivo del Servicio de Administracion Tributaria - SAT, al senor abogado MORDAZA MORDAZA MORDAZA PEREA. Articulo 2".- Dejar sin efecto el nombramiento? de Ejecutor Coactivo del Servicio de Administracion Tributana, del senor abogado MORDAZA MORDAZA MORDAZA DE MORDAZA, efectuado mediante Resolucion Jefatura1 N" 007-97-SAT-MML. Registrese, comuniquese y cumplase MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Jefe del Servicio de Administracion Tributaria Municipalidad Metropolitana de MORDAZA 12503

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Que, mediante Informe N" 251-98-ALMC la Oficina de Aseoria Legal se pronuncia por el otorgamiento de la Amnistia `ributaria; ! Que. la Comision de Economia y Finanzas opina favorablenente por la aprobacion del Proyecto de Ordenanza; Estando a lo expuesto y en uso de las facultades que le ontiere la Ley Organica de Municipalidades W 23853, luego de as deliberaciones del caso el Concejo por MAYORIA aprobo la s iguiente: ORDENANZA: AMNISTIA TRIBUTARIA GENERAL 1998 Articulo Primero.- Conceder AMNISTIA TRIBUTARIA XNERAL 1998 a los contribuyentes deudores y omisos de la urisdiccion distrital de Comas a partir del l-1 l-98. Articulo Segundo.- Los beneficios tributarios a que se refie`e la presente Amnistia Tributaria son los siguientes: 1: Modifiquese las tasas por el orden del 50% de los Arbitrios flunicipales de Limpieza Publica y Parques y Jardines del ano 1996. Dicha modificacion se aplicara sobre el saldo deudor regis.rado er) las cuentas corrientes automatizadas de cada contriburente. 2.. Modifiquese los montos de los Arbitrios del ano 1997 Iprobado por la Ordenanza N" 04-97-C/MC segun los topes naximos sefialados en el Edicto N" 08-96-CIMC v sobre el monto wultante otorguese una exoneracion por el ordek del 50%, por los irbitrios de Limpieza Publica y Parques y Jardines. La modilica:ion y exoneracion se aplicara sobre el saldo deudor registrado en as cuentas corrientes de cada contribuyente. 3.- Rebaja por el orden del 30% de los Arbitrios Municipales del ano 1998 sobre el monto deudor registrado en cuenta corriente. 4.- Condonacion del interes moratoria del Impuesto Predial ,ie los anos 1996 y 1997 y por los trimestres deudores del MORDAZA 1998. 5: Condonacion del interes moratoria por los Arbitrios Muni,:ipales de los anos 1996 y 1997 y por los meses vencidos del aiio 1998. 6.- Rebaja por el orden del 50% de las multas administrativas y condonacion de sus reajustes; monto sobre el cual podra concederse fraccionamiento de pago. / Articulo Tercero.- Los presentes beneficios alcanzan a los -ontribuyentes omisos y nuevos que son incorporados ala base de latos a traves de los programas de Fiscalizacion Tributaria o que ,orvoluntadpropiase apersonan ala AdministracionTributaria. Articulo Cuarto.- La vigencia de la presente ordenanza sera lasta el 30-l l-98, salvo prorroga segun las condiciones srnalalas.

MIJNICIPALIDAD DE COMAS
Conceden Amnistia Tributaria a favor de los contribuyentes del distrito
ORDENANZA W 18-98-CYMC Comas, 30 de octubre de 1998 EL CONCEJO DISTRITAL DE COMAS POR CUANTO: En Sesion Extraordinaria de Concejo de fecha 30 de octubre de 1998, el Dictamen N" 16-98.CEFiMC de la Comision de Economia y Finanzas sobre el Proyecto de Ordenanza para la Modificacion de los Arbitrios de Limpieza Publica, Parques y Jardines, correspondientes a los anos 1996,1997 en un 50% y. del ano 1998 en un 30%. CONSIDERANDO: Que, mediante Informe N" 231-98-OAT-DM/MC de fecha 29 de ockbre de 1998, la Oficina de Administracion Tributaria sustenta su proyecto de mejoramiento y recuperacion de los niveles de recaudacion tributaria. realizando reajustes favorables en las tarifas, para cuyo efecto propone modificar los Arbitrios de Limpieza Publica, Parques y Jardines, correspondiente a los anos 1996 y 1997 en un 50%, y de 1998 en un 30% donde se comprenda la deuda insoluta, los intereses moratorios y rebaja del 50% de las Multas Administrativas; asi mismo condonar el interes moratoria del Impuesto Predial y Arbitrios Municipales correspondiente a los anos 1996, 1997 y 1998; Que, la Constitucion Politica del Estado en su Articulo 74" establece que los Gobiernos Locales pueden crear, modificar y suprimir contribuciones y tasas, o exonerar a estas, dentro de su jurisdiccion y con los limites que senala la ley; concordante con el numeral 3 del Articulo 192" de la Constitucik, al normar que: las Municipalidades tienen competencia para crear, modificar y suprimir contribuciones, tasas, arbitrios, licencia y derechos municipales; Que, la Ley Organica de Municipalidades N" 23853 en su Articulo 94" establece que las contribuciones, arbitrios, derechos y licencias se aprueban por la Municipalidad mediante edicto que debe adoptarse con el MORDAZA conforme de no menos de la mitad del numero legal de miembros del Concejo. Las exoneraciones de los mencionados tributos se aprueban mediante Edictos de la Municipalidad con el MORDAZA conforme de no menos de las dos terceras partes del numero legal de miembros del Concejo; Que, la Ley de Tributacion Municipal, Decreto Legislativo N 776 en su Articulo 6a' dispone que conforme alo establecido por elinciso3)delArticulo192"yporelArticulo74"delaConstitucion Politica del Estado, las Municipalidades, crean, modifican y suorimen contribuciones o tasas y otorgan exoneraciones, dentro de los limites que fije la ley; Que, el Codigo Tributario. Decreto Legislativo N' 816 en el Titulo Preliminar, MORDAZA IV MORDAZA de Legalidad - Reserva de la Ley, establece que los Gobiernos Locales. mediante ordenanza, pueden crear, modificar y suprimw sus contribuciones, arbitrios y licencias o exonerar de ellos, dentro de su jurisdiccion y con los limites que sekla la ley; Que, el numeral 2 del Articulo 10" de la Ley Organica de Municipal'da~~~~n~o-~~~~t~~ia.de~sM~~nir,nalidaden. tracion de los bienes y rentas encargados al Municipio:

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Primera.- A los contribuyentes que hayan cumplido con :ancelar sus Arbitrios Municipales 1996 y 1997, MORDAZA de la 3ublicacion de la presente ordenanza, se les otorgara una rebaja :ompensatoria equivalente al 30% por los Arbitrios Municipales le Limpieza Publica, Parques y Jardines, correspondiente al ejercicio fiscal 1999. Segunda.- A los contribuyentes que se hayan acogido al programa de fraccionamiento tributario se les deducira los montos comprometidos por los tributos que se encuentran considerandos en la presente ordenanza. Dicha deduccion se efectuara sobre los saldos deudores registrados en la base de datos. Tercera.- Mediante Decreto de Alcaldia se efectuara la reglamentacion necesaria para la aplicacion de la presente ordenanza con relacion a las deducciones de pago de los tributos comprometidos en los convenios de fraccionamiento y a la adecuacion de los topes maximos de los arbitrios del ano 1997. Cuarta.- Facultar al MORDAZA para que mediante Decreto de Alcaldia prorrogue la presente ordenanza y la Ordenanza N" 01798-C/MC durante el periodo que sea necesario, sin exceder al presente ejercicio iiscal. POR TANTO MANDO QUE SE: Registre, comunique, cumpla y publique JLJ;JdeH. MORDAZA MORDAZA 12516

Disponen respaldar gestion del Jefe de Estado para la suscripcion de Acuerdo de Paz Fronterizo entre Peru y Ecuador
Comas, 30 de octubre de 1998

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