NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 01 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 1998 (01/09/1998)
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Lima. martes 1 dc setiembre de 1998 ~l?&!l@or, Pág. 163493 Modifican resolución sobre procesos penales con reos libres en los que posteriormente se produzca la deten- ción por revocatoria del mandato de comparecencia RESOLUCION ADMINISTRATIVAw 211~96-P-CSJL Lima, 31 de agosto de 1998 VISTO Y CONSIDERANDO: Que, por R.A. N” 134-A-96-P-CSJL de fecha 29 de agosto de 1996, en su Artículo Cuarto, se dispuso que los procesos penales con reos libres en los que posteriormente se produz- ca la detención por revocatoria al mandato de comparecen- cia u otra medida cautelar de detención, serán remitidos a las Salas o Juzgados a cargo de procesos con reos en cárcel ue correspondan, en donde continuarán su trámite hasta su 3 .’etimnva conclusión, sean cuales fueren las medidas caute- lares que se dicten a partir de su avocamiento; Que, la disposición en referencia tuvo su causa en la necesidad de ordenamiento en el trabajo de las Salas y Juzgados Penales que asumían un novísimo sistema de subespecialidades vinculadas a la situación jurídica del procesado, en aras de encontrar la adecuada solución al grave problema de retardo procesa1 y saturación de los centros penitenciarios; Que, en la actualidad la saturación de carga procesal en las Salas y Juzgados Penales, tanto de reos libres como de reos en cárcel ha desaparecido, encontrándose todos ellos a punto de lograr un estándar ideal de carga de trabajo, por lo cual resulta necesario modificar la disposición a que se refiere el primer considerando; Que, la modificación correspondiente debe, además, dar respuesta a una serie de situaciones procesales que han venido produciéndose con motivo de la aplicaciún de la disposición objeto de la presente modificación, las cuales se han convertido en grandes factores de retardo procesal; Que, por las razones antedichas y con la facultad confe- rida por los incisos 3) y 91 del Artículo 90” de la Ley Orgánica del Poder Judicial y la R.A. N” 074~CME-PJ; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Modificar la segunda parte del Artículo Cuarto de la R.A. N” 134-A-P-CSJL de fecha 29 de agosto de 1996, la misma que queda redactada de la siguien- te manera: “En los procesos penales con reos libres, cuando por cual- quier razón se disponga la detención del o los procesados, la Salas o Juzgados de origen tienen la obligación de definir la situación jurídica de aquellos, tramitando y resolviendo, inclu- so, las solicitudes de libertad provisional. sólo serán remitidos alas Salas y Juzgados para procesos con reos en cartel, aquellos en los cuales se haya efectivizado una medida de detención, o dene ado el pedido de libertad provisional; o revocado un manfato de comparecencia, o declarado la nulidad de una sentencia absolutoria por el superior, entre otros, siempre y cuando no se haya iniciado el juicio oral en los procesos ordinarios o se hallare expedita la causa para sentencia, en los procesos sumarios; en cuyos casos, las Salas o Juzgados para rocesos i?con reos libres continuarán con el trámite respectivo asta su conclusión, actuando respecto de los detenidos sobre- vinientes con la misma metodología de las Salas y Juzgados para procesos con reos en ckircel”. Artículo Segundo.- Poner la presente resolución en conocimiento de la Comisión Ejecutiva del Poder Judicial, de la Secretaría Ejecutiva de la misma, de la Oficina de Control de la Magistratura, de la Gerencia General, de la Fiscalía de la Nación y de la Comisión Ejecutiva del Mmisterio Público, para los fines pertinentes. Regístrese, comuníquese y publíquese. MARCOS IBAZETA MARINO Presidente de la Corte Superior de Justicia de Lima 9790CC%&fSI~N EJECUTTVA DEL MINISTERIU PUBLICQ Autorizan participación de fiscales en seminario taller referido a aplicación judicial de la Convención sobre los Derechos del Niño RESOLUCLON DE LA COMISION EJECUTIVA DEL MINISTERIO PUBLICO N” 564~SS-MP-CEMP Lima, 31 de agosto de 1998 VISTO Y CONSIDERANDO: El Oficio N” 1844/98CCJSE cursado por el doctor Ricardo León Pastor, Secretario Ejecutivo del Consejo de Coordinación Judicial; y estando al Acuerdo N” 4355, adoptado or unanimi- iad por la Comisión Ejecutiva del Ministerio Púb Eco en sesión vespertina de fecha 31 de agosto de 1998; con dispensa de la lectura del acta, dejándose constancia que los doctores, Pedro Pablo Gutiérrez Ferreyra, Fiscal Supremo Titular de la Prime- ra Fiscalía en lo Penal Especializada y Angel Rafael Fernández Hernani Becerra, Fiscal Supremo Provisional de la Segunda Fiscalía Suprema en 10 Penal Especializada, no se encuentran presentes y en uso de las atribuciones conferidas por las Leyes N” 26663, N” 26695 y IV’ 26738. SE RESUELVE: Artículo Primero.-Autorizar la participación de los seño- res Fiscales Provinciales y Adjuntos Provinciales de los Distritos Judiciales de Amazonas, Cajamarca, Lambayeque, La Libertad, Piura, San Martin y Santa, para que participen en el Seminario Taller “La Aplicación Judicial de la Convención sobre los Derechos del Niño de las Naciones Unidas” a llevarse a cabo del 2 al 4 de setiembre del año en curso en la ciudad de Trujillo que a continuación se detalla, AMAZONAS: Rojas Méndez Luz Marleny, Roldán Crivillero Sebastián Donato, Seclén Limo Gustavo; CAJAMARCA: Armas Espejo Arnulfo, Asta Gutarra Raimundo de Peñafort, Cachay Salazar Carmen Marilú, Díaz Palacios Lucio Absalón, Enciso Sandoval Rolando Walter, Espinoza Rabines Juan Mariano, Hernández Chávez Luisa Angélica, Rojas Alcalde Guillermo Hildebrando, Reyes Carranza Juan Enrique, Silva Mendoza Walter Hugo, Silva Rosales Jaime; LAMBAYEQUE: García Imán José Segundo, Túllume Gonzales Félix, Osores Padilla Carlos Enrique; LA LIBERTAD: Acuña Deza Teresa Isabel, Gamboa Cabe1 Jose Manuel, Izaguirre Pinedo Calixto, Ruiz Guio Reyna Elizabeth, Salvatierra Saldaña Mónica; PIURA: Alzugaray Cordero Ma- ritza, Castañeda Otsu Guillermo Enrique, De la Cruz Rodrí- guez José, Gómez Calle Jorge, Guerrero León Samuel Leoncio, Mendoza García Nonnan, Morán Becerra Jaime, Vásquez Meléndez Manuel Augusto, Yangali Romero Walter Efraín, Estrada Villena Guillermo; SAN -MARTIN: Arenas Guevara Juan, Arévalo Flores Pablo, Goicochea Cacho Jorge Mesías; SANTA: Valencia Lara Damela Alejandrina; encargándose los despachos a los Fiscales Adjuntos según corresponda el caso por el termino que dure la licencia de su titular. Artículo Segundo.- El cumplimiento de la presente resolución no irrogará gasto alguno al pliego presupuesta1 del Ministerio Público. Artículo Tercero.- Hacer de conocimiento la presente resolución al Presidente del Consejo de Coordinación Judi- cial y a los Fiscales Sueriores encargado de la Gestión de Gobierno delegada por a Comisión Ejecutiva del Ministerio P Público en los Distritos Judiciales de Amazonas, Cajamarca, Lambayeque,,La Libertad, Piura, San Martín y Santa, para los fmes pertmentres. Regístrese, comuníquese y publíquese. BLANCA NELIDA COLAN MAGUIÑO Fiscal Suprema y Presidenta de la Comisión Ejecutiva del Ministerio Público MARIO DAVID ZEGARRA MARINAS Secretario Ejecutivo - Miembro de la Comisión Ejecutiva del Ministerio Público 9784