NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 01 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 1998 (01/09/1998)
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NORMAS LEGALESDirector: Enrique Sánchez Hernani http://www.editoraperu.com.pe Lima, martes 1 de setiembre de 1998 AÑO XVI - N” 6642 Pág. 163439 . . -+BifEREIA Y MINAS Autorizan viaie de funcionario del IPEN para que parhipe en evento del Orga- nismo Internacional de-Energía Atómi- ca, a realizarse en Austria RESOLUCION SUPREMA IV’ OSS-SS-EM Lima, 29 de agosto de 1998 Visto el Oficio N” 060-9%IPENiPR, de fecha 18 d<> agosto de 1998, del Presidente del Instituto Peruano de Energía Nuclear - IPEN, solicitando autorización de viaje para un funcionario; CONSIDERANDO: Que, el Organismo Internacional de Energía Atómica (OIEA), ha convocado a los estados miembros a la Cuadra- g6sima Segunda Reunión Ordinaria de la Conferencia Gene- ral, a celebrarse en la ciudad de Viena - Austria, del 21 al 25 de setiembre de 1998; Que, durante el desarrollo de la Conferencia General de dicho organismo se analizarán aspectos importantes relacio- nados con las contribuciones financieras al Fondo de Coope- ración Técnica para 1999, con el programa y presupuesto del OIEA para el bienio 1999-2000 y con el fortalecimiento de las actividades de cooperación técnica internacional en las cuales partici del IP lla nuestro país, lo que hace necesaria la participación N, organismo nacional representativo; Que, en consecuencia es necesario autorizar el corres- pondiente viaje; De conformidad con lo dispu+o en 1” DiTectiy; W 009- ;6F-z(XpE aprobada por Resoluclon Mmlstenal lu 16596- Esiando a lo acordado; SE RESUELVE: ArtícuIo l”.-Autorizar el viaje del doctor Conrado Seminario Arce, Director Ejecutivo del Instituto Peruano de Energía Nuclear, a la ciudad de Viena - Austria, del 20 al 26 de setiembre de 1998, para el fin a que se refiere la parte considerativa de la presente resolución. Artículo 2”.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente resolución, que ascienden a Dos Mil Novecientos sesenticuatro y OO/100 Dólares Americanos WS$2.964.00), serán cubiertos con cargo al Presupuesto del Instituto Pe- ruano de Energia Nuclear, de acuerdo al siguiente detalle: Pasajes US$ l,llQ.O(~ Viáticos WS$260.00 x 7 días! US$ 1,820.OO Tarifa CORPAC US$ 25.00 TOTAL US$ 2,964.oo Artículo 3”.- La presente Resolución Suprema no dará derecho a exoneración o liberación de impuestos o de dere- chos aduaneros de ninguna clase o denominación. Regístrese, comunjquese y publiquese. Rúbrica del Ing. Ricardo Márquez Vicepresidente de la República Encargado del Despacho Presidencial DANIEL HOKAMA TOKASHIKI Ministro de Energía y Minas 9793Imponen servidumbres de ocupa- ción de bienes para subestaciones de distribución eléctrica en favor de empresa RESOLUCION MINISTERIAL No 380~S&ElWVME Lima, 10 de agosto de 1998 Visto, el Expediente N” 32062297 que incluye los docu- mentos con Registros N’k. 1162197, 1167407 y 1196121, presentado por la concesionaria LUZ DEL SUR S.A., solici- tando la imposición, en vía de regularización, de las Servi- dumbres de Ocupación de bienes para Subestaciones de Distribución Eléctrica NOs. 6345,6346 ~6347, ubicadas en el distrito de La Molina, provincia y departamento de Lima; CONSIDERANDO: Que, LUZ DEL SUR S.A., concesionaria de energía eléctrica, en mérito de la Resolución Suprema N”031-94-EM de fecha 8 de julio de 1994 y Resolución Suprema N” 107-96- EM de fecha 28 de noviembre de 1996, ha solicitado la regularización de las Servidumbres de Ocupación de bienes para Subestaciones de Distribucik Eléctrica N”s. 6345, 6346 y 6347;. Que, en vwtud de lo dispuesto por el Decreto Supremo N 03-95PCM prorrogado por el Decreto Supremo N” 036-97- PCM. se autoriza al Ministerio de Energía y Minas a regu- larizar las servidumbres existentes a la fecha de publicación del Decreto Supremo N” 03-95PCM, con que cuentan las empresas del subsector eléctrico, comprendidas dentro del proceso de promoción a la inversión privada dispuesto por el Decreto Legislativo N” 674, necesarias para el funciona- miento de sus instalaciones eléctricas y que se encuentren expresamente reconocidas por la Ley de Concesiones El& tricas Decreto Ley LI” 25844 y su reglamento aprobado por el Decreto Supremo N” 009.9%EM; Que, la Dirección General de Electricidad., luego de haber verificado que la peticionaria ha cumphdo con los requisitos exigidos por el Decreto Supremo N” 03-95-PCM, ha emitido el Informe favorable N” 116-9%EIWDGE; De conformidad alo dispuesto por el inciso c) del Articulo 110” y Artículo 111” del Decreto Ley N” 25844, Articulo 1” del Decreto Supremo N” 03-95-PCM y Artículo 1” del Decreto Supremo N” 036-97-PCM; Con la opinión favorable del Director General de Electri- cidad y del Viceministro de Energía; SE RESUELVE: Artículo lo.- IMPONGASE, a favor de LUZ DEL SUR S.A., en vía de regularización con carácter permanente, las Servidumbres de Ocupación de bienes para Subestaciones de Distribución Eléctrica N”s. 6345, 6346 y 6347, ubicadas en el distrito de La Molina, provincia y departamento de Lima; de acuerdo a la documentación técnica y a los cuadros publicados en el Dlario Oficial El Peruano los días 6 y 7 de julio de 1998. Artículo 2”.- Los propietarios de los predios sirvientes no podrán construir obras de cualquier naturaleza ni podrán realizar labores que perturben o enerven el pleno ejercicio de las servidumbres constituidas. Artículo 3”.-LUZ DEL SUR S.A. deberá adoptar las medidas necesarias a fin de que los predios sirvientes no *ufran daño ni perjuicio por causa de las servidumbres, quedando sujeta a la responsabilidad civil pertinente en caso de incumplimiento. Artículo 4”.- LUZ DEL SUR S.A. deberá velar perma- nentemente para evitar que en el área de servidumbre se ejecute cualquier tipo de construcción.