Norma Legal Oficial del día 04 de abril del año 1999 (04/04/1999)


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TEXTO DE LA PÁGINA 24

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RESOLUCION DIRECTORAL Nº 429-99-MTC/15.18 MORDAZA, 11 de marzo de 1999

NORMAS LEGALES

MORDAZA, MORDAZA 4 de MORDAZA de 1999

VISTOS, los Expedientes de Registros Nºs. 1472, 1224, 1255, 1256, 1276, 1277, 1341, 1415, 1464, 1473, 1474, 1489, 1502, 1529, 1538, 1579 y 1584, organizados en torno a la Infraccion al Reglamento de MORDAZA, por manejar vehiculos automotores sin haber obtenido sus correspondientes licencias de conducir, Informe Nº 01598-MTC/15.18.05.3. emitidos por la Subdireccion de Otorgamiento de Licencias de Conducir y Memorandum Nº 017-98-MTC/15.18.05 de la Direccion de MORDAZA Automotor y Circulacion Vial. CONSIDERANDO: Que, diversas delegaciones de la Policia Nacional del Peru, han remitido a la Direccion de MORDAZA Automotor y Circulacion Vial, oficios donde ponen en conocimiento haber intervenido a conductores de vehiculos motorizados, quienes han participado en accidentes de MORDAZA, conduciendo en estado de ebriedad y con el agravante de carecer de Licencia de Conducir, cuya relacion es la siguiente:
Nº 01 02 03 04 05 06 07 08 09 10 11 12 13 14 15 16 17 18 19 APELLIDOS Y NOMBRES MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA COTTOS MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA ILLESCAS MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA FRAGA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA REPOMA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA LICENCIA S/Licencia S/Licencia S/Licencia S/Licencia S/Licencia S/Licencia S/Licencia S/Licencia S/Licencia S/Licencia S/Licencia S/Licencia S/Licencia S/Licencia S/Licencia S/Licencia S/Licencia S/Licencia S/Licencia D/E FECHA 1.34 12.2.97 --4.3.97 1.38 14.2.97 --21.1.97 1.14 2.3.97 1.55 5.1.97 1.35 2.2.97 2.71 11.1.97 --8.3.97 1.30 21.2.97 1.70 8.2.97 1.35 22.2.97 1.14 19.2.97 2.11 26.1.97 1.48 30.12.96 1.55 31.1.97 1.93 1.1.97 2.03 8.2.97 2.88 2.2.97

Segundo.- De conformidad con lo establecido en la Cuarta Disposicion Complementaria del Reglamento para obtener Licencias de Conducir para Vehiculos Motorizados de Transporte Terrestre, aprobado por Decreto Supremo Nº 15-94-MTC, la presente resolucion se publicara en el Diario Oficial El Peruano. Tercero.- Encargar la ejecucion y control de esta resolucion a la Direccion de MORDAZA Automotor y Circulacion Vial. Registrese y comuniquese. MORDAZA A. MORDAZA MANCHEGO Director General Direccion General de Circulacion Terrestre 4361

SBS
Autorizan viaje de profesionales de la SBS para participar en MORDAZA a realizarse en los EE.UU.
RESOLUCION SBS Nº 0239-99 MORDAZA, 31 de marzo de 1999
EL SUPERINTENDENTE DE BANCA Y SEGUROS

CONSIDERANDO: Que, The New MORDAZA Institute of Finance ha organizado el MORDAZA Ejecutivo "Interest Rate Risk Management", el mismo que se llevara a cabo del 4 al 9 de MORDAZA de 1999 en la MORDAZA de Nueva MORDAZA, Estados Unidos de America; Que, en el presente MORDAZA se trataran temas de importancia para las labores de supervision y control que desarrolla esta Superintendencia, relacionadas al manejo de instrumentos derivados y su impacto en la administracion del riesgo de tasa de interes que afecta a las entidades del sector financiero; Que, los senores MORDAZA Farcic Ganoza, Analista del Departamento de Evaluacion de Riesgos de MORDAZA y MORDAZA Izu Kanashiro, Analista del Departamento de Regulacion, han sido designados para participar en el citado seminario; De conformidad con lo establecido en el numeral 2.5.2. de la Directiva de Gestion y MORDAZA Presupuestario, aprobada mediante Resolucion Ministerial Nº 29298-EF/15; y, En uso de las facultades que le confiere la Ley Nº 26702 "Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Organica de la Superintendencia de Banca y Seguros"; RESUELVE: Articulo Primero.- Autorizar el viaje de los senores MORDAZA Farcic Ganoza, Analista del Departamento de Evaluacion de Riesgos de MORDAZA y MORDAZA Izu Kanashiro, Analista del Departamento de Regulacion, a la MORDAZA de Nueva MORDAZA, Estados Unidos de MORDAZA, del 4 al 10 de MORDAZA de 1999, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente resolucion. Articulo Segundo.- Los gastos que irrogue el cumplimiento del presente dispositivo legal, seran asumidos integramente por el Banco Interamericano de Desarrollo, no significando gasto alguno para el Estado. Articulo Tercero.- La presente resolucion no otorga derecho a exoneracion o liberacion de impuestos de aduana de cualquier clase o denominacion a favor de los funcionarios cuyo viaje se autoriza. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA NARANJO LANDERER Superintendente de Banca y Seguros 4343

Que, los conductores, indicados precedentemente han infringido lo dispuesto en el literal F-1 del Articulo 3º del Reglamento de Infracciones y Sanciones de MORDAZA aprobado por el Decreto Supremo Nº 017-94-MTC, de fecha 16 de junio de 1994, al CONDUCIR VEHICULOS SIN HABER OBTENIDO LA CORRESPONDIENTE LICENCIA DE CONDUCIR; siendo por lo tanto, pasibles a la sancion administrativa establecida en el literal e) del Articulo 6º del reglamento acotado; Que, el Articulo 20º del Reglamento de Infracciones y Sanciones de MORDAZA aprobado por el Decreto Supremo Nº 017-94-MTC, establece: "En los casos en que la infraccion originara retencion de la licencia de conducir sera remitida a la autoridad competente de Circulacion Terrestre para la aplicacion de la sancion administrativa prevista en el presente reglamento;" Estando a lo opinado por las Direcciones de MORDAZA Automotor y Circulacion Vial en Memorandum Nº 01798-MTC/15.18.05 y de Asesoria Legal en Informe Nº 149-99-MTC/15.18.01; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 26322, Articulo 20º del Reglamento de Infracciones y Sanciones de MORDAZA aprobado por Decreto Supremo Nº 017-94MTC, Texto Unico Ordenado de la Ley de Normas Generales de Procedimientos Administrativos aprobado por Decreto Supremo Nº 02-94-JUS y Decreto Ley Nº 25862; SE RESUELVE: Primero.- Sancionar a las personas indicadas en el primer considerando de esta resolucion, con INHABILITACION por el termino de tres (3) anos para obtener licencias de conducir, computados a partir de la fecha de la ocurrencia o de la fecha de remision de los oficios por parte de las delegaciones de la Policia Nacional del Peru, en los casos que corresponda, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente resolucion.

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