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Pág. 176395 NORMAS LEGALES Lima, domingo 1 de agosto de 1999 VISTO; El Oficio Nº 257-PE-ESSALUD-99 del Pre- sidente Ejecutivo del Seguro Social de Salud - ESSA- LUD; y, CONSIDERANDO: Que, en la ciudad de Barcelona, España, se llevará a cabo la PASANTIA EN ACTUALIZACION EN METO- DOS DIAGNOSTICOS, PROCEDIMIENTOS EN PATO- LOGIA MAMARIA Y EN TOMOGRAFIA COMPUTA- RIZADA, organizado por el Hospital General Vall D' Hebron, del 1 de agosto al 31 de diciembre de 1999; Que, la señora Rosa Augusta Cebrian Barreda, Médi- co, Asistente del Departamento de Imagenología del Hos- pital Nacional "Eduardo Rebagliati Martins" del Seguro Social de Salud - ESSALUD, ha sido propuesta para participar en el mencionado evento, habiendo evaluado la Gerencia de Capacitación y Desarrollo de la Gerencia Central de Recursos Humanos la conveniencia de autori- zar dicho viaje; y, De conformidad con lo dispuesto en el numeral 2.5.1 de la Directiva de Gestión y Proceso Presupuestario para 1999 y normas complementarias, aprobada mediante Resolución Ministerial Nº 292-98-EF/15; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje de la señora ROSA AUGUSTA CEBRIAN BARREDA, Médico, Asistente del Departamento de Imagenología del Hospital Nacional "Eduardo Rebagliati Martins" del Seguro Social de Salud - ESSALUD, a la ciudad de Barcelona, España, del 1 de agosto al 31 de diciembre de 1999, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente resolución. Artículo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente resolución, serán cubiertos con recursos del Presupuesto del Seguro Social de Salud - ESSALUD, de acuerdo al siguiente detalle: Pasajes :US$ 1 020.00 Viáticos :US$ 5 465.86 Tarifa uso aeropuerto :US$ 25.00 Artículo 3º.- La presente resolución no otorga dere- cho a exoneración de impuestos o derechos aduaneros, cualesquiera fuese su clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Ing. Alberto Fujimori Presidente Constitucional de la República PEDRO FLORES POLO Ministro de Trabajo y Promoción Social 9933 M T C Aprueban el Cuadro de Asignación de Personal de la COFOPRI DECRETO SUPREMO Nº 028-99-MTC EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Legislativo Nº 803 se creó la Comisión de Formalización de la Propiedad Informal (COFOPRI), como organismo rector máximo encargado de diseñar y ejecutar de manera integral, comprehensiva y rápida un Programa de Formalización de la Propiedad y de su mantenimiento dentro de la formalidad, a nivel nacional, centralizando las competencias y toma de deci- siones a este respecto; Que, en virtud al Artículo 34º del Decreto Legislativo Nº 803 - Ley de Promoción al Acceso a la Propiedad Formaly complementada por la Ley Nº 27046, la Comisión de Formalización de la Propiedad Informal - COFOPRI, se encuentra exonerada de la aplicación de normas sobre proceso presupuestario, austeridad, remuneraciones y mecanismos de contratación o contrata, establecidos en la Ley Marco del Presupuesto del Sector Público y en la Ley Anual de Presupuesto vigente y sus modificatorias, por un período de tres años, que fue prorrogado por dos años más, de conformidad con la Sexta Disposición Com- plementaria, Transitoria y Final de la Ley Nº 27046 - Ley Complementaria de Promoción del Acceso a la Propiedad Formal; Que, conforme a lo ordenado por el Artículo 1º inciso a) del Decreto Supremo Nº 074-95-PCM, la aprobación de los cuadros de asignación de personal es de responsabilidad exclusiva de cada entidad del sector público, por lo que mediante Decreto Supremo Nº 006-99-MTC, se aprobó el Cuadro de Asignación de Personal de COFOPRI, tenien- do en consideración la Oficina Central, sus ámbitos de jurisdicción ampliada y sus Organos Desconcentrados; Que, por necesidades operativas y de gestión adminis- trativa, la Institución requiere modificar el Cuadro de Asignación de Personal aprobado por Decreto Supremo Nº 006-99-MTC; Que, el Reglamento Interno de Trabajo de la Comisión de Formalización de la Propiedad Informal - COFOPRI, aprobado mediante la Resolución de Gerencia General Nº 041-99-COFOPRI/GG, en su Capítulo III De Los Grupos Ocupacionales, faculta a la COFOPRI a ampliar, dismi- nuir y en general a modificar, en cualquier momento los grupos ocupacionales o niveles, así como, el establecer los cargos que correspondan a cada grupo ocupacional; De conformidad con lo dispuesto en el Artículo 3º del Decreto Legislativo Nº 560 - Ley del Poder Ejecutivo y en el Decreto Supremo Nº 074-95-PCM; DECRETA: Artículo 1º.- Apruébese el Cuadro de Asignación de Personal (CAP) de la Comisión de Formalización de la Propiedad Informal (COFOPRI), que incluye a su Oficina Central, sus ámbitos de jurisdicción ampliada y sus Orga- nos Desconcentrados, que como Anexo "A" forma parte de la presente norma. Artículo 2º.- Deróguese el Decreto Supremo Nº 006- 99-MTC que aprobó el Cuadro de Asignación de Personal vigente hasta la publicación del presente dispositivo. Artículo 3º.- El presente Decreto Supremo será re- frendado por el Ministro de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construcción. Dado en la Casa de Gobierno, a los veintisiete días del mes de julio de mil novecientos noventa y nueve. ALBERTO FUJIMORI FUJIMORI Presidente Constitucional de la República ALBERTO PANDOLFI ARBULU Ministro de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construcción 9932 Autorizan viaje de funcionario de la Dirección General de Telecomunicacio- nes para participar en reunión convoca- da por la INTELSAT, a realizarse en Barbados RESOLUCION SUPREMA Nº 130-99-MTC Lima, 27 de julio de 1999 CONSIDERANDO: Que, a pedido de los gobiernos americanos la Organi- zación Internacional de Telecomunicaciones por Satélite