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Pág. 177080 NORMAS LEGALES Lima, sábado 21 de agosto de 1999 Que, conforme al Inc. a) del Art. 8º del Decreto Supremo Nº 002-94-JUS, modificado por la Ley Nº 26810, ponen fin al procedimiento administrativo, las Resoluciones expedidas por un órgano que no esté sometido a subordinación jerárquica; en tal sentido, las Resoluciones del Secretario General, citadas en el pri- mer considerando de la presente Resolución, expedidas en virtud de una expresa delegación, constituye última instancia administrativa; Que, el recurso interpuesto por el recurrente debe considerarse como de Reconsideración; por cuanto las Resoluciones del Secretario General Nº 079-99-PCM y Nº 087-99-PCM, conforme a las normas legales antes citadas, constituyen última instancia administrativa; De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Supre- mo Nº 002-94-JUS, Decreto Supremo Nº 041-94-PCM; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Calificar el recurso impugnativo de fecha 2 de agosto de 1999, presentado por el Sr. José Percy Stigler Elías, como de Reconsideración. Artículo 2º.- Declarar infundado el recurso impug- nativo presentado por el Sr. José Percy Stigler Elías, contra la Resolución del Secretario General Nº 079-99- PCM y la Resolución del Secretario General Nº 087-99- PCM, por las razones expuestas en la parte considerati- va de la presente Resolución, dando por agotada la vía administrativa. Regístrese, comuníquese y publíquese. VICTOR JOY WAY ROJAS Presidente del Consejo de Ministros 10793 AGRICULTURA Designan funcionario de la Oficina de Administración de la Dirección Regio- nal Agraria Ancash RESOLUCION SUPREMA Nº 080-99-AG Lima, 20 de agosto de 1999 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Suprema Nº 022-99-AG de fecha 21 de marzo de 1999, se designó entre otros en la condición de adscrito al CPC AUSBERTO PACHERRES PEREZ, en la plaza de Director Sistema Administrativo II - Oficina de Administración - Dirección Regional Agraria Ancash; Que, el citado funcionario ha formulado renuncia a la plaza que venía desempeñando y que es necesario designar a su reemplazante; De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Legis- lativo Nº 560 y Decretos Leyes Nºs. 25515 y 25902; Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Dar por concluida en vía de regulariza- ción a partir del 15 de julio la designación del Director Sistema Administrativo II, CPC Ausberto Pacherres Pé- rez, Oficina de Administración de la Dirección Regional Agraria Ancash. Artículo 2º.- Designar a partir de la fecha en la plaza de Director Sistema Administrativo II, CPC Jorge Alexan- der Rojas Vega, Oficina de Administración de la Dirección Regional Agraria Ancash. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Ing. Alberto Fujimori Presidente Constitucional de la República BELISARIO DE LAS CASAS PIEDRA Ministro de Agricultura 10833Precisan que autorización otorgada a SAIS para exportación de alpacas a Ecuador y a la República Popular Chi- na, está fuera de los alcances de la R.M. Nº 0018-99-AG RESOLUCION MINISTERIAL Nº 0604-99-AG Lima, 17 de agosto de 1999 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Ministerial Nº 0018-99-AG, se estableció las cuotas de exportación de alpacas y llamas correspondientes al año 1999, en cumplimiento al Decreto Supremo Nº 008-96-AG; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 0405-99- AG, se autorizó a la Sociedad Agrícola de Interés Social "S.A.I.S." TUPAC AMARU Ltda. Nº 1, la exportación de 1,120 (Mil Ciento Veinte) alpacas tanto a la República del Ecuador, como a la República Popular de China; y que por tratarse de ventas directas y bajo la modalidad de Joint Venture, se exceptúa el proceso de Subasta Pública; Que es preciso señalar que la exportación de dichos animales está fuera del alcance de la Resolución Ministe- rial Nº 0018-99-AG; Que, dicha autorización otorgada a la S.A.I.S. TUPAC AMARU, para efectos de su ejecución es necesario estable- cer plazos hasta lograr la exportación; De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Ley Nº 25902 - Ley Orgánica del Ministerio de Agricultura y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 053-92- AG; SE RESUELVE: Artículo 1º.- La autorización otorgada a la Sociedad Agrícola de Interés Social "S.A.I.S." TUPAC AMARU Ltda. Nº 1, para la exportación de alpacas tanto a la República del Ecuador, así como a la República Popular de China, se efectuarán teniendo en cuenta que dicha cuota no forma parte de la Resolución Ministerial Nº 0018-99-AG. Artículo 2º.- Otorgar, hasta el 31 de octubre de 1999, a la Sociedad Agrícola de Interés Social "S.A.I.S." TUPAC AMARU Ltda. Nº 1, para ejecutar la exportación de las alpacas. Artículo 3º.- Encárguese al Consejo Nacional de Camélidos Sudamericanos - CONACS, y al Servicio Nacional de Sanidad Agraria - SENASA, el cumpli- miento de la presente Resolución Ministerial, aplicando supletoriamente el Decreto Supremo Nº 008-96-AG y la Resolución Ministerial Nº 0424-97-AG, al proceso de exportación. Regístrese y comuníquese. BELISARIO DE LAS CASAS PIEDRA Ministro de Agricultura 10784 Aprueban Bases de Subasta Pública de Cuotas de Exportación de Alpa- cas y Llamas, correspondiente al año 1999-I RESOLUCION MINISTERIAL Nº 0609-99-AG Lima, 17 de agosto de 1999 VISTO: Visto el Oficio Nº 0157-99-AG-CONACS-P, del Presi- dente del Consejo Nacional de Camélidos Sudamericanos - CONACS;