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Pág. 177082 NORMAS LEGALES Lima, sábado 21 de agosto de 1999 Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Ing. Alberto Fujimori Presidente Constitucional de la República VICTOR JOY WAY ROJAS Presidente del Consejo de Ministros y Ministro de Economía y Finanzas EDGARDO MOSQUEIRA MEDINA Ministro de la Presidencia 10835 EDUCACION Autorizan a funcionaria de la Bibliote- ca Nacional del Perú asistir a eventos para Directores de Bibliotecas Nacio- nales, a realizarse en Tailandia y Sin- gapur RESOLUCION SUPREMA Nº 118-99-ED Lima, 19 de agosto de 1999 CONSIDERANDO: Que, la Federación Internacional de Asociaciones de Bibliotecarios y Bibliotecas (IFLA)llevará a cabo su 65ª Conferencia General y Reunión del Consejo, en Bangkok, Tailandia, del 20 al 28 de agosto del presente año, evento que será patrocinado por el Rey de Tailandia; Que, el Presidente de la Conferencia de Directores de Bibliotecas Nacionales ha remitido la agenda y docu- mentación sustentatoria para la realización de la 26ª Conferencia de Directores de Bibliotecas Nacionales a realizarse el 25 de agosto, en el marco de la 65ª Conferencia General; Que, la Biblioteca Nacional de Singapur ha organizado un programa especial para los Directores de Bibliotecas Nacionales asistentes a la 65ª Conferencia General de IFLA, evento que se llevará a cabo en Singapur los días 29 y 30 de agosto; Que, la Biblioteca Nacional del Perú es miembro Institucional de la Federación Internacional de Asocia- ciones de Bibliotecarios y Bibliotecas (IFLA), por lo que se considera importante la participación de su Jef a Institucional en la 65ª Conferencia General, en la 26ª Conferencia de Directores de Bibliotecas Nacionales, así como en el Programa Especial de la Biblioteca Nacional de Singapur; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley Nº 25762, modificado por la Ley Nº 26510 y los Decretos Supremos Nºs. 51-95-ED y 002-96-ED; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1º.- AUTORIZAR, a la señora Bib. Mar- tha Fernández de López, Jef a Institucional de la Bi- blioteca Nacional del Perú, para que en Comisión de Servicio asista a la 65ª Conferencia General de la Federación Internacional de Asociaciones de Bibliote- carios y Bibliotecas (IFLA), que se llevará a cabo en Bangkok del 20 al 28 de agosto y al Programa Especial organizado por la Biblioteca Nacional de Singapur; a realizarse los días 29 y 30 de agosto del presente año, en Singapur. Artículo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución Suprema serán cubiertos con los recursos del Pliego Presupuestal de la Biblioteca Nacional del Perú, de acuerdo al siguiente detalle: Pasajes US$ 3400; Viáticos US$ 3000; Tarifa CORPAC US$ 25; Cuota de Registro US$ 425. Artículo 3º.- La presente resolución no dará derecho a exoneración o liberación de impuestos aduaneros de nin- guna clase o denominación.Artículo 4º.- La mencionada funcionaria deberá pre- sentar al término del evento un informe a la Alta Dirección del Ministerio de Educación. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Ing. Alberto Fujimori Presidente Constitucional de la República FELIPE GARCIA ESCUDERO Ministro de Educación 10834 ENERGIA Y MINAS Aprueban modificación de contrato de licencia para la explotación de hidro- carburos en el Lote II - Noroeste DECRETO SUPREMO Nº 031-99-EM EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, es política del Gobierno promover el desarrollo de las actividades hidrocarburíferas a fin de garantizar el futuro abastecimiento de combustibles sobre la base de la libre competencia; Que, por Ley Nº 26221, Ley Orgánica de Hidrocarbu- ros, se norma las actividades de hidrocarburos en el terri- torio nacional; Que, mediante Decreto Supremo Nº 39-95-EM, de fe- cha 7 de diciembre de 1995, se aprobó el Contrato de Licencia para la Explotación de Hidrocarburos en el Lote II - Noroeste, ubicado en la provincia de Talara, departa- mento de Piura, Región Grau, suscrito entre PERUPE- TRO S.A. y VEGSA C.G.; Que, mediante Decreto Supremo Nº 018-97-EM, de fecha 2 de setiembre de 1997, se aprobó la Modificación del Contrato de Licencia para la Explotación de Hidrocarburos en el Lote II - Noroeste, en el que Petrolera Monterrico S.A. asume la totalidad de la participación contractual debido a la escisión de VEGSA C.G. en dos sociedades, Petrolera Monterrico S.A. y VEGSA C.G.; Que, el Artículo 12º de la Ley Nº 26221, Ley Orgánica de Hidrocarburos, dispone que los Contratos, una vez aprobados y suscritos, sólo podrán ser modificados por acuerdo escrito entre las partes; y, que las modificacio- nes serán aprobadas por Decreto Supremo refrendado por los Ministros de Economía y Finanzas y de Energía y Minas; Que, el Directorio de PERUPETRO S.A., por Acuerdo Nº D/046-99 de fecha 27 de mayo de 1999, aprobó el Proyecto de Modificación del Contrato de Licencia para la Explotación de Hidrocarburos en el Lote II - Noroeste, en relación con el cambio en la intervención de VEGSA C.G. como garante corporativo por Constructora Roxi S.A.; elevándolo al Poder Ejecutivo para su consideración y respectiva aprobación; De conformidad con los incisos 8) y 24) del Artículo 118º de la Constitución Política del Perú y la Ley Nº 26221- Ley Orgánica de Hidrocarburos; DECRETA: Artículo 1º.- Apruébase la Modificación del Contrato de Licencia para la Explotación de Hidrocarburos en el Lote II - Noroeste, aprobado por Decreto Supremo Nº 39- 95-EM y modificado por Decreto Supremo Nº 018-97-EM, para los fines a que se refiere la parte considerativa del presente Decreto Supremo, a celebrarse entre PERUPE- TRO S.A. y Petrolera Monterrico S.A. Artículo 2º.- Autorízase a PERUPETRO S.A., a sus- cribir con Petrolera Monterrico S.A. la modificación del Contrato de Licencia para la Explotación de Hidrocarburos en el Lote II - Noroeste, que se aprueba en el artículo precedente. Artículo 3º.- El presente Decreto Supremo será re- frendado por el Ministro de Economía y Finanzas y por el Ministro de Energía y Minas.