Norma Legal Oficial del día 20 de diciembre del año 1999 (20/12/1999)


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TEXTO DE LA PÁGINA 15

MORDAZA, lunes 20 de diciembre de 1999
2003.20.00 20.04 - Trufas

NORMAS LEGALES
2008.99.00

Pag. 181653
-- Los demas Obs: Cocidas, sin adicion de azucar ni alcohol, congeladas, excepto frutos en agua edulcorada incluido el jarabe y el jengibre Extractos, esencias y concentrados de cafe, te o yerba mate y preparaciones a base de estos productos o a base de cafe, te o yerba mate; achicoria tostada y demas sucedaneos del cafe tostados y sus extractos, esencias y concentrados. - Achicoria tostada y demas sucedaneos del cafe tostados y sus extractos, esencias y concentrados Levaduras (vivas o muertas); los demas microorganismos monocelulares muertos (excepto las vacunas de la partida no 30.02); polvos para hornear preparados. - Levaduras muertas; los demas microorganismos monocelulares muertos Los demas Agua, incluidas el agua mineral natural o artificial y la gaseada, sin adicion de azucar u otro edulcorante ni aromatizada; hielo y nieve. - Agua mineral y agua gaseada Agua mineral, incluso gaseada Las demas - Los demas Agua Hielo y nieve Agua, incluidas el agua mineral y la gaseada, con adicion de azucar u otro edulcorante o aromatizada, y demas bebidas no alcoholicas, excepto los jugos de frutas u otros frutos, o de hortalizas (incluso silvestres) de la partida no 20.09. - Agua, incluidas el agua mineral y la gaseada, con adicion de azucar u otro edulcorante o aromatizada - Las demas Harina, polvo y "pellets", de carne, despojos, pescado o de crustaceos, moluscos o demas invertebrados acuaticos, impropios para la alimentacion humana; chicharrones. - Harina, polvo y "pellets", de carne o despojos; chicharrones Harina, polvo y "pellets", de carne o despojos Chicharrones - Harina, polvo y "pellets", de pescado o de crustaceos, moluscos o demas invertebrados acuaticos De pescado Los demas Salvados, moyuelos y demas residuos del cernido, de la molienda o de otros tratamientos de los cereales o de las leguminosas, incluso en "pellets". - De maiz - De arroz - De trigo - De los demas cereales - De leguminosas Residuos de la industria del MORDAZA y residuos similares, pulpa de remolacha, bagazo de cana de azucar y demas desperdicios de la industria azucarera, heces y desperdicios de cerveceria o de destileria, incluso en "pellets". - Residuos de la industria del MORDAZA y residuos similares Aguas madres que se utilizan como medios de cultivo en la fabricacion de antibioticos Los demas: De la industria del MORDAZA Los demas - Pulpa de remolacha, bagazo de cana de azucar y demas desperdicios de la industria azucarera - Heces y desperdicios de cerveceria o de destileria

Las demas hortalizas (incluso silvestres) preparadas o conservadas (excepto en vinagre o en acido acetico), congeladas, excepto los productos de la partida no 20.06. - MORDAZA (patatas) - Las demas hortalizas (incluso silvestres) y las mezclas de hortalizas (incluso silvestres) Arvejas (chicharos, guisantes) (Pisum sativum) Obs: Cocidas Esparragos Espinacas Remolachas Las demas Hortalizas (incluso silvestres), frutas u otros frutos o sus cortezas y demas partes de plantas, confitados con azucar (almibarados, glaseados o escarchados). Frutas u otros frutos: Castanas glaseadas (confitadas) o candidas ("marrons glaces") Los demas Cortezas de frutas u otros frutos: De limones De naranjas Las demas Hortalizas (incluso silvestres); demas partes de plantas: Jengibre Las demas Obs: Excepto maiz MORDAZA ("zea mays var. saccharata") Frutas u otros frutos y demas partes comestibles de plantas, preparados o conservados de otro modo, incluso con adicion de azucar u otro edulcorante o alcohol, no expresados ni comprendidos en otra parte. - Frutos de cascara, manies (cacahuates, cacahuetes) y demas semillas, incluso mezclados entre si: 21.01

2004.10.00 2004.90 2004.90.10 2004.90.20 2004.90.30 2004.90.40 2004.90.90 20.06

2101.30.00 21.02

2102.20 2102.20.90 22.01

2006.00.1 2006.00.11 2006.00.19 2006.00.2 2006.00.21 2006.00.22 2006.00.29 2006.00.3 2006.00.31 2006.00.39 20.08

2201.10 2201.10.10 2201.10.90 2201.90 2201.90.10 2201.90.20 22.02

2202.10.00 2202.90.00 23.01

2008.19 2008.19.90

-- Los demas, incluidas las mezclas Los demas Obs: Frutos con cascara, cocidos, sin adicion de azucar, congelados - Pinas tropicales (ananas) Los demas Obs: Cocidas, sin adicion de azucar ni alcohol, congeladas - Agrios (citricos) Los demas Obs: Cocidos, sin adicion de azucar ni alcohol, congelados - Peras Los demas Obs: Cocidas, sin adicion de azucar ni alcohol, congeladas - Damascos (chabacanos, albaricoques) Los demas Obs: Cocidos, sin adicion de azucar ni alcohol, congelados - Cerezas Los demas Obs: Cocidas, sin adicion de azucar ni alcohol, congeladas - Duraznos (melocotones) Los demas Obs: Cocidos, sin adicion de azucar ni alcohol, congelados - Frutillas (fresas) Los demas Obs: Cocidas, sin adicion de azucar ni alcohol, congeladas - Los demas, incluidas las mezclas, excepto las mezclas de la subpartida no 2008.19: 2303.10 2303.10.10 2303.10.9 2303.10.91 2303.10.99 2303.20.00 2303.30.00 23.03

2008.20 2008.20.90 2008.30 2008.30.90 2008.40 2008.40.90 2008.50 2008.50.90 2008.60 2008.60.90 2008.70 2008.70.90 2008.80 2008.80.90

2301.10 2301.10.10 2301.10.20 2301.20 2301.20.10 2301.20.90 23.02

2302.10.00 2302.20.00 2302.30.00 2302.40.00 2302.50.00

2008.92 2008.92.90

-- Mezclas Las demas Obs: Cocidas, sin adicion de azucar ni alcohol, congeladas

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