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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 27 DE DICIEMBRE DEL AÑO 1999 (27/12/1999)

CANTIDAD DE PAGINAS: 8

TEXTO PAGINA: 4

Pág. 181970 NORMAS LEGALES Lima, lunes 27 de diciembre de 1999 ciones, de forma tal que se pueda ver la bondad de estas previsiones. Asimismo, el acceso de la población en general de la ejecución de las cuentas públicas a nivel macroeconómico en forma oportuna, mediante la utiliza- ción de prácticas internacionalmente aceptadas, compa- rando estos resultados con las metas y resultados pre- vistos. Comuníquese al señor Presidente de la República para su promulgación. En Lima, a los diez días del mes de diciembre de mil novecientos noventa y nueve. MARTHA HILDEBRANDT PÉREZ TREVIÑO Presidenta del Congreso de la República LUIS DELGADO APARICIO Segundo Vicepresidente del Congreso de la Repú- blica AL SEÑOR PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA POR TANTO: Mando se publique y cumpla. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veinti- trés días del mes de diciembre de mil novecientos noven- ta y nueve. ALBERTO FUJIMORI FUJIMORI Presidente Constitucional de la República ALBERTO BUSTAMANTE BELAUNDE Presidente del Consejo de Ministros EFRAIN GOLDENBERG SCHREIBER Ministro de Economía y Finanzas 16058 RELACIONES EXTERIORES Nombran Cónsul General del Perú en Hong Kong, República Popular de China RESOLUCION SUPREMA Nº 578-99-RE Lima, 23 de diciembre de 1999 De conformidad con los Artículos 8º y 9º del Decreto Legislativo Nº 894, Ley del Servicio Diplomático de la República, de 24 de diciembre de 1996; el Artículo 121º del Decreto Supremo Nº 0002-79-RE, modificado por el Artículo 1º del Decreto Supremo Nº 0004-85-RE, de 12 de marzo de 1985; y, los Artículos 131º y 132º del Decreto Supremo Nº 0002-79-RE, Reglamento Consular de la República, de 17 de enero de 1979; SE RESUELVE: 1º.- Nombrar al Consejero en el Servicio Diplomático de la República, don Carlos Alvarez Ponce de León, Cónsul General del Perú en Hong Kong, República Popular de China, a partir del 16 de febrero del 2000. 2º.- La jurisdicción consular será la establecida en la Resolución Suprema Nº 0172-88-RE, de 28 de abril de 1988. 3º.- Extenderle las Letras Patentes correspondien- tes.4º.- Aplicar el egreso que origine la presente Resolu- ción a las partidas correspondientes del Pliego Presu- puestal del Ministerio de Relaciones Exteriores. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Ing. Alberto Fujimori Presidente Constitucional de la República FERNANDO DE TRAZEGNIES GRANDA Ministro de Relaciones Exteriores 16059 S B S Emiten opinión favorable para que insti- tución bancaria realice emisión de bo- nos de arrendamiento financiero RESOLUCION SBS Nº 1103-99 Lima, 15 de diciembre de 1999 EL SUPERINTENDENTE DE BANCA Y SEGUROS VISTA: La solicitud presentada por el Banco de Comercio, para que se le autorice la Sexta Emisión de Bonos de Arrendamiento Financiero, hasta por un monto de US$ 12 000 000 (doce millones y 00/100 dólares americanos) en tres series ("A", "B" y "C"), a un plazo de cuatro años con amortización del 100% del valor nominal de cada serie a partir del cuarto año calendario contado desde la fecha de emisión; y, CONSIDERANDO: Que, la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros - Ley Nº 26702, en adelante Ley General, en su Artículo 221º, numeral 14, facultad a las empresas a emitir y colocar bonos de arrendamiento financiero; Que, el Artículo 232º de la Ley General establece que la emisión en serie de instrumentos financieros de captación de ahorro del público deberá ser acordada por el órgano de dirección de la respectiva empresa, con excepción de los bonos convertibles y subordinados, cuya emisión deberá ser acordada por la Junta General de Accionistas, pudiendo delegar esta facultad en el Directorio. Así mismo, para el caso de emisión de instru- mentos financieros, que tengan la condición de valores mobiliarios y se emitan por oferta pública, la CONASEV procederá a inscribirlos en el Registro Público del Mer- cado de Valores, previa opinión favorable expedida por Resolución de esta Superintendencia y de la documen- tación precisada en el Artículo 18º de la Ley del Mercado de Valores; Que, en Sesión de Directorio celebrada el 2 de setiembre de 1999, se acordó la aprobación de la Sexta Emisión de Bonos de Arrendamiento Financie- ro, así como las características principales de dicha emisión; Que, el Banco de Comercio ha cumplido con remi- tir la documentación requerida en la Circular Nº B- 2014-98; Estando a lo informado por la Intendencia de Institu- ciones Financieras "C" y por el Departamento Legal a través de los Informes Nºs. ASIF "C"-244-OT/99 y 1120- 99-LEG, respectivamente; y, con la opinión favorable de las Superintendencias Adjuntas de Banca y de Asesoría Jurídica;