Norma Legal Oficial del día 17 de enero del año 1999 (17/01/1999)


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SE DECRETA:

NORMAS LEGALES

MORDAZA, MORDAZA 17 de enero de 1999

Articulo Primero.- Autorizar al Servicio de Taxi Metropolitano - SETAME, para extender Certificado de Operacion Provisional a los vehiculos de las personas juridicas debidamente registradas y aprobadas en sus caracteristicas, que operan en las modalidades de Taxi Remisse y Taxi Estacion, con validez MORDAZA hasta el 31 de diciembre de 1999, tiempo en el que deberan adecuarse a lo estipulado en la Ordenanza Nº 196 del 21 de diciembre de 1998. Articulo Segundo.- El Servicio de Taxi Metropolitano controlara el cumplimiento de la adecuacion de las flotas vehiculares de las personas juridicas, segun los plazos y proporciones establecidos en el siguiente cronograma: 1. Al 31 de marzo de 1999 el 10% de la flota vehicular. 2. Al 31 de MORDAZA de 1999 el 40% del total de la flota vehicular, completando el 50% de la misma. 3. Al 31 de diciembre de 1999 el 50% restante de la flota vehicular. Articulo Tercero.- Las personas juridicas registradas en SETAME bajo las modalidades de Taxi Remisse y Taxi Estacion, tienen plazo hasta el 29 de enero de 1999, para informar a dicha dependencia municipal sobre el color de flota elegido, debiendo adjuntar una muestra del mismo; y las unidades que se acogeran a los distintos plazos del cronograma materia del articulo precedente, indicando la placa de rodaje de cada una de ellas, mediante carta firmada por su representante legal. Articulo Cuarto.- Las unidades vehiculares registradas en SETAME por personas juridicas, en las modalidades de Taxi Estacion y Taxi Remisse que se adecuen completamente a lo establecido en la Ordenanza Nº 196 recibiran el Certificado de Operacion correspondiente, asi como la colocacion de los distintivos de identificacion. Articulo Quinto.- El incumplimiento de lo dispuesto MORDAZA lugar a la perdida del derecho de empadronamiento, inscripcion y/o constatacion, segun sea el caso, debiendo, para la prestacion del servicio de taxi en la MORDAZA de MORDAZA, cumplir estrictamente con lo establecido en la Ordenanza Nº 196, asi como la cancelacion de los costos especificados en el Texto Unico de Procedimientos Administrativos de la Municipalidad Metropolitana de Lima. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA de MORDAZA 0784

1. TIENDA DE MASCOTAS (VENTA Y ACTIVIDADES AFINES) 2. CABINAS PUBLICAS DE INTERNET Articulo Segundo.- Las autorizaciones de funcionamiento estan mencionadas al otorgamiento del Certificado de Compatibilidad de Uso expedido por la Direccion de Desarrollo MORDAZA, y al cumplimiento de los requisitos establecidos en el MORDAZA de la entidad. Articulo Tercero.- ENCARGAR al Director de la Oficina de Rentas el cumplimiento de la presente ordenanza. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 0779

MUNICIPALIDAD DE PUNTA NEGRA
Otorgan Amnistia Tributaria a favor de contribuyentes del distrito
DECRETO DE ALCALDIA Nº 001-99/MDPN Punta Negra, El MORDAZA de la Municipalidad Distrital de Punta Negra VISTO; el Acuerdo de Concejo de fecha 9.1.99, respecto a la Amnistia Tributaria. CONSIDERANDO: Que, de conformidad con los Arts. 191º y 192º de la Constitucion Politica del Peru, establece que los gobiernos locales, tienen autonomia politica, economica y administrativa; asimismo, crean, modifican y suprimen contribuciones, tasas, arbitrios, licencias y derechos; Que, el Art. 10º, Inc. 4) de la Ley Organica de Municipalidades Nº 23853, establece que las municipalidades son competentes para crear, modificar, suprimir o exonerar sus contribuciones, arbitrios y derechos, conforme a ley; Que, de acuerdo al Art. 14º del Decreto Legislativo Nº 816, establece que los gobiernos locales, excepcionalmente podran condonar con caracter general el interes moratorio y las sanciones respecto a los tributos que administran; Que, es politica de la actual administracion, brindar facilidades a los contribuyentes, con la finalidad de que puedan cumplir con el pago y la consiguiente regularizacion de sus obligaciones tributarias municipales; Por las consideraciones expuestas y a tenor de los Arts. 191º y 192º de la Constitucion Politica del Estado; Art. 41º del Decreto Legislativo Nº 816, el Acuerdo de Concejo de fecha 9.1.99; y en uso de las atribuciones conferidas por los Arts. 10º Inc. 4) y 47º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 23853; DECRETA: Articulo Primero.- OTORGAR Amnistia Tributaria para el pago del Impuesto Predial, Arbitrios Municipales, Licencia de Funcionamiento, Anuncio y Publicidad, Licencia de Construccion, Licencias de Demolicion y Licencia de Refaccion, hasta el 15 de febrero del ano en curso. Articulo Segundo.- ENCARGAR a la Direccion Municipal, Direccion de Administracion y Rentas, el cumplimiento de la presente resolucion, asi como la publicacion y difusion correspondientes. Registrese, comuniquese y cumplase. M. MORDAZA MORDAZA H. MORDAZA 0778

MUNICIPALIDAD DE BRENA
Autorizan el ejercicio de diversas actividades comerciales en el distrito
ORDENANZA Nº 014-98-DA/MDB Brena, 23 de diciembre de 1998 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE BRENA POR CUANTO: El Concejo Distrital de Brena en sesion ordinaria de la fecha, vista la mocion de orden del dia presentada por el Regidor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, por UNANIMIDAD, con dispensa del tramite de aprobacion del acta, APROBO la siguiente: ORDENANZA Articulo Primero.- AUTORIZAR dentro de la jurisdiccion del distrito de Brena el funcionamiento de las siguientes actividades comerciales:

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